Antecedentes Historicos De La SHCP
almadeliabonita23 de Febrero de 2012
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Antecedentes históricos de la SHCP
El 8 de noviembre de 1821, se expidió el Reglamento Provisional para el Gobierno Interior y
Exterior de las Secretarías de Estado y del Despacho Universal, por medio del cual se creó la
Secretaría de Estado y del Despacho de Hacienda, aún cuando desde el 25 de octubre de 1821
existía la Junta de Crédito Público.
En 1824, el Congreso Constituyente otorgó a la Hacienda Pública el tratamiento adecuado a su
importancia, para ello expidió, el 16 de noviembre del mismo año la Ley para el Arreglo de la
Administración de la Hacienda Pública, en la que la Secretaría de Hacienda centralizó la facultad de
administrar todas las rentas pertenecientes a la Federación, inspeccionar las Casas de Moneda y
dirigir la Administración General de Correos, la Colecturía de la Renta de Lotería y la Oficina
Provisional de Rezagos.
Para el despacho de las nuevas funciones atribuidas, se conformaron los siguientes
Departamentos:
• Departamento de Cuenta y Razón, antecedente de la Contaduría Mayor de la Federación, creado
para subrogar a las Contadurías Generales.
• Tesorería General de la Federación, creada con el propósito de reunir en una dependencia todos
los elementos que hicieran posible conocer el estado verdadero de las rentas y gastos de la
Administración.
• Comisaría Central de Guerra y Marina, encargada de la formulación de las cuentas del Ejército y
la Marina.
• Contaduría Mayor, órgano de control que estuvo bajo la inspección de la Cámara de Diputados,
con la función principal de examinar los presupuestos y la memoria que debería presentar
anualmente la Secretaría.
El 26 de enero de 1825, se expidió el Reglamento Provisional para la Secretaría del Despacho de
Hacienda, considerado como el primer Reglamento de la Hacienda Republicana y en el cual se
señalaron, en forma pormenorizada, las atribuciones de los nuevos funcionarios constituidos
conforme a la citada ley del 16 de noviembre de 1824.
Al transformarse nuestro país en una República Central, se expidió la ley del 3 de octubre de 1835,
misma que precisó la forma en que se manejarían las rentas de los Estados que quedaban sujetos
a la administración y vigilancia de la Secretaría de Hacienda.
Las Bases Orgánicas de la República Mexicana del 14 de junio de 1843, le dieron a la Secretaría el
carácter de Ministerio de Hacienda.
El 27 de mayo de 1852, se publicó el Decreto por el que se modifica la Organización del Ministerio
de Hacienda, quedando dividido en seis secciones, siendo una de ellas la de Crédito Público;
antecedente que motivó que en 1853 se le denominara por primera vez Secretaría de Hacienda y
Crédito Público.
Las Bases Generales para el Arreglo de la Hacienda Pública del 11 de febrero de 1854 elevan a
rango de Dirección General a la Sección de Aduanas, comprendiendo tanto a las marítimas como a
las interiores. El 1o. de enero de 1856, se expide la Ley para la Deuda Pública y la Administración
de las Aduanas Marítimas y Fronterizas, la cual establece una Junta de Crédito Público para la
Administración de las Aduanas y el manejo de los negocios relativos a la deuda nacional y
extranjera.
El 14 de octubre de 1856, mediante Decreto, se creó el Departamento para la Impresión de Sellos,
antecedente de la actual Dirección General de Talleres de Impresión de Estampillas y Valores.
El 6 de agosto de 1867, se dispuso que las Aduanas Marítimas y Fronterizas, las Jefaturas de
Hacienda, la Administración Principal de Rentas del Distrito Federal, la Dirección General de
Correos y la Casa de Moneda y Ensaye, dependieran exclusivamente en lo económico, directivo y
administrativo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
El 1o. de octubre de 1869, se determinó que correspondía al Segundo Oficial Mayor, las funciones
de elaboración de la glosa y compilación de las leyes en materia hacendaria.
Al expedirse la Ley del Impuesto del Timbre en 1871, se creó la Administración General de este
gravamen, con lo que se abandonó el sistema de papel sellado de herencia colonial.
El 13 de mayo de 1891, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público incrementó sus atribuciones en
lo relativo a comercio, por lo que se denominó Secretaría de Hacienda, Crédito Público y
Comercio. Asimismo, salió de su ámbito de competencia el sistema de correos y se rescindió el
contrato de arrendamiento de la Casa de Moneda a particulares, con lo que la acuñación de
moneda quedó a cargo del Estado.
