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Constituciones De Venezuela 1830-1936 Aspectos Sociales


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2012  •  3.864 Palabras (16 Páginas)  •  2.413 Visitas

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Constitución de 1830

La constitución de 1830, Otorgó los derechos políticos sólo a los hombres libres y propietarios. Para elegir y ser elegido se requería ser hombre libre, dueño de alguna propiedad raíz, con renta mínima anual de cincuenta pesos, o en ejercicio de profesión, oficio o industria que produjera no menos de cien pesos al año. De esta manera la Constitución de 1830 excluyó de la vida política a las mujeres, a los esclavos y a la gran mayoría de los sectores populares desposeídos.

Al conceder los derechos políticos sólo a los dueños de tierra, la Constitución de 1830 creó una república para los propie¬tarios y rentistas, estableciendo una desigualdad que no se correspondía con la igualdad proclamada como principio universal en la propia Constitución. Esta condición patrimonial de ser dueño, rentista o profesional, era indispensable para elegir y ser elegido en todos los niveles del estado; y el monto de los bienes exi¬gidos iba en aumento según el grado de la elección. Así, por ejemplo, para ejercer el voto en la parroquia, se requería una renta anual de cincuenta pesos; para ser elector y poder elegir a los miembros del Congreso o al Presidente de la Repú¬blica, la renta debía ser de doscientos pesos. Para ser Diputado, cuatrocientos pesos; y para ser Senador o Presidente de la República, ochocientos pesos. Estas disposiciones hicieron de la Cons¬titución de 1830, un instrumento político de la Oligarquía territorial.

La Constitución de 1830 proclamó la igualdad natural del hombre y los demás principios contenidos en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciu-dadano. En esta forma eliminó el criterio étnico de la colonia que daba privilegios a los blancos y discriminaba a los indios, negros y pardos. Pero estableció otro tipo de desigualdad, basada en los bienes de fortuna. La oligarquía criolla que había promovido y dirigido el movimiento de independencia, conservó en la Repú¬blica la propiedad territorial y aseguró su derecho exclusivo a gobernar el nuevo estado. Al mismo tiempo mantuvo la tremenda desigualdad de la esclavitud.

Por último, la Constitución del año de 1830 garantizó a los venezolanos la libertad de culto, seguridad individual, la propiedad privada, igualdad ante la ley; la inviolabilidad del hogar y de la correspondencia. El derecho de publicar sus pensamientos, opiniones de palabra o por medio de la prensa, sin previa censura. La libertad de reunión; de tránsito, de industria, proscribió las torturas. Prohibió toda incautación de bienes. Estableció la pena de muerte; pero recomendó limitar su aplicación en cuanto fuera posible.

Constitución 1857

En este periodo la falta de confianza en el gobierno se incrementaba durante el actual periodo, entre muchas razones, por la gran cantidad de tierras acumuladas en mano de unos pocos, en especial de amigos y familiares de los Monagas , esta desconfianza generalizada hizo que la oposición se hiciera más fuertes en las provincias.

Para muchos la nueva constitución es un mero ornamento que usa los Monagas para perpetuarse en el poder, al malestar de la población por los manejos político, también se le suma la gran crisis económica que atraviesa el país en este momento. El aumento de la deuda externa y la disminución de los precios de los productos de exportación han agravado la situación y provocado, entre otras cosas, que las ciudades más importantes padezcan la escases de víveres de los últimos años. Por si fuera poco, el desorden impera en la administración de los recursos públicos.

Son conocidos los abusos cometidos en las transferencias de poderes a los concejos municipales. Además hay indicio del que el mal manejo de los ingresos fiscales, es la causa de que las provincias se hayan quedado sin sus partidas presupuestarias y de la suspensión de los sueldos a los funcionarios públicos.

A comienzos de 1857, las ciudades más importantes de Venezuela y particularmente Caracas, sufrieron la peor escasez de víveres experimentada en los últimos tiempos. Además de la disminución del flujo monetario como consecuencia de la baja en los precios de los productos de exportación, el gobierno tuvo que afrontar una deuda interna de 40.000 pesos, producto de la abolición de la esclavitud y de la confrontación de recurrentes conflictos políticos que hacían necesaria la utilización de recursos provenientes de la Hacienda Pública. Debido al manejo inadecuado de los ingresos fiscales, se dejó a las provincias sin las partidas presupuestarias correspondientes, lo que derivó en que a los funcionarios se les suspendieran los salarios por más de 8 meses. Otro aspecto que contribuyó a complicar el panorama político y social, fue el fracaso en la aplicación de la Ley Agraria de 1848, puesto que a pesar que dicho documento prometía el otorgamiento de tierras a los pobres, fallas legales favorecieron la acumulación de tierras en manos de unos pocos, incluyendo amigos y familiares de los Monagas. En síntesis, para 1857 Venezuela se encontraba en medio de una gran crisis económica, política y social. La confianza en el gobierno había alcanzado su nivel más bajo y la oposición política se manifestaba en todas las grandes ciudades. Finalmente, la promulgación de la Constitución de 1857, fue la el desencadenante de la Revolución de Marzo de 1857, al rebajar la autoridad de las provincias y centralizar el poder político en manos del Poder Ejecutivo en Caracas. Asimismo, en dicho texto se extendía el período presidencial a 6 años (en vez de 4) y se permitía la inmediata reelección, lo significaba la perpetuación en el poder de José Tadeo Monagas.

Constitución de 1858:

a. Nacionalidad:

Consideraba venezolanos los hijos de padres o de madres venezolanas, nacidos en el territorio de Colom¬bia; y a los de padres venezolanos, nacidos en cualquier país extranjero Por adopción consideraba venezola¬nos a los nacidos en cualquiera de las otras Repúblicas hispanoameri¬canas, sin más condición que acreditar su origen ante la autoridad desig¬nada por la Ley. Y por último a los extranjeros ya naturalizados o que adquieran carta de naturaleza.

b. Ciudadanía: La ciudadanía política requería como condición ser mayor de 20 años y ser o haber sido casa¬do sin tener esa edad. Se suspendía por enajenación mental, por conde¬na a pena corporal y por interdic¬ción.

Admite el sufragio directo universal.

Acaudillada por Julián Castro en marzo de 1858, constituye la primera rebelión en contra de una autoridad constituida que haya tenido éxito en la

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