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Derecho Bizantino


Enviado por   •  8 de Diciembre de 2014  •  803 Palabras (4 Páginas)  •  208 Visitas

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antino

Fue el Imperio continuador, segunda parte o secuela del Imperio Romano, pero a diferencia de este, su capital era Constantinopla, era cristiano, y su idioma era el griego.

El "derecho" romano consistía esencialmente en un método de creación del derecho, en la resolución continua de la casuística jurisprudencial. Los bizantinos (Justiniano) recogieron el cúmulo de los casos de derecho resueltos por la actividad jurídica concreta de los romanos, no como documentación histórica sino como código consolidado y permanente. Este pasaje de un "método" a un "código" permanente puede también ser considerado como el fin de una época, el pasaje de una historia en continuo y rápido desarrollo a una etapa histórica relativamente estancada.

Características

Centro neurálgico comercial entre el mundo oriental y occidental.

Durante 10 siglos, 1000 años fue la capital del Imperio Bizantino.

Fue la heredera del esplendor de Roma, la síntesis de la cultura grecorromana.

Se convirtió en una posición hegemónica por contar con un eficiente

ejército, contratar fuerzas mercenarias o comprar la paz a sus enemigos.

Los emperadores se consideraron siempre emperadores romanos y no renunciaron a sus derechos sobre Roma e Italia. Sin embargo su autoridad se limitaba al Oriente.

Con los siglos se asentaron los elementos Griegos y orientales.

El idioma común fue el griego, el latín se

conservó como lengua oficial hasta el siglo VII, luego reemplazado por el griego.

La literatura se base en autores griegos.

Evolución

1. Derecho Antiguo, desde la fundación de Roma hasta el siglo 1 a. C.

Etapas

a) Al inicio no hay distinción entre ius, fas, mos.

* Se daba primacía a la costumbre. La naturaleza era vista como simple explicitación de la ley.

b) Las leyes de las XII tablas (450 a. C.)

* Carácter sacro del derecho: hay rituales jurídicos (emptio venditio fundi); fórmulas mágicas (stipulatio); leyes inderogables y formalismo de los instrumentos jurídicos (legis actiones)

* Saber jurídico prudencial: Naturaleza oracular del discurso jurídico: los pontifices y juristas.

2. Derecho Clásico, desde 130 a. C. a 230 d. C.

a) Primera Etapa Clásica, del 130 al 30 a. C. (algunos la llaman preclásica a esta etapa)

En esta etapa de la ascensión y el auge del derecho pretoriano

b) Etapa Clásica, alta o central, del 30 a. C. al 230 d. C.

3.

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