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EL ACUERDO MERCOSUR


Enviado por   •  16 de Enero de 2013  •  4.149 Palabras (17 Páginas)  •  400 Visitas

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El Acuerdo Mercosur

OBJETIVOS DEL MERCOSUR

El objetivo básico del Mercado Común es el de aumentar el grado de eficiencia y competitividad de las economías involucradas ampliando las actuales dimensiones de sus mercados y acelerando su desarrollo económico mediante el aprovechamiento eficaz de los recursos disponibles. La preservación del medio ambiente, el mejoramiento de las comunicaciones, la coordinación de las políticas macroeconómicas y la complementación de los diferentes sectores de sus economías. Por otra parte, la conformación de un mercado común es una respuesta adecuada a la consolidación de grandes espacios económicos en el mundo y la necesidad de lograr una adecuada inserción internacional.

Principales instrumentos de integración

En el tratado de Asunción se establecen los principales instrumentos para la constitución del M.C., que tuvieron vigencia durante el período de transición:

• Un programa de liberación comercial: rebaja arancelaria progresiva para llegar al 31 de diciembre de 1994 con arancel cero.

• Un arancel externo común (A.E.C.): para incentivar la competitividad de los Estados Partes y ampliar el comercio con terceros países.

• La adopción de acuerdos sectoriales entre los países firmantes: con el fin de optimizar la utilización y movilidad de los factores productivos y alcanzar escalas operativas eficientes.

• Coordinación de políticas macroeconómicas, que se realizará gradualmente y en forma convergente.

• Legislación laboral y fiscal.

ESTRUCTURA ORGÁNICA

Hasta la constitución definitiva del Mercado Común, los órganos responsables de la administración y ejecución del Tratado de Asunción y los acuerdos específicos y decisiones que se adopten en el marco jurídico de éste serán el C.M.C. (Consejo del Mercado Común) y el G.M.C. (Grupo del Mercado Común).

El C.M.C. es el órgano superior del mercado común, correspondiéndole la conducción y toma de decisiones que aseguraron el cumplimiento de los objetivos y plazos establecidos para la constitución definitiva del MERCOSUR. Estará integrado por los Ministros de Relaciones Exteriores y los Ministros de Economía de los E.P.

EL G.M.C. es el órgano ejecutivo de las decisiones adoptadas por el C.M.C.; está integrado por cuatro miembros titulares y cuatro miembros alternos por país, que representen a los siguientes organismos públicos:

• Ministerio de Relaciones Exteriores.

• Ministerios de economía o sus equivalentes (áreas de industrias, Comercio Exterior y/o Coordinación Económica).

• Banco Central.

El G.M.C. puede constituir subgrupos de trabajo, necesarios para el cumplimiento de sus objetivos; actualmente cuenta con 11 subgrupos:

• Política comercial.

• Asuntos aduaneros.

• Normas técnicas.

• Políticas fiscal y monetaria relacionadas con el comercio.

• Transporte terrestre.

• Transporte marítimo.

• Política industrial y tecnológica.

• Política agrícola.

• Política energética.

• Coordinación de políticas macroeconómicas.

• Asuntos laborales, empleo, seguridad social.

A principios de diciembre de 1991, en Montevideo, representantes de los Parlamentos de los 4 países crearon la Comisión Parlamentaria Conjunta del MERCOSUR, que tiene a su cargo estudiar los proyectos de Acuerdos Específicos negociados por los Estados antes de su envío a los respectivos congresos y realizar recomendaciones a los Poderes Ejecutivos.

CLÁUSULAS DE SALVAGUARDIA

Constituyeron un régimen de excepción. Si las importaciones de determinado producto proveniente de los E.P. causaban daño o amenaza de daño grave a su mercado, como consecuencia de un sensible aumento de las importaciones de ese producto en un corto período, el país importador solicitaba al G.M.C. la realización de consultas a fin de eliminar esa situación. El pedido del país importador debía ser acompañado de una declaración pormenorizada de los hechos, razones y justificativos. El G.M.C. debería iniciar las consultas en un plazo máximo de 10 días corridos a partir de la presentación del pedido, debiendo tomar decisión al respecto dentro de los 20 días de la inicialización. En ningún caso, la aplicación de este régimen se extendió más allá de 1994.

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

El Tratado de Asunción contiene un anexo destinado a la forma solucionar los conflictos que pudieran surgir entre los E.P. como consecuencia de su aplicación. Se establece que las controversias serán resueltas por las negociaciones directas. En caso de no lograrse una solución se debe someter la controversia a consideración del G.M.C., el que deberá hacer sus recomendaciones dentro de los 60 días. Si en el ámbito del G.M.C. no se alcanzara una solución se elevará la controversia al C.M.C., para que adopte las recomendaciones pertinentes.

RÉGIMEN GENERAL DE ORIGEN

Con este instrumento se trata de impedir que se importen bienes vía un país socio con aranceles bajos y aprovechando las preferencias arancelarias, se exporten a otro país con aranceles altos. Este régimen fue especialmente relevante en la transición del MERCOSUR por la importante diferencia que existía (y existe) entre los niveles arancelarios de los países miembros.

No se consideran originarios o producidos aquellos bienes que fueran solo ensamblados en un país miembro o cuyo contenido de materiales de terceros países fuera superior a 60%.

BENEFICIOS Y DESAFÍOS DEL MERCOSUR

La eliminación de barreras arancelarias dentro de un mercado común implica que algunos bienes y servicios (que inicialmente los miembros producían o importaban de terceros países) sean suministrados ahora por un país socio, aunque este sea menos eficiente como productor que el resto del mundo. Esto ocurre porque el

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