¿cómo debo tomar la expresión de la otra persona?
gabrielfas • 19 de Mayo de 2020 • Apuntes
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Texto de Genario Carrió:
Cuando dos personas entablan una comunicación, las preguntas que surgen respecto de la misma pueden resumirse de la siguiente manera: ¿cómo debo tomar la expresión o de la otra persona?, lo cual equivale a preguntar cuál es su fuerza. La segunda pregunta es ¿qué quiere decir lo que mi amigo dijo?
La primera pregunta refleja perplejidad o desconcierto acerca de la naturaleza del acto verbal que se protagonizó. Debo tomar las palabras como una orden? Un consejo? Etc. Cuando me pregunto esto, sobre la fuerza del mensaje, me estoy preguntando qué cosa de las tantas que se pueden hacer con palabras, acaba de hacer el interlocutor.
Estas preguntas se responden bajo los “usos del lenguaje”. El lenguaje tiene distintas funciones:
- Descriptivo: para informar acerca de ciertos fenómenos o estados. Son V o F.
- Expresivo: para transmitir nuestros sentimientos, exteriorizarlos; no importa si V o F.
- Directivo: dirigir el obrar de otras personas, inducirlas a hacer algo; ídem.
- Operativo: provoca un cambio en el estado de las cosas en base a reglas vigentes. Por ejemplo, el cura al casar a dos personas o el testador otorgando herencia.
Existen numerosas palabras que al margen de su significado descriptivo tienen la virtud de provocar determinadas respuestas emotivas en la mayoría de los usuarios. Estas palabras, que tienen un significado emotivo diferente al descriptivo, se usan en la oratoria política: libertad, democracia, imperialismo, etc. Entre estas palabras se encuentra la palabra “derecho”. A estas palabras cada persona les adjudica significados descriptivos distintos con el propósito de aprovechar su valor emotivo para dirigir el comportamiento ajeno según su rumbo. Cuando se define un término bajo su valor emotivo se está bajo una definición persuasiva.
Significado emotivo bajo ropaje descriptivo: puede ocurrir que en un contexto aparentemente descriptivo esas palabras difieran. Es posible describir un hecho utilizando un lenguaje persuasivo o uno neutro. Puede decirse “los abogados piden la actualización de honorarios” o “los carroñeros de los abogados quieren ganar más plata”. Son maneras de describir un mismo hecho mediante el empleo de ciertos giros so capa de describir una determinada pretensión, presentándola como absurda o digna de ser acogida según la postura
La segunda pregunta es distinta. Sé que es lo que me han preguntado, pero no sé bien qué es lo que me piden o prohíben, lo que me quieren decir. Entiendo la fuerza de la expresión y sé cómo debo tomarla, pero no entiendo el mensaje.
Una de las principales funciones de las palabras es hacer referencia a objetos. No disponemos de una palabra para cada objeto individual, usamos palabras generales que cubren grupos de objetos en sentido amplio. Estas palabras tienen una doble función: denotan el conjunto de objetos que exhiben las características por las que aplicamos la misma palabra, y connotan esas propiedades. Esas palabras tienen un significado denotativo o extensión (conjunto de objetos a los que se aplica la palabra), y un significado connotativo o intención (propiedades en virtud de las cuales a un objeto la misma palabra).
- Ambigüedad: el significado de las palabras depende en función del contexto lingüístico en que aparecen y de la situación humana (el sentido) dentro de la que son usadas. El contexto disipa la posibilidad de confusión, pero si dicen “qué significa radio” puede ser un hueso o un aparato o una circunferencia. Es un problema de extensión.
- Vaguedad: me hallo frente a un caso cuyas características individuales he podido examinar en detalle, pero tengo una duda porque no sé bien dónde termina el campo de aplicación de una palabra que podría describir a ese objeto. Este fenómeno sucede con palabras como alto, bajo, gordo. Sabemos su significado, pero no entendemos cuántos gramos difieren a una persona de ser flaca o gorda, cuántos pelos te hacen pelado. Hay casos paradigmáticos donde no se duda, un campo de límites donde hay casos claros, pero en el medio de estos límites hay una zona de penumbra imprecisa y a medida que nos alejamos de esos casos claros son cada vez son más las dudas.
Todas las palabras son potencialmente vagas. Sus condiciones de aplicación no están determinadas en todas las direcciones posibles, siempre puede encontrarse un caso respecto del cual el uso no dicta la aplicación o no del término. Por ej: la palabra escribir no parece vaga, pero cómo se discribe un dictado por voz a Siri para que transforme en palabras escritas? Esta vaguedad potencial se llama Textura Abierta del Lenguaje.
Textura abierta: siempre hay un caso dentro de una palabra que puede estar por fuera de los usos vigentes del lenguaje. ¿Si veo un gato que habla como humano, es un gato? Cualquiera sea la decisión tomada, no estará dentro de los usos sino que será una decisión tomada frente al caso insólito. Las palabras que usamos no están perfectamente definidas, cuando pensamos haber abarcado todos los casos posibles, aparece un nuevo caso insólito que nos muestra que nos faltaba un aspecto. No disponemos de un criterio que nos sirva para todos los casos posibles porque, sencillamente, no podemos preverlos. Solo en la matemática, que es el único lenguaje exacto, no hay vaguedad ni ambigüedad.
