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Enviado por nelson- • 10 de Marzo de 2012 • 1.346 Palabras (6 Páginas) • 448 Visitas
DESCENTRALIZACION-Significado
La descentralización apareja la existencia de la centralización y se concibe como el conjunto de relaciones bilaterales y dinámicas de carácter político, jurídico, económico, administrativo o técnico entre el órgano central y sus entidades descentralizadas.
DESCENTRALIZACION-Modalidades
La Constitución Política consagra dos modalidades de descentralización: territorial y por servicios. La primera se expresa en las entidades territoriales y permite la configuración de los niveles del Estado -nivel nacional y nivel territorial-. La segunda da lugar a las entidades descentralizadas y constituye la base de los sectores administrativos - sector central y sector descentralizado- en cada uno de los niveles del Estado.
DESCENTRALIZACION-Presentación de relaciones
Las relaciones de descentralización se presentan entre personas jurídicas diferentes: en la primera, entre la nación –persona jurídica- y las entidades territoriales, y en la segunda, entre la administración central y las entidades descentralizadas, en cada uno de los niveles del Estado.
DESCENTRALIZACION-Mecanismos de articulación en modalidades/DESCENTRALIZACION TERRITORIAL-Mecanismos de articulación
DESCENTRALIZACION POR SERVICIOS-Mecanismos de articulación
AUTONOMIA-Principio de naturaleza constitucional
AUTONOMIA Y DESCENTRALIZACION-Distinción
La autonomía es un elemento sustancial de la organización del Estado colombiano y tiene su especificidad frente a la descentralización. Por ello la autonomía de las entidades territoriales se distingue de la descentralización territorial. Mientras que la descentralización se refiere al contenido material, a las competencias y recursos asignados por la Constitución y la ley a los entes territoriales, la autonomía consiste en el margen o capacidad de gestión que el constituyente y el legislador garantizan a las entidades territoriales para que planeen, programen, dirijan, organicen, ejecuten, coordinen y controlen sus actividades, en aras del cumplimiento de las funciones y fines del Estado. Además, la autonomía es una consecuencia sine qua non de la descentralización, aunque no es exclusiva de ésta. No es previsible un régimen de descentralización como forma de organización política de un Estado, en donde no haya autonomía de los entes territoriales.
AUTONOMIA DE ENTIDADES TERRITORIALES-Límites
La autonomía representa un rango variable, que cuenta con límites mínimos y máximos fijados por la Constitución Política, dentro de los cuales actúan los entes territoriales.
AUTONOMIA DE ENTIDADES TERRITORIALES-Límite mínimo
El límite mínimo de la autonomía territorial, garantizado por la Constitución, constituye su núcleo esencial y está integrado por el conjunto de derechos, atribuciones y facultades reconocidas en la Carta Política a las entidades territoriales y a sus autoridades, para el eficiente cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo.
AUTONOMIA DE ENTIDADES TERRITORIALES-Límite máximo
El límite máximo de la autonomía territorial tiene una frontera política entendida como aquel extremo que al ser superado rompe los principios de organización del Estado para convertirse en independiente, en algo diferente de aquella unidad a la cual pertenecen las entidades territoriales. En nuestro medio, el límite máximo lo señala el artículo 1º de la Constitución al establecer que Colombia es una república unitaria.
AUTONOMIA DE ENTIDADES TERRITORIALES-Fijación por legislador de alcance y grado dentro de los límites constitucionales
El legislador está autorizado para fijar los alcances de la autonomía territorial, dentro de los límites mínimos y máximos que señala la Constitución -en un extremo, el núcleo esencial, y en el otro, el límite dado por el carácter unitario del Estado-, los cuales no podrá sobrepasar. Entre estos dos límites el legislador, en ejercicio de su potestad de configuración, se desplaza para fijar el grado de autonomía en cada materia o asunto a cargo de las entidades territoriales.
AUTONOMIA DE ENTIDADES TERRITORIALES-Límites de la Constitución y la ley
AUTONOMIA DE ENTIDADES TERRITORIALES-Definición legislativa de grado de autonomía
REGIMEN DEMOCRATICO Y PARTICIPATIVO
VOTO PROGRAMATICO-Objeto/REVOCATORIA DEL MANDATO-Objeto
GOBERNADOR Y ALCALDE-Mecanismos de cumplimiento de programas de gobierno
Los gobernadores y alcaldes, en atención a los principios del Estado democrático y participativo, deben contar con mecanismos eficientes e integrales que les permitan dar cumplimiento a su programa de gobierno, el cual contiene la expresión de la voluntad popular que los eligió.
GOBERNADOR Y ALCALDE-Programas de gobierno incorporan al sector central y descentralizado
ENTIDADES TERRITORIALES-Participación de entidades descentralizadas en ejecución del programa de gobierno y plan de desarrollo
GOBERNADOR Y ALCALDE-Cumplimiento eficiente de funciones administrativas
GOBERNADOR Y ALCALDE-Responsabilidades integrales respecto del ente territorial
GOBERNADOR Y ALCALDE-Prohibición para ejercer potestad nominadora/GOBERNADOR Y ALCALDE-Miembros
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