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La Prueba Pericial


Enviado por   •  11 de Abril de 2014  •  1.259 Palabras (6 Páginas)  •  277 Visitas

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LA PRUEBA PERICIAL.

Es la que surge del dictamen de los peritos, que son personas llamadas a informar ante el juez o tribunal, por razón de sus conocimientos especiales y siempre que sea necesario tal dictamen científico, técnico o práctico sobre hechos litigiosos.

DICTAMEN PERICIAL.

El dictamen pericial se solicita por el juez o las partes con el fin de esclarecer hechos que hasta el momento no están claros. Es el examen y estudio que realiza el perito sobre el problema encomendado para luego entregar su informe o dictamen pericial con sujeción a lo dispuesto por la ley. Además el dictamen, como cualquier otra prueba que se aporte en un juicio, ni puede ni debe dejar de estar sometido al principio de contradicción, por lo que cualquier perjudicado por su contenido tiene el más legítimo derecho a recibir una copia y a buscar el asesoramiento, la mejor vía y la oportunidad para contradecirlo.

PRÁCTICA DEL EL DICTAMEN PERICIAL

Los peritos realizarán el estudio acucioso, riguroso del problema encomendado para producir una explicación consistente. Esa actividad será condensada en un documento que refleje las secuencias fundamentales del estudio efectuado, los métodos y medios importantes empleados, una exposición razonada y coherente, las conclusiones, fecha y firma.

A ese documento se le conoce generalmente con el nombre de Dictamen Pericial o Informe Pericial

LA APRECIACIÓN Y VALORACIÓN.

La prueba pericial tiene que ser apreciado y valorado con un criterio de conciencia, según las reglas de la sana crítica. Aunque los Jueces y tribunales no están obligados a sujetarse al dictamen de los peritos. Ahora un dictamen nunca puede dejar de ser una pieza de convicción única e íntegra.

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LA ISPECCIÓN JUDICIAL

La inspección es el estudio propio que realiza el juez y su secretario sobre un hecho que es materia del proceso que se lleva en curso, ésta inspección se lleva a cabo sobre personas, cosas, lugares o documentos.

Es prueba y es directa porque el juez es quien la debe realizar personalmente, utilizando sus sentidos para poder inspeccionarla este va directamente hasta el lugar acompañado de su secretario y de peritos si es necesario para al final llegar a dar su juicio sobre lo inspeccionado, pero también esta la prueba indirecta esta es cuando el juez no puede inspeccionar directamente el hecho u objeto sino que este lo que hace es inspeccionar algo que llevara a probar el hecho principal ósea que esta no es vista directamente por el juez sino que el solo mira si esa circunstancia puede llevarlo a una prueba directa.

El juez en su inspección debe hacerla contra cosas existentes no se puede hacer inspección sobre cosas de las cuales no se tiene claridad sobre el proceso o que solo son indicios estos no se pueden inspeccionar si el juez lo hace sobre suposiciones esta inspección no sirve para el proceso ya que esto lo que seria es un conocimiento personal por parte del juez y no una prueba que se pueda aportar al proceso. Además esto mismo sirve porque el juez los tiene que dejar bien inspeccionados ya que en un eventual caso de presentarse la apelación en el fallo el juez que conozca el caso en esa instancia pueda tener conocimiento sobre las pruebas y darse cuenta de su validez en el proceso gracias a la buena inspección.

Cuando para realizarla se necesitan peritos el juez declara que estos se presenten en el lugar en el que se va a realizar la inspección, esta también se puede hacer sin peritos en este caso el estudio directo lo hace el juez, en el caso de que se citen los peritos y estos no lleguen el juez puede nombrar otros en ese mismo momento si estos

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