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La Teoría De Hart


Enviado por   •  5 de Noviembre de 2014  •  1.435 Palabras (6 Páginas)  •  335 Visitas

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CRITICA DE DWORKIN AL CONCEPTO DE DERECHO DE HART.

3.1.- LA REGLA DE RECONOCIMIENTO COMO CRITERIO INSUFICIENTE PARA LA CALIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS.

Dworkin describe la regla de reconocimiento de Hart como un test para identificar lo que es parte del derecho, que atiende al origen de la norma- pedigree- y que no considera el contenido de la misma. La regla de reconocimiento serviría así para establecer la diferencia entre reglas jurídicas válidas y las reglas que carecen de validez jurídica. En especial la misma pone a disposición el medio para diferenciar a las normas jurídicas de las morales.

Dwroklin interpreta a los criterios de la regla de reconocimiento de Hart como de naturaleza factual pura.

La posición positivista del concepto de derecho de Hart es criticada por Dworkin como muy estrecha. Los estándares de la regla de reconocimiento serían, de esta forma, incapaces para proporcionar una representación completa del derecho. A juicio de Dworkin, las normas jurídicas son algo más que el conjunto de reglas primarias que se pueden inferir de la aplicación de las reglas de reconocimiento. Para Dworkin junto a las reglas, tanto los principios – principles- , como las políticas – policies- forman parte del sistema jurídico. Sin embargo, estas no se dejan derivar por la regla de reconocimiento como parte de dicho sistema.

En el concepto de derecho de Hart solo caben aquellas normas que sufren a través de una fuente jurídica reconocida, tal y como podría ser la ley, la jurisprudencia o los reglamentos administrativos. La inclusión de reglas morales en el sistema jurídico valido podría ser considerada solo si las mismas se pudieran derivar mediante un test de procedencia haciendo uso de una regla de reconocimiento de una fuente jurídica formalmente reconocida como parte del sistema jurídico. Por lo mismo, Hart pensó que, las exigencias morales no son parte conceptual necesaria del derecho valido, esto es, que no pertenecen a lo que en una sociedad se podría reputar como parte del derecho desde un punto de vista externo. Ellas más bien pueden llegar a aser un criterio de validez adicional establecido por el mismo sistemas jurídico valido. La regla de reconocimiento como un test de procedencias de las reglas jurídicamente validas descarta la unidad conceptual necesaria entre derecho y moral.

De esta forma, los criterios morales solo cobran relevancia para el derecho de manera indirecta.

Dworkin hace especial énfasis en que la regla de reconocimiento de Hart es una regla que solo contiene criterio de validez fácticos.

Dworkin sostiene en la parte descriptiva de su right thesis que puede proporcionar una descricion adecuada del concepto del derecho que en la actualidad utilizan los juristas. Dworkin es de la idea que, todas las normas que son susceptibles de ser reconocida en la praxis jurídica como derecho, no siempre pueden cumplir los requisitos que para pertenecer al sistema jurídico prescriben las reglas de reconocimiento. Esto debido a que, los principios jurídicos que no pudieras ser reconducidos por cuanto hace a su origen, una fuere jurídica oficial, pero que sin embargo hubieran sido desarrollados por los juristas solo con base en un sentido de propiedad o adecuación – sense of appropiateness – forman parte asimismo del sistema jurídico. Esto debido a que no cuentan con un origen jurídico oficial.

Las reglas de reconocimiento de Hart representan fundamentos de surgimiento institucional u oficial del derecho. En el surgimiento y existencia del derecho Dworkin encuentra otra objeción contra las reglas de reconocimiento de Hart. Éste se apartó de la posición de Austin que identificó al Derecho con las órdenes de un soberano y reconoció a la costumbre de una sociedad en su incorporación en una decisión judicial como parte del derecho. De aquí, según Dworkin, se derivan ciertas dificultades debido a que Hart fue incapaz de proporcionar criterios de validez que resultaran conformes con el sistema.

La cuestión que resulta relevante para el efecto sería: ¡Qué criterio fáctico transforma la costumbre de una sociedad en costumbre jurídica? Hart establecio que la existencia de la costumbre jurídica ya era parte del derecho aun antes de que existiera una decisión judicial que la incorporara. La concepción popular según la cual la costumbre se obedece debido a que se le considera moralmente vinculante no

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