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Pena De Muerte Ensayo


Enviado por   •  14 de Noviembre de 2012  •  1.761 Palabras (8 Páginas)  •  495 Visitas

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Pena de muerte como problema moral

Como definición es “La Sanción penal que ordena la privación de la vida al delincuente. Ejecución que tiene muchas variantes, pero en común deben matar a quien se aplique". Privación de la vida impuesta por los tribunales del Estado. La pena consiste en ejecutar al condenado. La pena de muerte, es "la sanción jurídica capital, la mas rigurosa de todas, consistente en quitar la vida a un condenado mediante los procedimientos y órganos de ejecución establecidos por el orden jurídico que la instituye". Para Ignacio Villalobos la pena de muerte o pena capital es "la privación de la vida o supresión radical de los delincuentes que se considera que son incorregibles y altamente peligrosos". Por lo tanto se concluye que la pena de muerte es la eliminación definitiva de los delincuentes que han demostrado ser incorregibles y por lo tanto un grave peligro para la sociedad.

Corrientes abolicionistas.

Existen también algunos pensadores que no justifican el restablecimiento de la pena de muerte, aun cuando no se pueda decir que son abolicionistas propiamente dichos.

Acerca de la pena de muerte, Castellanos Tena manifiesta que "revela la practica que no sirve de ejemplo para quienes han delinquido, pues en los lugares donde existe sigue delinquiéndose, además es bien sabido que muchos condenados a muerte han presenciado anteriores ejecuciones".

Mario Ruiz Funes, también se pronuncia en contra de la pena de muerte, al expresar que "la aplicación de la pena de muerte no termina con su crueldad cuando se extingue la vida de quien fue condenado, pretende también causarle daño moral, que sobreviva su mera memoria y el recuerdo que pueda quedar de el en la conciencia delictiva. Además inflingirle la muerte, se le castiga con la infamia".

Francisco Gonzalez de la Vega, se pronuncia también en contra de la pena de muerte y dice que "México presenta, por desgracia, una tradición sanguinaria; se mata por motivo político, social, religioso, pasional, y aun por puro placer de matar; la ley "ley fuga", la ejecución ilegal de presuntos delincuentes, es otra manifestación de la bárbara costumbre; las convulsiones políticas mexicanas se han distinguido por el exceso en el derramamiento de sangre".

Por su parte Sebastián Soler, manifiesta que "no es exacto afirmar que la introducción de la pena de muerte disminuye la criminalidad, ni que en estados abolicionistas la criminalidad sea menor que en los demás. Las variaciones en la criminalidad no son explicables por su relación con la severidad de las penas, el asunto es mucho mas complejo. En realidad debe observarse que quienes apoyan la aplicación de la pena de muerte por la función intimidante, no comprueban su hecho, sino que opinan según su parecer, dando por establecido una serie de necesidades genéricas, y latentes, que autorizan al Estado a destruir al individuo".

Raúl Carranca y Trujillo, dice que "la pena de muerte es en México radicalmente injusta e inmoral, porque el contingente de delincuentes que estarán amenazados de condena judicial de muerte se compone en su gran generalidad, de hombres económica y culturalmente interiorizados; los demás delincuentes, por su condición económica o social superior no llegan jamás a sufrir proceso y menos llegarían a surgir la irreparable pena; pero además el delincuente de otras clases sociales delinque contra la propiedad y solo por raras excepciones contra la vida e integridad personales, y jamás tendrían como consecuencia la pena de muerte. Por lo tanto, esta pena se aplicaría casi exclusivamente a hombres humildes; delincuentes estos que son victimas del abandono que han vivido por parte del Estado y la sociedad, victima de la incultura, de la desigualdad y miseria económica, de la deformación moral de los hogares donde se desarrollaron, mal alimentados y tarados por herencia alcohólica, y degenerados. El Estado y la sociedad entera son los principales culpables de esto, y en lugar de la escuela de la solidaridad que los adapte a una vida social digna y elevar el nivel económico de la población, el Estado opta por suprimir la vida". Ahora bien, de lo anterior se desprende para Castellanos Tena, que la pena de muerte es ejemplar para los lugares donde se sigue delinquiendo, ya que es alli donde se demuestra que no hay real intimidación, sino que la única amenaza es para con la vida y contra esa se esgrimen los mas altos valores humanitarios. Tampoco podemos decir que no intimida, pero también debemos reconocer que si anteriores delincuentes presenciaron penas de muerte y continúan delinquiendo, es solo una demostración que son incorregibles. Ignacio Villalobos alega que muchos han presenciado de una ejecución o tuvieron noticias de ellas no significa que la intimidación y la ejemplaridad no son eficaces en forma absoluta".

Para Mario Ruiz Funes, se advierte que la pena de muerte es cruel e infamante.

En cuanto a la afirmación de Sebastián Soler que no es exacto afirmar que la disminución de la pena de muerte disminuye la criminalidad, podemos agregar que "si se ha repetido también que si se conoce el numero de los que han delinquido a pesar de la conminación mortal, se ignora el de aquellos cuya abstención se ha logrado, hecho este estudio de esta objeción cifrada en el aserto de que la muerte no intimida, sin repetir que el fin primordial de esa pena es la eliminación de los sujetos incorregibles y excepcionalmente peligrosos, y la intimidación y ejemplaridad tiene aun en su real existencia, una importancia secundaria".

En México, la Constitución General en su articulo 22 capitulo uno, prevé

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