Cambio orden u transformacion
asuarez61Documentos de Investigación13 de Marzo de 2020
3.311 Palabras (14 Páginas)175 Visitas
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
ASOCIACION CIVIL ESTUDIOS SUPERIORES GERENCIALES
CORPORATIVOS VALLES DEL TUY
CREATEC- CHARALLAVE
DERECHO C1-2019-III
[pic 1]
Profesor (a): Participante:
Rommel Martínez Mayerling A. Bolívar E.
C.I.V: 29.658.255
Marzo,2020
[pic 2]
El Derecho Público es aquella parte de los ordenamientos jurídicos cuyas normas atañen al poder público y sus relaciones con los individuos, las organizaciones y consigo, siempre que este se ejerza como representación de los intereses del Estado.
Es una rama del derecho positivo que ordena las relaciones de subordinación y supra ordenación entre el Estado y los particulares, así como entre los distintos organismos que componen al Poder Público, y se encuentra contenido en una legislación por escrito (constitución, ley, etc.) y de acuerdo y aceptación por la comunidad en la que rige
Es por ello que se nos hace pertinente hablar un poco sobre los principios constitucionales o también llamados principios fundamentales son aquellos que se refieren a los valore éticos, legales, ideológicos y sociales consagrados en la constitución, por los cuales se rigen el ordenamiento jurídico de una nación.
Los Principios Fundamentales de la República Bolivariana de Venezuela son los siguientes:
Artículo 1: “La República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional, en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador. Son derechos irrenunciables de la Nación: la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional”.
Este primer artículo se establece con el fin defender los derechos de la República Bolivariana de Venezuela como son su integridad, su inmunidad y su libertad como también resalta los valores del Libertador Simón Bolívar como fundamentales de nuestra doctrina, declarando que la Republica de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente, es decir, que tienen la libertad de realizar diferentes actos sin la intervención de otras naciones y es independiente ya que no necesita aportes de otros países para su sostenimiento y desarrollo.
Artículo 2: “Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”.
Este articulo habla de que Venezuela es un estado que está basado en la forma de gobierno democrático ya que defiende los derechos humanos, respeta la pluralidad política manteniendo la responsabilidad social con los ciudadanos, además de tener como principio el respeto por la vida, la igualdad de derechos, la solidaridad, la justicia y las obligaciones de cada uno de los ciudadanos.
Artículo 3: “El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución.
La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines”.
Este articulo tiene como fin resaltar los valores esenciales para alcanzar los fines personales y sociales por medio de la educación y el trabajo que requieren los ciudadanos como son: su defensa, su desarrollo, el respeto a su dignidad y el ejercicio democrático como también permite la construcción de una sociedad que defienda la paz, garantice el cumplimiento de los derechos, deberes y principios establecidos en la Constitución y sobre todo que establezca la justicia.
Artículo 4: “La República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad”.
Este articulo hace referencia a que la República Bolivariana de Venezuela tiene un poder descentralizado, rigiéndose por los principios de cooperación, solidaridad y corresponsabilidad que se destacan en los lineamientos de la Constitución Bolivariana de Venezuela
Artículo 5: “La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley e indirectamente mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos”.
Este articulo habla de la importancia de la soberanía en el pueblo, quien la ejerce por medio al derecho a votar al cargo públicos electo o conocido como el sufragio y los demás parámetros que se establecen en la ley, los órganos del Estado se deben someter a voluntad de los ciudadanos
Artículo 6:” El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables”.
La finalidad de este artículo es establecer que el gobierno de Estado debe estar sustentado solo en los principios democráticos donde los mandatos pueden ser revocables cuando sea necesario otorgándose por medio de elecciones de forma responsable y de forma alternativa.
Artículo 7: “La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución”.
Este articulo le brinda todo el poder jurídico a la Constitución Bolivariana de Venezuela en la cual todas las personas y órganos ejercen el poder público están sometidos a regirse por sus leyes establecidas.
Artículo 8: “La bandera nacional con los colores amarillo, azul y rojo; el himno nacional Gloria al Bravo Pueblo y el Escudo de Armas de la República son los símbolos de la patria.
La ley regulará sus características, significados y usos”.
Este artículo establece que los símbolos patrios son: La bandera nacional, el himno nacional y el escudo de armas y su usos, significados y características deben estar regulados por medio de la ley.
Artículo 9: “El idioma oficial es el castellano. Los idiomas indígenas también son de uso oficial para los pueblos indígenas y deben ser respetados en todo el territorio de la República, por constituir patrimonio cultural de la Nación y de la humanidad”.
Este artículo habla de cuáles son los idiomas de uso oficial y deberán ser respetado en el territorio nacional, por ser patrimonio cultura de la Nacional y de la Humanidad. El idioma oficial es castellano y los idiomas indígenas.
Pero también es debido mencionar su principal representación como lo es el Estado, ¿Qué conocemos como Estado?
El estado es la organización humana que abarca la totalidad de la población de un país, estructurada social, política y económicamente mediante un conjunto de instituciones independientes y soberanas que regulan la vida en sociedad. un Estado equivale al conjunto de atribuciones y órganos públicos que constituyen el gobierno soberano de una nación, y en ocasiones el término es usado también para referirse a la nación.
Los Estados deben poder contar con capacidad de:
- Exteriorizar su poder. Es decir, lograr el reconocimiento de sus congéneres por la fuerza si fuera necesario.
- Institucionalizar su poder. Esto significa poseer instituciones coercitivas que mantengan el orden y que consoliden los métodos de sucesión en el poder político, sean los que sean.
- Administrar una identidad colectiva. Los pobladores de un Estado deben sentirse parte de un todo organizado y mayor que sus propias individualidades o familias, y deben compartir una tradición, un relato fundacional, una serie de símbolos patrios, etc.
Por otro lado, los elementos del Estado son:
- Población. Ningún Estado existe sin una población que lo integre, por grande o diminuta que sea, o por diversa que ésta pueda resultar en materia cultural, racial o lingüística. De hecho, existen muchos Estados plurinacionales (varias naciones organizadas en un mismo Estado), ya que lo importante es que los pobladores estén de acuerdo en regirse por las mismas instituciones y compartir un destino político afín.
- Territorio. Todos los Estados poseen un territorio y unas fronteras que delimitan su área de soberanía y ejercicio de ley, de la de los Estados vecinos. Dicho territorio es suyo para administrar, ceder, proteger o explotar económicamente de la manera que mejor le parezca, siempre y cuando no ponga en jaque los territorios vecinos.
- Gobierno. Todo Estado debe contar con instituciones firmes y duraderas para gestionar la vida en sociedad, así como con autoridades para regirlas y métodos soberanos para decidir quién ejercerá dicha autoridad en su territorio. Dicho gobierno ejercerá la política y la administración del Estado por un tiempo definido en base a las reglas jurídicas, culturales y políticas de la población.
- Soberanía. Ningún Estado existe si otro toma por él sus decisiones, así que todo estado requiere de autonomía y de fuerza para ejercer y defender sus decisiones. De no poseerlo podremos estar frente a una colonia, un Estado asociado u otras formas de dominación de un Estado sobre otro.
El Estado se ve estructurado por las ramas del Poder Público Nacional este de divide en Poder Nacional, Poder Estatal y el Poder Municipal cada una de estas divisiones tienen sus propias funciones pero su ejercicio colaboraran entre sí en la realización de los fines del estado, que son las acciones orientadas para la defensa y el desarrollo de las personas y el respeto a su dignidad , el ejercicio democrático de la voluntad popular , la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitución" (Art. 3. CRBV).
...