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Objeto De La Prueba Pericial


Enviado por   •  1 de Marzo de 2014  •  Ensayos  •  1.024 Palabras (5 Páginas)  •  430 Visitas

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OBJETO DE LA PRUEBA PERICIAL

El objeto de la pericia es el estudio, examen y aplicación de un hecho, de un objeto, de un comportamiento, de una circunstancia o de un fenómeno. Es objeto de la prueba pericial establecer la causa de los hechos y los efectos del mismo, la forma y circunstancia como se cometió el hecho delictuoso.

MÉTODO PROBATORIO Y LEGALIDAD EN EL RÉGIMEN DE LA PRUEBA.

Es por eso que la investigación y la lucha contra la criminalidad deben ser conducidas de cierta manera, de acuerdo con un rito determinado, en la observancia de reglas pre-establecidas. Si la finalidad del proceso no es la de aplicar la pena al reo de cualquier modo, la verdad debe ser obtenida de acuerdo con una forma moral inatacable. El método a través del cual se indaga debe constituir, por sí solo, un valor, restringiendo el campo en que se ejerce la actuación del juez y de las partes.

Así entendido, el rito probatorio no configura formalismo inútil, transformándose por sí mismo en una finalidad legal, en una exigencia ética a ser respetada, en un instrumento de garantía para el individuo. La legalidad en el régimen de la prueba no indica un retorno al sistema de la prueba legal, sino que señala la defensa de las formas procesales en nombre de la tutela de los derechos del acusado: las viejas reglas de la prueba legal se presentaban como reglas para la mejor investigación de la verdad; su valor era un valor de verdad. Hoy, bien por el contrario, las reglas probatorias deben ser vistas como normas de tutela de la esfera personal de libertad: su valor es un valor de garantía.

Clases de pruebas que existen:

DE ACUERDO A SU FINALIDAD:

Prueba de descargo o exculpatoria: es aquella que persigue acreditar la inocencia del encartado. También se le denomina contra prueba o prueba contraria.

Prueba de cargo o incriminatoria: es aquella dirigida a demostrar la culpabilidad del encartado en un hecho delictivo.

Pruebas sustanciales: persiguen demostrar la validez o existencia de un acto jurídico de naturaleza material. Por ejemplo: escritura pública de compraventa.

Pruebas formales: su papel se circunscribe únicamente al campo procesal.

DE ACUERDO A SU ILICITUD O LICITUD:

Pruebas ilícitas: son aquellas que han sido recabadas e incorporadas al proceso penal por medio de una trasgresión a una norma constitucional o procesal.

Pruebas lícitas: su validez y eficacia probatoria se encuentran garantizadas por su estricto apego al debido proceso.

DE ACUERDO CON SU RESULTADO:

Prueba plena: es una sola prueba que le proporciona al juzgador la suficiente convicción. También se le denomina prueba completa o perfecta.

Prueba semiplena: el juez necesita que la única prueba sea complementada con otros elementos probatorios para llegar a la convicción. Se le llama prueba incompleta o imperfecta.

DE ACUERDO CON SU UTILIDAD:

Pruebas útiles: constituyen un apoyo que le permite a la autoridad jurisdiccional obtener la convicción con respecto a hechos que son relevantes en el proceso penal.

Pruebas inútiles: no prestan ningún servicio o auxilio al juez.

Prueba posibles: pueden practicarse sin problema alguno.

Pruebas imposibles: no existe posibilidad alguna para realizar su práctica.

Pruebas conducentes: es aquella que es apta para que el juez llegue al convencimiento, en relación con el hecho al que hace

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