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Silogismo Juridico

15 de Noviembre de 2013

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Introducción

Para realizar el estudio de este valioso contenido; será imprescindible considerar los aspectos más importantes de cada uno de las diferentes concepciones de los cuáles ha de tratarse este trabajo; por ello, es importante que revisemos algunos términos en particular, así como sus características más relevantes; su clasificaciones, procedimiento, y cualquier otra información referente a los mismos; según corresponda.

Para abordar este estudio, se estará revisando algunos temas específicos, tales como; silogismo jurídico, el poder de las palabras, significado de oratoria doctrina penal, la objeción en el juicio y su procedencia, juicio ordinario y breve y las diferencias entre juicio ordinario y breve.

Silogismo jurídico

El silogismo es una forma de razonamiento deductivo que consta de dos proposiciones como premisas y otra como conclusión, siendo la última una inferencia necesariamente deductiva de las otras dos. Silogismo jurídico, es lograr una relación coherente entre el aspecto formal y la norma; es decir adecuar unos hechos a la descripción abstracta que hay en la norma por lo tanto este tipo de razonamiento servirá efectivamente para garantizar la solidez en la argumentación que el abogado o cualquier operador del derecho presente para sustentar su posición, sin perder de vista que lo que se evalúa es la corrección de la conclusión a partir de la estructura lógica de sus premisas de base. Los tipos de Silogismo son Aristotélico (Aristóteles) y Silogismo Concretivo (Miró Quesada).

El Silogismo se compone de dos premisas y una conclusión derivada de aquéllas. Se dice que la conclusión es válida si las premisas lo son, pero desde un punto de vista formal. No importa aquí la corrección o verdad material de las premisas, sino simplemente que la conclusión se derive de ellas. Las premisas de la inferencia del silogismo jurídico requieren, una vez determinadas, la verificación de su estructura lógica. Así, surge la necesidad de analizar si la estructura de la premisa mayor de carácter normativo se ajusta a la forma supuesto-consecuencia; y si de otro lado la premisa menor corresponde efectivamente a un caso especial del supuesto de hecho general contenido en la premisa mayor, en la norma vigente.

Realizada dicha constatación y si encontramos para ambos casos respuestas afirmativas, llegaremos a una conclusión que será lógicamente válida, es decir que responderá positivamente a un análisis de coherencia lógica al ser consecuencia de la subsunción de ambas premisas. Sirve de apoyo a la interpretación y aplicación de hechos a la norma. Nos permite realizar un esquema lógico y formal, sobre unos acontecimientos y su resultado.

Aunque la lógica debe ser respetada, su satisfacción no es condición suficiente para que el razonamiento sea jurídicamente correcto, sino que sólo es una condición necesaria. No admite equivocación, simplemente postula que una conclusión es válida si se deriva de las premisas de base. Podemos concluir, que este tipo de interpretación lógica y formal nos da la clave para entender el valor y al mismo tiempo los límites del razonamiento lógico en el campo jurídico.

EJEMPLOS DE SILOGISMO JURÍDICO:

Ejemplo 1:

PREMISA MAYOR: El divorcio en el matrimonio católico solo podrá ser demandado por el cónyuge que no haya dado lugar a los hechos que lo motivan.PREMISA MENOR: Juan y carolina se encuentran casados hace cuatro años por la iglesia católica, Juan solicita por intermedio de apoderado judicial ante un Juez de la Republica el divorcio por la supuesta infidelidad de Carolina, causal que es comprobada por la parte demandante.

CONCLUSION: El Juez con base en las pruebas aportadas por el apoderado Judicial de Juan dicta sentencia de fondo en la que decreta el divorcio de Juan y Carolina.

Ejemplo 2:

PREMISA MAYOR: Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser de una o de muchas personas.

PREMISA MENOR: Ricardo y Luis constituyen un contrato en el cual Ricardo se compromete con Luis a entrégale un bien inmueble en la ciudad de Cartago, a su vez Luis se compromete con Ricardo a pagarle una determinada suma de dinero por dicho bien. Ricardo demanda ante un Juez de la Republica la resolución de dicho contrato y la correspondiente indemnización por los daños causados por Luís a causa de su incumplimiento.

CONCLUSION: El Juez con base en las pruebas aportadas por Ricardo, decreta la resolución del contrato y condena a Luís a pagar los daños y perjuicios causados al demandante.