Apuntes de clase sobre este texto:
Carrió está basado en dos autores: Austin y Wittgenstein. El primer autor hace las dos preguntas ¿cómo debo tomar la expresión o de la otra persona? y ¿qué quiere decir lo que mi amigo dijo? Y responde que hablar no es solo describir porque el lenguaje tiene diferentes dimensiones (es suya la idea de que el lenguaje no es solo descriptivo), haciendo una distinción entre significado y uso que se le da (fuerza).
El segundo autor se explaya más sobre la segunda pregunta, diciendo que “el sentido es el uso”. Es decir que el sentido de una palabra es cómo se usa en una comunidad determinada, y con esto responde sobre la ambigüedad. Hay que entender que las definiciones del diccionario no son exactas, sino que dan una referencia a qué podría considerarse en un determinado contexto y por eso ponen 5 o 6 definiciones por palabra.
Texto de Hart
Sobre la textura abierta
Dos recursos principales han sido utilizados para comunicar pautas de conducta con antelación a las situaciones en que han de ser aplicadas. Una de ellos hace un uso máximo, y el otro un uso mínimo, de las palabras clasificadoras generales. El primero es la legislación, y el segundo el precedente. Ejemplos no jurídicos: un padre dice a su hijo “todos los hombres y varones deben sacarse el sombrero al entrar a la iglesia”. Otro padre, sacándose el sombrero, dice a su hijo “esto debes hacer cuando entras a la iglesia”.
El segundo tipo, la comunicación por el ejemplo, puede dejar campos abiertos de posibilidades, dudas sobre qué es lo que se quiere expresar ¿tiene importancia que me saque el sombrero con la mano izquierda? ¿Tengo que hacerlo a velocidad rápida? En contraste, la comunicación a través de pautas generales de conducta mediante el lenguaje parece clara segura y cierta: para saber qué hacer el niño al entrar a la iglesia recurre a ellas y no tiene duda.
La teoría jurídica afirma que la distinción entre la falta de certeza de la comunicación mediante el ejemplo dotado de autoridad, precedentes, y la certeza de la comunicación del lenguaje dotado de autoridad, es mucho menos firme de lo que parece porque la enunciación de pautas generales, aunque esté escrita, puede traer dudas para los casos particulares: habrá casos obvios a los que las expresiones generales son aplicables, pero habrá también casos frente a los que no resulta claro si aquellas se aplican o no. Estos últimos casos son situaciones de hecho que la continua invención humana presenta (es indudable que si se prohíbe andar en vehículo en un parque, un auto no puede hacerlo, ¿pero qué pasa con un monopatín?).
Lo anteriormente mencionado nos lleva a pensar que el lenguaje de la regla (legislación) se limita a destacar el caso obvio. Frente al problema de la aplicación de un caso nuevo indeterminado, lo que debe considerar el encargado de resolverlo es si el caso se asemeja “en grado suficiente” al caso típico en sus aspectos relevantes, dando un ámbito discrecional que puede ser muy amplio. Cualquiera sea la técnica utilizada para crear pautas de conducta, en algún punto su aplicación se cuestionará y resultará ser indeterminada, teniendo lo que se llama textura abierta. Los lenguajes naturales muestran una irreducible textura abierta.
Ahora bien, todos los casos que tratamos de regular tienen dos obstáculos conectados entre sí:
- La ignorancia de los hechos futuros: los legisladores humanos no pueden tener tal conocimiento de todas las posibilidades que el futuro puede deparar. Lo cual conlleva un segundo obstáculo;
- La indeterminación de propósitos. El legislador dicta la norma con un fin, pero en el futuro aparecen nuevos casos que desafían lo que pensó el legislador y no queda 100% claro lo que se buscaba. No es razonable pensar que las normas tienen un único fin excluyente de todo otro.
¿Por qué no podría desearse una concepción de una regla tan detallada que la cuestión sobre si ella se aplica o no a un caso particular estuviera siempre resuelta de antemano y nunca exigiera una nueva elección entre alternativas abiertas? Porque si se pretendiera generar un derecho que tomara en cuenta hasta los más mínimos detalles de aplicación de tal regla en que ya todo estaría dado, esta concepción mecánica del derecho chocaría con la realidad en el sentido de que no se pueden prever hechos futuros distintos en algunos aspectos, pero similares en esencia, donde la regla podría ser aplicada. Ni tampoco el cambio de propósitos que se plantee a través de la aplicación de tal regla, por tanto es una condición necesaria el carácter general. Este vicio es conocido como formalismo o conceptualismo (plantea que la regla general tiene la misma aplicabilidad en todos los casos particulares, y esto sí que es un error, porque al seguir al pie de la letra lo que die la regla, basándose en lo que más la caracteriza (generalmente), se establece una definición rígida de tal regla, por tanto con una capacidad de predictibilidad sobre la aplicación de la regla, minimizando la necesidad de realizar un ejercicio adicional de elección de la aplicación de la regla a casos particulares, pero de una oscuridad obvia en cuanto el aplicarla de tal manera se contraponga a las exigencias sociales y del contexto en el que la norma se desarrolle,). Es por esto que el sistema en que se les da importancia además a los casos indeterminados en donde debe realizarse un ejercicio adicional de elección es indispensable.
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