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Argentina 1930

prof.ceciliamoya3 de Julio de 2015

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Educación en Contextos de Privación Libertad y Educación Domiciliaria y

Hospitalaria. (Ley de Educación Nacional. Título ll, capítulo l, Disposiciones

generales, Artículo 17, 2007)

En las últimas tres décadas han tenido lugar ciertos cambios en las políticas

públicas referidas a discapacidad. En estos procesos de cambio coexisten

dos lógicas -las de inclusión y las de exclusión- lo que implica que se deriven

prácticas expulsivas de las acciones orientadas a la inclusión. Es muy frecuente

también que la normativa que procura incorporar los lineamientos

de la Convención de Derechos de las Personas con discapacidad no siempre

logra plasmarse en las situaciones concretas que viven niños, niñas y jóvenes

con discapacidad a diario en las instituciones. Es necesario entender las

demandas por educación inclusiva en la lucha que sostienen educadores,

educandos y familias por la igualdad en todos los ámbitos: educación, trabajo,

cultura, salud, etc.

Los incumplimientos en materia de educación-en este caso inclusiva- se

ponen de manifiesto al comparar la situación de los alumnos y las instituciones

en relación con los principios fundamentales asumidos por la normativa

nacional e internacional, principalmente aquella que hace referencia

a garantizar el derecho de todos los niños, niñas y jóvenes de recibir una

educación inclusiva y de calidad1. El sistema educativo argentino está compuesto

por 48.730 escuelas de las cuales 3.035 son de modalidad especial2.

Estas escuelas a su vez, comprenden los niveles de enseñanza inicial (con

1.115 unidades educativas, incluyendo jardines maternales y de infantes),

primario (con 1.441 unidades educativas) y secundario (con 479 unidades

educativas), al mismo tiempo que brindan talleres de educación integral

(hay 775 unidades educativas).

1 Convención sobre los Derechos del Niño (1989), La Declaración Mundial sobre Educación

Para Todos de Jomtien y su Marco de Acción (1990, Conferencia Mundial de educación

para todos), La Declaración y Marco de Acción de Salamanca (1994, Conferencia Mundial

sobre Necesidades Educativas Especiales: Acceso y calidad), El Marco de Acción de Dakar

(2000, Foro Mundial de Educación), Convención sobre los Derechos de las Personas con

Discapacidad (2007)

2 Relevamiento Anual 2008. DINIECE. Ministerio de Educación. Se incluyen todos los

niveles, modalidades educativas y aquellos servicios que no otorgan finalización del nivel

inicial, primario, secundario y superior.

9

De acuerdo al Relevamiento Anual de la DINIECE del año 2008, la matrícula

en educación especial era de 99.481 alumnos (81.393 en establecimientos de

gestión estatal y 18.088 de gestión privada) que se distribuyeron del siguiente

modo en los distintos niveles del sistema educativo: 16.984 en educación

temprana, 10.654 en jardín de infantes, 61.855 en el nivel primario y 9.988

en el secundario3. En la Argentina, entre los años 2002 y 2003, de un total

de 30.757.628 habitantes el 7,1 % (2.176.123) eran personas con discapacidad

de las cuales 505.174 para entonces tenían entre 0 y 29 años de edad. A

su vez, 56,5% de los niños con alguna discapacidad que tenían entre 3 y 14

años de edad asistía a una escuela común, 17,7% concurría a una escuela

especial, mientras que un 7% estaba matriculado en ambos circuitos educativos

y un 10,1% nunca había ingresado a ninguna de éstas modalidades

del sistema educativo4. Aquellos niños y aquellas niñas que no se registran

dentro de estos circuitos educativos enunciados, en algunos casos ingresan

a temprana edad en instituciones

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