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CONCEPTO DE ETAPA POSTULATORIA


Enviado por   •  9 de Marzo de 2015  •  Informes  •  1.011 Palabras (5 Páginas)  •  953 Visitas

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CONCEPTO DE ETAPA POSTULATORIA

Es la primera etapa del proceso civil, es un ciclo OBLIGATORIO y necesario por la que tienen que iniciar o pasar indefectiblemente todo proceso judicial, es la fase en donde las partes litigantes, van a presentar al juzgado todas sus pretensiones, los medios probatorios, temas necesarios que van a ser materia de argumentación, prueba, persuasión, fundamentación de sus pedidos.

La etapa postulatoria, es aquellas en la que los contendientes presentan al Órganos jurisdiccional los temas que van a ser materia de argumentación, prueba y persuasión durante el proceso, sea porque se quiere el amparo de la pretensión o porque se busca su rechazo a través de la defensa.

ETIMOLOGÍA DE LA PALABRA POSTULATORIA

La postulación es una etapa fundamental del proceso que deriva del latín postulatio, que significa pedir, solicitar, pretender o suplicar.

Es entendida como la acción de postular justicia para que se atienda ciertas pretensiones o para que se determinen ciertas medidas en su caso. Abarca desde la demanda hasta el saneamiento-audiencia y, en su caso, el juzgamiento anticipado del proceso.

Postulación es un vocablo sumamente antiguo que en el proceso extraordinario de los comienzos tenía como finalidad recabar la autorización del magistrado para citar al demandado y que posteriormente significó el trámite por el cual el actor daba a conocer su pretensión al magistrado y, en consecuencia, solicitaba la fórmula de la acción en presencia de su adversario o su abogado

La demanda es el acto jurídico procesal de iniciación que consiste en la materialización objetiva de la acción ya sea en forma escrita u oral.

Al ejercicio de la acción que se traduce en una petición concreta dirigida al Juez, a efecto de que se produzca el proceso se llama DEMANDA.

La demanda, es el medio procesal mediante el cual el sujeto actor o el demandante interpone su pretensión, donde pide al órgano jurisdiccional tutela jurídica para que se resuelva un conflicto o una incertidumbre jurídica.

La demanda es el acto jurídico procesal que da inicio el proceso, que viabiliza el derecho de acción y contiene la pretensión.

La demanda es el instrumento para ejercitar la acción, y no se le debe confundir con ésta, pues en la demanda se contiene, además, la PRETENSIÓN del demandante. En efecto, quien presenta una DEMANDA no se limita al juez que mediante proceso dicte una sentencia, sino, además, que en esta sentencia le resuelva favorablemente determinadas peticiones para satisfacer su interés, lo que no constituye objeto de la acción, sino, de la pretensión.

Ésta no puede formularse sin la demanda. Tampoco la pretensión es la demanda judicial, sino que aquella esta detenida en ésta. La acción es diferente de la pretensión, como hemos explicado, pero la demanda las contiene a ambas, sin que se identifique con ninguna de ellas.

CONTENIDO DE LA DEMANDA

Nuestra norma procesal manifiesta que la demanda contendrá refiriéndose a los requisitos de la demanda, pero no, específica en lo absoluto sobre el contenido.

Base Legal: Artículos 424 y 425 del C.P.C.

1) Designación del Juez ante quien se interpone la

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