Garantias De Libertad
cinthia45g3 de Septiembre de 2014
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Garantías de libertad
Libertad es considerada la capacidad del hombre para decidir por sí mismo sobre las acciones de su vida, así como sus objetivos y sus metas a alcanzar. Las garantías de libertad tutelan la capacidad jurídica para el actuar libre del hombre que vive dentro de una sociedad, respetando la esfera jurídica en que se encuentre, la cual debe garantizar su ejercicio pleno.
Las garantías de libertad son un conjunto de derechos públicos subjetivos para ejercer sin vulnerar los derechos de otras personas, libertades específicas que las autoridades del Estado deben respetar, y que no pueden tener más restricciones que las expresamente señaladas en la Constitución.
En la legislación mexicana las garantías de libertad se encuentran consagradas en diferentes artículos constitucionales, y se identifican de la siguiente forma:
Artículo Libertad que otorga o prohibición que impone
1°, segundo párrafo Prohibición de la esclavitud
2°, apartado A Autodeterminación de los pueblos indígenas
3°, Libertad de educación
4°, segundo párrafo Libertad de procreación
5°, Libertad de trabajo
6°, Libertad de expresión
7°, Libertad de imprenta
9°, Libertad de asociación y de reunión
10°, Libertad de posesión y portación de armas
11, Libertad de tránsito
15, Prohibición de extraditar reos políticos
24, Libertad religiosa
28, Libertad de concurrencia en el mercado
GARANTÍAS DE LIBERTAD
Dentro de estas garantías están en los artículos 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 16, 24, 25 y 28. Siendo la libertad el derecho de elegir
aquello que es bueno para una persona.
Artículo 4°. "Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos".
Artículo 5°. La Constitución te da la Libertad de dedicarte a la profesión, industria, comercio o trabajo que se desee, con la única condición de que sea lícito. Además de hablar de la justa retribución del trabajo efectuado por alguien.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
Art. 6º Tienes la Libertad de manifestar tus ideas, siempre que no ataque la moral, los derechos de terceros, provoquen algún delito o perturbe el orden público.
Art. 7º Libertad de escribir y publicar sobre cualquier materia. Cabe señalar otras Garantías implícitas en el último párrafo de este Artículo la de no encarcelar a expendedores, papeleros, operarios y empleados de establecimientos de donde haya salido un escrito denunciado como delito de prensa, hasta demostrar su plena responsabilidad.
LIBERTAD DE PETICIÓN
Artículo 8°. Todo funcionario y empleado público te respetará el derecho de petición, siempre y cuando sea por escrito, de manera pacífica y respetuosa, ya que éste derecho no te faculta para que trates grosera o altaneramente a quien o a quienes les haz de exigir el cumplimiento de un acto.
LIBERTAD DE ASOCIACIÓN O DE REUNIÓN
Art. 9º Tienes la Libertad de asociarte o de reunirte pacíficamente con objetivos lícitos, que no sea reunión armada, sin producir
amenazas.
LIBERTAD DE POSESIÓN Y PORTACIÓN DE ARMAS
Articulo 10º. Tienes derecho de poseer armas en tu domicilio para tu seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley Federal y las reservadas para el uso exclusivo del ejército.
LIBERTAD DE TRANSITO Y RESIDENCIA
Art. 11º La ley Fundamental te concede la libertad de tránsito y de cambio de residencia. De entrar y salir del país, viajar por él y cambiar de residencia cuando
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