NORMAS PARA TRANSCRIBIR
SOLMARINA27 de Abril de 2014
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Normas de transcripción de documentos
El comité internacional de Diplomática estableció las siguientes normas para la transcripción de documentos:
1. Se respetará siempre la ortografía del texto, salvo en los casos que se especifiquen a continuación.
2. Los textos se puntuarán conforme a las reglas actuales, adecuando el uso de mayúsculas y minúsculas. Lo mismo se hará con la acentuación de las palabras en los textos en romance.
3. Las abreviaturas se desarrollarán siempre. Únicamente en el caso de que se quiera hacer un estudio de las abreviaturas, se subrayarán las letras omitidas.
4. La transcripción de un texto se hará a línea tirada. Sólo si es imprescindible para el estudio que se vaya a realizar llevar la cuenta de los renglones transcritos, se separará cada renglón con una barra. Ej.: Sepan quantos esta carta vieren / commo yo, don Alfonso, por la / graçia de Dios, rey de Castiella, de / León, de Seuilla, de Toledo, / de Murçia...
5. Cuando la escritura sea continua o las palabras estén unidas irregularmente, se separarán, a no ser que formen una contracción. Y cuando estén incorrectamente separadas, se unirán. Ejs: (1) "InnomineDomini \ lo correcto es " In nomine Domini". \ "Vos damos las rentas desa mi villa de Avenza". El "desa" se mantiene porque es una contracción.
6. La "u" y la "v" pueden tener a veces los valores vocálicos y consonánticos. Se mantendrán tal y como aparezcan en el texto hasta el siglo XVII. Ejemplos: Cordoua, vniuersidad, vno...
7. A partir del siglo XIII, en los textos romances hispanos se transcribe la abreviatura del "et" simplemente como "e", a no ser que la palabra aparezca desarrollada en el texto como "et".
8. En los texto en romance se transcribirá una "n" en palabras abreviadas delante de "p" o "b", a no ser que en el texto aparezca una "m" en dicha posición, en cuyo caso se transcribirá siempre "m", conforme a los usos del escribano.
9. La "c" con cedilla (ç) se transcribirá tal y como aparezca. Ej.: çierto.
10. Hasta el siglo XVI no existe en España la letra "ñ", de manera que cuando aparezca señalado se duplicará la "n". Ej.: sennor, donna, ...
11. Cuando una "R" mayúscula aparezca en el medio de una palabra se transcribirá por "rr", coincida o no coincida con las reglas ortográficas actuales. Ej.: EnRique se transcribirá como Enrrique.
12. 12.- Las consonantes dobles en el medio de una palabra se mantienen siempre. En cambio, las consonantes duplicadas al comienzo de una palabra se transcriben por una sola consonante. Ejs.: (1) cassas = cassas; (2) Ffernando = Fernando.
13. Todos los signos o dibujos que aparezcan en un documento o en un texto (crismones, cruces, ruedas, signos notariales, rúbricas, calderones ...) se indicarán escribiendo entre paréntesis y en cursiva o, en su defecto subrayado, el signo o dibujo del que se trate. Ejs.: "E yo, el dicho escribano público, fiz aquí este mío signo a tal (signo) en testimonio de verdat"; "(Christus, alfa y omega) In Dei nomine..."; "(Calderón) E çercó el dicho rey la dicha çibdad de Jaén...".
14. Cuando exista alguna anomalía en el texto debida a la pluma del escribano (falta de copia, salto gráfico, repetición de sílabas o palabras ...), se transcribirá lo que aparezca en el texto indicando al lector que es textual mediante el adverbio latino "sic" incluido entre paréntesis y en cursiva o, en su defecto, subrayado. Ejs.: "E yo, el dicho dicho (sic) notario público..."; "En la vivilla (sic) de Huelva..."; "e mandólo a Pedro de lo (sic) fiziera...".
15. Cuando alguna letra, sílaba, palabra
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