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Derechos Humanos


Enviado por   •  21 de Enero de 2013  •  2.600 Palabras (11 Páginas)  •  247 Visitas

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INTRODUCCION

Dentro de esta investigación encontraremos parte de la historia de los derechos humanos, función y presente de los derechos humanos.

Tomando en cuenta el preámbulo de que es un derecho humano nos enfocaremos en los derechos humanos de las mujeres en puebla.

Es importante a principio entender que es un derecho humano.

Los derechos humanos son herramientas que fomentan el respeto a la dignidad humana, los cuales son inherentes a la naturaleza de cada persona, ya que sin ellos no es posible realizarse plenamente como ser humano. Son un conjunto de facultades e instituciones que en cada momento histórico concretan las exigencias de la libertad y la igualdad humana, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional.

Los derechos que hoy tenemos no son eternos. Por el contrario, son derechos frágiles que se deben defender constantemente. Pero es importante destacar que la mujer por considerarse un sexo débil es constante mente violentada en sus derechos, en todos los ámbitos de su vida tanto profesionales como personales en el hogar de pareja o en el seno familiar.

DERECHOS HUMANOS.

Los derechos humanos son aquellas exigencias que brotan de la propia condición natural del hombre.

Cuando hablamos de la palabra derecho, hacemos hincapié en un poder o facultad de actuar, un permiso para obrar en un determinado sentido o para exigir una conducta de otro sujeto.

Son llamados humanos porque son del hombre, de la persona humana, de cada uno de nosotros. El hombre es el único destinatario de estos derechos. Por ende, reclaman reconocimiento, respeto, tutela y promoción de parte de todos, y especialmente de la autoridad.

Estos derechos son inherentes a la persona humana, así también son inalienables e imprescriptibles.

No están bajo el comando del poder político, sino que están dirigidos exclusivamente por el hombre.

Así como todos los hombres poseen un derecho, siempre otro hombre o estado debe asumir una conducta frente a estos derechos, debe cumplir con determinadas obligaciones de dar, hacer u omitir.

Mucho tienen que ver los derechos humanos con la democracia. Los Estados donde se los reconoce, respeta y promueve son democráticos. Y los que no los reconocen son no democráticos, o bien, autoritarios o totalitarios.

Para que estos derechos humanos puedan realizarse, y reconocerse dentro de un ámbito real, el Estado, debe encontrarse en democracia.

Esto permite que todos los hombres participen realmente del gobierno de manera activa e igualitaria, cooperando con el reconocimiento, respeto y promoción de los derechos humanos.

En todos los sistemas donde no existe democracia, existen diversas situaciones donde falta equidad y justicia.

En cambio cuando media la democracia, el hombre está inserto en una sociedad donde la convivencia es organizada, donde cada ciudadano tiene la garantía de que sus derechos serán respetados y al igual que él debe respetar a los demás; donde la convivencia es acorde a la dignidad de la persona teniendo en cuenta su libertad y sus derechos humanos.

El Estado cumple un papel fundamental, porque las autoridades deben, además de reconocerlos, ponerlos en práctica dentro de la sociedad, para que puedan desarrollarse en un ambiente próspero.

ANTECEDENTES HISTORICOS

La expresión de "derechos humanos", es de origen reciente. De inspiración francesa, "derechos del hombre", se remonta a las últimas décadas del siglo XVIII.

Pero la idea de una ley o legislador que define y protege los derechos de los hombres es muy antigua.

Uno de los documentos más antiguos que se han vinculado con los derechos humanos es el Cilindro de Ciro, que contiene una declaración del rey persa Ciro el Grande tras su conquista de Babilonia en 539 a. C. Fue descubierto en 1879 y la ONU lo tradujo en 1971 a todos sus idiomas oficiales. Puede enmarcarse en una tradición mesopotámica centrada en la figura del rey justo, cuyo primer ejemplo conocido es el rey Urukagina, de Lagash, que reinó durante el siglo XXIV a. C., y donde cabe destacar también Hammurabi de Babilonia y su famoso Código, que data del siglo XVIII a. C. No obstante, el Cilindro de Ciro presenta características novedosas, especialmente en lo relativo a la religión. Ha sido valorado positivamente por su sentido humanista e incluso se lo ha descrito como la primera declaración de derechos humanos.

Por su parte en roma En Roma se los garantizaban solamente al ciudadano romano que eran los únicos que podían formar parte en el gobierno, la administración de la justicia, la elección de funcionarios públicos y no tomaban en cuenta a la mujer era más una propiedad que una persona. A pesar de esto se logró constituir una definición práctica de los derechos del hombre. El derecho romano según fue aplicado en el common law, ofrece un patrón objetivo para juzgar la conducta desde el punto de vista de los derechos y libertades individuales.

En Inglaterra se libraron batallas en defensa de los derechos Ingleses, para limitar el poder del Rey. De esta lucha emergen documentos: la Petition of Right de 1628, y el Bill of Rights de 1689.

Las ideas de estos documentos se reflejan luego en las Revoluciones Norteamericanas y francesas del siglo XVIII:

Con la Declaración de Independencia Norteamericana, Declaración de Derechos de Virginia de 1776, Declaración Francesa de los Derechos del hombre y del ciudadano y la Declaración de los Derechos Norteamericana.

El año 1789, específicamente al 26 de Agosto de ese año donde la Asamblea Constituyente Francesa votó por unanimidad un conjunto de principios considerados esenciales en las sociedades humanas y en las que habían de basarse la Constitución Francesa (1791), y después otras muchas constituciones modernas. Tales principios, enunciados en 17 artículos, integran la llamada "Declaración de los Derechos del hombre y del ciudadano".

La gran repercusión de la Revolución Francesa los universalizó y entraron a formar parte de la conciencia europea como expresión de las aspiraciones democráticas.

Dicha declaración, en sus artículos, establece: la misma política y social de los ciudadanos, el derecho a la libertad, a la propiedad,

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