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Ética y Bioética “Análisisde Ley N°26.529 Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud y de Ley N° 25.673 Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable”

esdamianInforme24 de Septiembre de 2019

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Ética y  Bioética

“Análisisde Ley N°26.529

Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud

y de Ley N° 25.673

Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable”

[pic 1]

Profesora:  Rosana Duran

Alumnas:                Balderrama Gabriela

Elías Sabrina

Galarse Ivana

Puca Rebeca

[pic 2]

Instituto Superior en Ciencia de la Salud- Enfermería Profesional 2019

Introducción

El siguiente trabajo grupal, trata de ser una monografía lo mas entendible posible y es de carácter compilado  y quizás con análisis de experiencia expresadas o vistas por nosotras, en nuestra vida cotidiana.

Analizar estas dos leyes y tratar de entenderlas nos llevo a leer mucho, y también asociarla al libro que actualmente estamos viendo en la Materia “BIOETICA: EXPERIENCIA TRANSDISCIPLINAR DESDE UN COMITE HOSPITALARIO DE ETICA”, fue algo complejo en primera instancia pero a medida que el trabajo avanzaba y la lectura nos hizo involucrarnos en el tema y quizás opinar de manera personal sobre las aplicaciones de las Leyes  y como así también vincularlas a nuestra futura actividad Profesional Laboral.

El trabajo se basa en intentar desmenuzar cada parte de de Ley N°26.529 “Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud”y de Ley N° 25.673 “Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable”, y exponerlos de la manera sencilla,  si se puede decir así, o quizás mejor dicho explicar lo que entendimos ayudados por algunos textos  y publicaciones de Médicos analistas del tema en Ética y Legalidad, si bien damos puntos de vistas, el trabajo no se basa en mostrar que está bien o mal o que consideramos nosotros es lo que está en lo correcto y que consideramos como equivocación. Nosotras no podríamos de ninguna manera plantear la correcta implementación legal o social de las Leyes, mas haya que tengamos autonomía de pensamiento y  tengamos ya definida nuestra postura a estos temas.

Lo que vemos en claro con respecto a las dos leyes que se nos designaron y las nombramos en el párrafo anterior, ambas quizás son o muestran los DERECHOS DEL PACIENTE, con respecto a Profesional de la Salud o a las instituciones , es decir el trabajo se desarrollara en base a las Leyes que un paciente tiene con respecto a los profesionales de la Salud y que como contraparte nosotros debemos conocer  y cumplir con dichas leyes en caso que se presente algún caso Clínico en nuestra futura actividad labora como profesionales que somos, pero que también podemos respaldarnos con otras leyes   que nos amparan si nos afecta a nuestra conciencia o moral.  Pero desde ya, el presente trabajo apunta solo a entender ambas leyes.

Entonces aquí se verácómoevolucionó la relación de paciente-profesional de la salud, tomando al paciente como “persona racional” capaz de ser independiente en tomar decisiones sobre si, en este ámbito toma importancia el concepto de vida humana, como lo define en el libro, “La vida es un valor en sí, básico, fundamental, independiente de toda religión o ideología… “. La otra ley aplica a la Salud sexual y procreación responsable, aunque la discusión se centra en ese punto, es control o descontrol de la sexualidad y procreación.

Callaghan al mencionar los 5 elementos que hacen a la vida humana, debemos destacar 3 de ellos para nuestro trabajo:  a) El Derecho a ser protegido de los demás b) Respeto por la opción personal y autodeterminación c) Inviolabilidad del propio cuerpo, todo esto trataremos de desarrollar en el presente trabajo.


Ley NacionalN°26.529 “Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud”

De esta ley vamos a analizar  aspectos de la relación medico paciente y la importancia que se le otorga a la Autonomía de la voluntad dando a conocer la protección jurídica con la que cuentan los pacientes como sujetos y como veremos esta Ley nacional 26529 y su modificatoria.

Comenzaremos a mostrar algunas definiciones importantes   que consideramos fundamentales para llegar a entender este vínculo o relación:

Paciente

“Paciente” tiene varias acepciones pero abordamos la que alude al individuo que debe ser atendido por un médico o un profesional de la medicina a causa de algún tipo de dolencia o malestar.

Es paciente desde el momento que ingresa al sistema de salud para consultar, ser atendido diagnosticado y ser curado de su dolencia o enfermedad o se lo pude definir también como un usuario de un servicio de salud donde los médicos y profesionales de la salud son los encargados de brindarlo.

