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Las Abligaciones De Estado


Enviado por   •  15 de Octubre de 2012  •  6.215 Palabras (25 Páginas)  •  352 Visitas

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LAS OBLIGACIONES DEL ESTADO Y DE LOS

PARTICULARES FRENTE A LOS DERECHOS HUMANOS

(Manizales, 8 de mayo de 2006)

En nombre de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para

los Derechos Humanos y de su Directora Encargada, señora Carmen Rosa Villa

Quintana, agradezco a la Escuela de Carabineros “Alejandro Gutiérrez” la invitación a

participar en los actos organizados para conmemorar su quincuagésimo aniversario.

Hoy me es muy grato compartir con ustedes algunos sencillos puntos de reflexión sobre

las obligaciones que frente a los derechos humanos atañen a los agentes del poder

público y a las personas de condición particular.

Los derechos humanos

En el derecho público de nuestros días se da el nombre de derechos humanos a “los

derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana”

1

. Una

publicación de la ONU ha definido estos derechos como aquellos “que son inherentes a

nuestra naturaleza y sin los cuales no podemos vivir como seres humanos”2

. Los

derechos humanos se caracterizan por ser congénitos, inherentes, necesarios,

universales, indivisibles, interdependientes, preexistentes, limitados, inalienables e

inviolables.

Los derechos humanos3

:

1º Son congénitos, porque pertenecen a la persona humana desde el primer momento

de su existencia.

2º Son inherentes, porque en virtud de su naturaleza están de tal modo unidos a la

persona que no pueden ser separados de ella. _________________________________________________________________________________________________________

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Tel. (571) 629-2189, Fax (571) 629-2190, Apartado Aéreo 350447 E-Mail: oacnudh@hchr.org.co, Web:http://www.hchr.org.co.

2

3º Son necesarios, porque sin ellos la persona no puede vivir dignamente, como

corresponde a los seres humanos.

4º Son universales, porque pertenecen a todo individuo de la especie humana,

independientemente de su sexo, edad, posición social, partido político, creencia

religiosa, origen familiar, capacidad económica o cualquier otro factor

individualizante.

5º Son indivisibles, porque en lo concerniente a su respeto, a su guarda y a su

garantía no caben con respecto a ellos operaciones de partición que lleven, de iure

o de facto, a darles a unos mayor peso que a otros.

6º Son interdependientes, porque todos ellos se relacionan entre sí por su origen y

por su conexión teleológica.

7º Son preexistentes, porque han surgido con anterioridad al derecho positivo, ya que

aparecieron con el hombre y no deben su origen a un acto de la autoridad.

8º Son limitados, porque su ejercicio no puede afectar los derechos ajenos ni el justo

orden público.

9º Son inalienables, porque nadie —ni siquiera el propio titular— puede hacer

imposible su puesta en práctica.

10ºSon inviolables, porque al vulnerarlos o amenazarlos se comete una injusticia.

Aunque la promoción y la protección de los derechos humanos son responsabilidad

primordial de los Estados, ellas constituyen materia de la legítima preocupación de la

comunidad internacional y deben ser consideradas como un objetivo prioritario de las

Naciones Unidas4

. En 1998 declaró a un diario español la entonces Alta Comisionada de

las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, señora Mary Robinson: “...La

protección de los derechos humanos no puede detenerse en las fronteras nacionales de

ningún país; ningún Estado puede decir que la manera que tiene de tratar a sus

ciudadanos es un asunto exclusivamente de su incumbencia”5

.

Según se afirma en el Preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos de

10 de diciembre de 1948, es esencial que en cada Estado esos bienes jurídicos

fundamentales “sean protegidos por un régimen de derecho”. Por ello vemos que en los

países democráticos existen normas de rango constitucional y legal cuya finalidad es

salvaguardar los derechos humanos en caso de amenaza o de vulneración, provenga ella

de quien provenga. Por consiguiente, no es equivocado sostener que los derechos

humanos son realidades juridificadas cuya presencia se da tanto en el ámbito de las

relaciones entre el Estado y las personas sujetas a su jurisdicción como en el plano de las

relaciones privadas. Dentro del ordenamiento jurídico propio del Estado social de

derecho los derechos fundamentales del ser

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