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Antecedentes de los impuestos en México


Enviado por   •  20 de Octubre de 2015  •  Monografías  •  4.464 Palabras (18 Páginas)  •  512 Visitas

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Antecedentes de los impuestos en México

Las medidas para coadyuvar al sustento del gasto público se remontan desde las primeras civilizaciones, mismas que, en ocasiones injustas, abusando del poder mediante el despojo de bienes, con argumentos incuestionables, sometiendo a los habitantes con el objeto de obtener recursos,  eludiendo en su totalidad la equidad y la proporcionalidad.

Los códices aztecas denominados "tequiámatl" (papeles o registros de tributos), fueron de las primeras expresiones de tributación en México antes de la colonia, en los cuales se registró que el rey de Azcapotzalco, demandaba como tributo a los Aztecas, una barcaza sembrada de flores y frutos, una garza empollando sus huevos y al momento de recibirla ésta debería estar picando un cascarón; a cambio ellos recibirían beneficios en su comunidad.

Debido a la importancia del tributo en dicho tiempo, se denominaron a los "Calpixquis"  (cobradores de impuestos), que se identificaban entre sí llevando un abanico en una mano y una vara en la otra, formalizando registros detallados de los tributos de los pueblos y ciudades, así como el inventario y valuación de las riquezas recibidas.

Fundamentalmente, los Aztecas estaban sometidos con dos tipos de impuestos: en especie o mercancía y los tributos en servicios especiales que debían prestan los vecinos de los pueblos sometidos.

En 1519 llegó Hernán Cortés a México, quien se sorprende con la organización del pueblo Azteca en materia tributaria, que aun así discrepa y juzga la forma tan efectiva de recaudar del pueblo Azteca, la cual se encauzaba a la obtención de flores y animales; efectuando cambios a dicho sistema, sustituyendo dichos tributos por objetos preciosos como las joyas, el oro y alimentos. (Centro Interamericano de Administraciones Tributarias CIAT, 2012).

Cabe mencionar que  aún con la conquista española, el sistema tributario no tuvo modificaciones trascendentales, si no que de manera gradual se fue ajustando a las normas europeas, de tal modo que durante el siglo XVI, dicho sistema aún mantenía  sus principales características.

 La construcción del sistema impositivo del México colonial se llevó a cabo después del siglo XVI, partiendo de la fusión de dos sistemas preexistentes (el azteca y el español) a los cuales se les agregaron elementos originales. Del sistema azteca, predominaron los tributos y se incorporaron a la real hacienda, mientras que del sistema español se incluyeron diversos elementos, como las alcabalas, el papel sellado, la avería, el almojarifazgo, así como una serie de tributos pertenecientes a la iglesia.

El almojarifazgo, mismo que fue establecido por la Real Audiencia, consistía en los derechos de importación y exportación.

Otro de los impuestos establecidos fue el del pulque, mismo que gravaba el consumo de dicha bebida, con el objeto de disminuir el consumo puesto que se consideraba que afectaba el desenvolvimiento económico de la Nueva España.

En relación a la alcabala, fue un instrumento fiscal europeo aplicable casi idénticamente en España y Francia, equiparable a nuestro Impuesto al Valor Agregado. La alcabala en nuestro país se empleó a partir de 1571, prolongándose hasta los inicios del México independiente, e incluso aún después de la Revolución de 1910-17 por el tránsito de mercancías entre los Estados de la Federación.

Dicho impuesto consistía en una renta real sobre el valor de los bienes muebles e inmuebles que se enajenaban o se permutaban, gravando así las operaciones mercantiles y que se trasladaba hasta el consumidor final, considerándose de tal forma como un impuesto indirecto (Eslava: 2003: 11-14).

Cuando se rescatan las tierras de la conquista para la corona española, se establece el “Quinto Real”, el cual consistía en una quinta parte de las riquezas de las minas, tributo que era enviado a la Monarquía Española; resultando con ello el primer documento fiscal de la Nueva España, nombrando a un Ministro, un Tesorero y a varios Contadores encargados de la Recaudación y custodia del Quinto Real.

Al respecto, Maniau (citado por Carreño y Morineau, 1995: 9) comparte:

“Por real cédula de 5 de febrero de 1524, se mandó a cobrar el quinto de todos los metales que sacasen de las minas, y para la mejor administración de este derecho nombró S.M. á Peralta Chirinos en 1522 por veedor de las fundiciones, expidiendose (sic) sobre la materia las reales pragmáticas de 8 de agosto de 1551, 8 de junio de 1578, y ordenanzas de 22 de agosto de 1584”.  

Durante el siglo XVI y a principios del siglo XIX, se enviaron riquezas al Reino de España que era poseedor de las tierras.  El General José María Morelos y Pavón previo a la Independencia de México, el 14 de septiembre de 1813 propuso durante el Congreso de Apatzingán la formación de una Nación Independiente, presentando con ello la primera Constitución Política del país, denominada “Los Sentimientos de la Nación”, quedando de manifiesto en dicho documento que el tributo debe ser aplicado en forma congruente y no agobiante (Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México, INEHRM, 2012).

El 5 de noviembre de 1823 que dio inicio al Segundo Congreso Constituyente, México queda organizado bajo el régimen mencionado con dos cámaras como las que existen actualmente; quedando instalado el 7 de noviembre del mismo año.

Esto implicó obtener tributos para seguir sufragando el gasto público que solventaba las erogaciones necesarias para el ejército, animales de monta, alimentación en mayores proporciones, entre otros gastos necesarios (Cortés, 2003).

Bazaldúa, rescata que en 1832 se establece un impuesto sobre toda clase de carruajes, incluyendo caballos con sillas. En octubre de 1833 Antonio López de Santa Ana promulga el decreto que finiquitó la obligación para los mexicanos de pagar el diezmo eclesiástico.

En 1835, el caos hacendario fue muy notorio, pues en menos de 15 años de la Independencia de México ya se contaban con tres reformas de gobierno, el imperio, la federación y la república centralista.

Posteriormente, la misma ineficiencia fiscal del gobierno federal de Antonio López de Santa Ana en 1853, instituye el cobro del impuesto de un real por cada puerta, cuatro centavos por cada ventana, dos pesos por cada caballo robusto, un peso por los caballos flacos y un peso por cada perro (Rodríguez, 2009:18).

Seguidamente, siendo presidente el Lic. Benito Juárez García, el Congreso Constituyente da nacimiento a la Constitución de la República Mexicana (CRM), misma que entra en vigor el 5 de febrero de 1857 y que estuvo vigente el resto del siglo hasta el 5 de febrero de 1917 (Morales, 2009).

Una vez concluida la Revolución Mexicana en 1917, la Carta Magna (CM) emanada del Congreso Constituyente estando como presidente el General Venustiano Carranza; establece los derechos de los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos, así como las obligaciones a las que se tendrían que sujetar, misma Constitución que ha sido adaptada al paso del tiempo a las circunstancias de la Nación.

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