A partir de esta relación surgen definiciones de Modelos de relación, como estudiamos en su momento el primer Modelos fue el Paternalista, donde el Medico o Profesional de la Salud tomaba todas las decisiones y el paciente era una persona que solo aceptaba la decisión del profesional, ya que existencia una confianza casi ciega del paciente o un respeto y no contradecía ni opinaba nada, ese modelo fue y es muy criticado en la actualidad, ya que a pesar de que la ética del Profesional llevaba a tomar decisiones en el afán de curar al paciente, muchas veces estas prácticas llevaba  a que el paciente termine en condiciones no deseadas para su vida. Luego se fue evolucionando hacia un Modelo de Autodeterminación del Paciente que como consecuencia del deterioro que se producía en la relación por la desconfianza justificada en ciertos casos o no, la evolución experimentada por la población al contar con mayor información divulgada a través de diversos medios de comunicación llevo a que los pacientes quisieran tener más participación, pero esto no quedo aquí, ya que ahora tenemos el Modelo que plantea la relación como Asociación donde hay reciprocidad y participación de ambos el médico funciona como un consultor que instruye y supervisa al paciente para que este pueda realizar el tratamiento por sí mismo es decir que el paciente asume una participación activa inclusive la iniciativa en el tratamiento se comportan como socios y donde la decisiones son compartidas.

Obviamente másallá de las leyes o derechos del paciente, debe existir una confianza y un respeto hacia las decisiones del profesional.

Anteriores a la Ley 26529, existen muchos antecedentes de Leyes a nivel Internacional  y Leyes Argentinas que si bien no eran tan especificas como están contenían algunos puntos, inclusive algunos fallos legales que intervenían en la relación Paciente-Medico. En argentina un caso bisagra o quizás el que cambio el punto de vista fue el caso Bahamondez de 1993 se convirtió en un antecedente relevante para la justicia argentina evidenció un cambio del Modelo  paternalistahacia un reconocimiento del principio de la autonomía de la voluntad, el  caso involucro a un paciente que profesaba el culto de Testigos de Jehová que entre sus creencias no aceptaba las transfusiones de sangre.

El conflicto surgió cuando en virtud del estado de salud de Marcelo Bahamondez producto de una hemorragia digestiva, los médicos tratantes indicaron como tratamiento una transfusión que el paciente rechazo fundado en sus creencias. Entonces el Hospital Regional de Ushuaia solicito el permiso judicial para realizar dicho procedimiento obteniendo la autorización judicial por considerar que la postura del enfermo atentaba contra su vida y lo definieron como suicido lentificado, pero Bahamondez cuando recupero su salud relato su experiencia personal opinando lo siguiente:

“Nada más erróneo, yo no quería suicidarme sino que deseaba vivir, pero no vivir a costa de aceptar un tratamiento médico que profanase mis íntimas convicciones religiosas. Vivir por un acto compulsivo que  desconoce y avasalla mi vida espiritual en mi integridad a Dios no sería vivir.”

Legislación en la República Argentina Ley NacionalN°26.529

En Argentina El 21 de Octubre de 2009 el Congreso de la Nación sancionó la Ley 26529, ley que protege los  Derechos del Paciente que constituye un aporte significativo para mejorar la relación médico-paciente y que garantiza el respeto por la voluntad y la autonomía del paciente, la ley se la conoce como: “Derechos del paciente en relación con los profesionales e instituciones de la salud”

Posteriormente se sancionaron el 09 de Mayo de 2012 modificaciones en algunos artículos puntuales y se agrego uno nuevo el 11bis a través de la Ley 26742 de Protección de la dignidad de los enfermos en situación terminal o de agonía o conocida como la ley de muerte digna producto de los reclamos sociales respecto a las situaciones que padecían estos pacientes buscando que transiten esa etapa con dignidad y serán analizadas complementariamente pudiendo apreciar los avances significativos que se logran con la misma.

En el anexo vamos a tener a disposición la Ley Completa sancionada, ahora vamos a exponer partes de dicha ley que nos parece importante mostrar:

La Ley consta de 5 capítulos y 25 artículos

Capítulo 1: Derechos de los pacientes en su relación con los profesionales e instituciones

Articulo 2

  1. Asistencia: El paciente tiene derecho a ser asistido sin distinción alguna, ya sea por raza, edad, sexo, ideología, religión y condición socioeconómica. El profesional podrá eximirse del deber de la asistencia, cuando se hubiere hecho cargo, otro profesional competente.
  2. Trato digno y respetuoso: para él y sus familiares o acompañantes.
  3. Intimidad: Toda actividad médico asistencial, debe observar el estricto respeto por la dignidad humana y la autonomía de la voluntad, así como el resguardo de la intimidad del mismo, y la confidencialidad de sus datos sensibles.
  4. Confidencialidad: El paciente tiene derecho a que, desde el equipo de salud, se guarde debida reserva de su documentación clínica.
  5. Autonomía de la voluntad: para aceptar o rechazar determinadas terapias y/o revocar la decisión de su voluntad. (Cambiar la decisión).
  6. Información: Derecho a recibir información sanitaria necesaria, vinculada a su salud. Además, incluye el de no recibir dicha información.
  7.  Interconsulta médica: en búsqueda de una segunda opinión.

Capitulo 2:Información sanitaria

Articulo 3

 Información: Derecho a recibir información de manera clara, suficiente y adecuada a la comprensión del paciente.

 Articulo 4

Autorización: La información sanitaria sólo podrá ser dada a 3º con autorización del paciente. Si el paciente no estuviera incapaz para recibirla, se la dará, a su representante legal o al que se considere con tal derecho

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