El 23 de mayo de 1910, se creó la Dirección de Contabilidad y Glosa asignándosele funciones de
registro, glosa y contabilidad de las cuentas que le rindiesen sobre el manejo de los fondos, con el
propósito fundamental de integrar la Cuenta General de la Hacienda Pública. Asimismo, la
Tesorería General de la Federación, a partir de esa fecha cambió su denominación por Tesorería
de la Federación.
En el año de 1913, mediante las reformas al Reglamento Interior se facultó al entonces
Departamento de Crédito y Comercio, para el manejo del Crédito Público, lo que constituye el
antecedente de la actual Dirección General de Crédito Público.
La Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, promulgada el 31 de diciembre de 1917,
estableció la creación del Departamento de Contraloría, el cual asumió las funciones
desempeñadas por la Dirección de Contabilidad y Glosa. Asimismo las atribuciones relativas a
comercio se transfirieron a la nueva Secretaría de Comercio.
En 1921, se expidió la Ley del Centenario y el 27 de febrero de 1924 la Ley para la Recaudación de
los Impuestos establecidos en la Ley de Ingresos vigente sobre Sueldos, Salarios, Emolumentos,
Honorarios y Utilidades de las Sociedades y Empresas, antecedentes que dieron origen al
Impuesto sobre la Renta, actualmente el gravamen más importante del sistema impositivo
mexicano.
El 1o. de septiembre de 1925, se fundó el Banco de México, S.A., como Banco Central, con el
propósito de terminar con la anarquía en la emisión de billetes.
El 1o. de enero de 1934, se creó la Dirección General de Egresos y el 9 de enero del mismo año se
expide el Decreto mediante el cual se prevé que las atribuciones y facultades para la autorización
de egresos concedidas a la Tesorería de la Federación, quedarían a cargo de dicha Dirección
General.
El 13 de diciembre de 1946, se publicó en el Diario Oficial de la Federación una nueva Ley de
Secretarías y Departamentos de Estado, quedando fuera del ámbito de competencia de la
Secretaría las funciones de control y regulación relativas a bienes nacionales y contratos de obras
públicas, pasando éstas a la Secretaría de Bienes Nacionales e Inspección Administrativa.
El 31 de diciembre de 1947, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto que
dispone que la Procuraduría Fiscal sea una dependencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público.
El 24 de diciembre de 1958, nuevamente se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de
Secretarías y Departamentos de Estado, siendo transferidas las funciones relativas a inversiones y
control de organismos descentralizados y empresas de participación estatal, a las Secretarías de la
Presidencia y del Patrimonio Nacional, respectivamente. El 31 de diciembre de 1959 se publicó la
Ley sobre el Servicio de Vigilancia de Fondos y Valores de la Federación, estableciendo la creación
de la Dirección General de Vigilancia de Fondos y Valores.
Con la publicación de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el 29 de diciembre de
1976, la programación y presupuestación del gasto público federal, anteriormente competencia de
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, pasó a formar parte de las atribuciones de la
Secretaría de Programación y Presupuesto. En consecuencia se expidió un nuevo Reglamento
Interior que se publicó el 23 de mayo de 1977, quedando integrada la Secretaría por:
• La Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público, a la que se adscriben las Direcciones Generales
de Planeación Hacendaria; de Crédito; de Asuntos Hacendarios Internacionales y de Promoción
Fiscal.
• La Subsecretaría de Ingresos con las Direcciones Generales de Política de Ingresos; Coordinación,
Recursos y Estudios Fiscales; Difusión Fiscal; Administración Fiscal Central; Administración Fiscal
Regional; Informática de Ingresos y de Auditoría Fiscal; así como las Administraciones Fiscales
Regionales y Oficinas Federales de Hacienda.
• La Subsecretaría de Inspección Fiscal con las Direcciones Generales de Aduanas; Vigilancia de
Fondos y Valores; del Registro Federal de Automóviles y de Bienes Muebles; así como las
Delegaciones Regionales de Inspección Fiscal y del Registro Federal de Automóviles.
• La Oficialía Mayor con las Direcciones Generales de Programación, Organización y Presupuesto;
Administración; Prensa; Laboratorio Central; Talleres de Impresión de Estampillas y Valores
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