El poder de la palabra

Las palabras se someten a cada instante al filtro de nuestros pensamientos, pensamos, identificamos e intuimos y buscamos racionalmente darle forma a nuestras ideas a través de la palabra. Se habla permanentemente de todo tipo de poderes: del poder de la política, de la tecnología, del armamento militar de tal o cual país. Incluso, se habla del poder de la prensa, a la que el estadista inglés Edmund Burke definió, justamente, como el "cuarto poder", detrás de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial de las democracias occidentales.

Todavía se puede hablar de más poderes: el poder de la espiritualidad, el poder de la imaginación humana –que no tiene límites- y hasta el poder de la naturaleza. Sin embargo, hay un poder que sobrepasa a todos estos: el poder de la palabra. Todas las acciones humanas, desde la articulación del pensamiento, su cultura, sus quehaceres diarios, etc. Están entrelazados y sustentados en solo 28 signos que representan un alfabeto que, a su vez, es capaz de representar en sonidos, absolutamente, toda la realidad humana, todo lo que le rodea, todo lo que lo hace ser un ser pensante; el único ser que se da cuenta de que se da cuenta.

La mayoría de las veces no nos damos cuenta de lo que decimos y mucho menos de las consecuencias que se generan a partir de una palabra. Muchas veces lastimamos, ofendemos o enredamos las cosas sólo con lo que decimos o dejamos de decir, por eso tenemos que pensar antes de hablar. Es importante reflexionar sobre lo que decimos, pues a veces con ira se ata a los mismos seres queridos a que le sucedan cosas malas. Tratemos de construir al hablar y no destruir. Uno de los secretos de la comunicación está en el preguntar cuando hablamos con otro ser humano. Por eso siempre se debe confirmar si los demás están recibiendo el mensaje tal y como se transmite. Recuerda antes de hacer juicios de escuchar siempre las dos versiones sobre una determinada situación.

Dado que pueden existir dos interpretaciones de los hechos que tú puedes ignorar. Todos los seres humanos interpretan los hechos de acuerdo a sus propias creencias y maneras de ver la vida, ni bueno, ni malo. Tal vez a veces se habla rápido y no se toma el tiempo para aclarar muchas cosas. Las palabras encierran un poder que más allá de lo imaginamos se transforman en realidad. Por eso se habla del poder de una poderosa declaración. Las palabras tienen poder en nuestro subconsciente y de alguna manera terminan convirtiéndose en realidad.

Las palabras no son simplemente sonidos o símbolos escritos, constituyen una fuerza que nos permite comunicarnos, con los demás y con nosotros mismos mediante la escritura, el habla, y además a través de nuestros pensamientos, y como hemos dicho en tantas oportunidades estos pensamientos van conformando nuestra vida actual y futura, aquello donde centres tu atención, foco, palabras, pensamientos y sentimientos, será lo que obtengas y pase a materializarse para formar parte de tu próximo día, semana, próximos meses, próximo año, etc. Así que debes prestar mucha atención no solo a lo que piensas sino también a lo que dices, las palabras que usas, tu diálogo interior es determinante. Estas palabras son como una espada de doble filo, pueden crear el mejor de tus sueños o destruir todo lo que te rodea, dependiendo de cómo las utilices. Las palabras mal utilizadas pueden causar un tremendo daño, no solo a otras personas, sino también a nosotros mismos.

SIGNIFICADO DE ORATORIA

Por oratoria se entiende como el arte de hablar con elocuencia.

En segundo lugar, es también un género literario formado por el discurso, la disertación, el sermón, el panegírico, sin contar con otras. En este segundo sentido más amplio, se aplica en todos los procesos comunicativos hablados, tales como conferencia, charla, exposiciones o narraciones. En todos los procesos se aplica la oratoria, y su finalidad, por lo general, es persuadir.

La oratoria es descripta en términos generales como la capacidad para hablar y exponer un punto de vista en público de modo claro, atractivo y comprensible. La palabra "oratoria" proviene del término latino orare que significa "hablar o exponer en público y que está vinculada al arte de hablar con elocuencia. El objetivo de la oratoria suele ser persuadir. Esta finalidad de lograr la persuasión del destinatario, es la que diferencia la oratoria de otros procesos comunicativos orales del mismo modo que la finalidad de la didáctica es enseñar y la de la poética deleitar, lo que pretende la oratoria es persuadir. La persuasión consiste en que con las razones que uno expresa oralmente, se induce, mueve u obliga a otro a creer o hacer una cosa.

Doctrina penal

Derecho penal es el conjunto de principios y reglas jurídicas que determinan las infracciones, las penas o sanciones, y las relaciones

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