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Convenios sobre el Derecho del Mar de 1958 y 1982


Enviado por   •  4 de Octubre de 2018  •  Ensayos  •  1.778 Palabras (8 Páginas)  •  238 Visitas

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Convenios sobre el Derecho del Mar de 1958 y 1982

    Los convenios sobre el derecho del mar, tiene como propósito dar solución a todos los problemas de los espacios marinos que están estrechamente relacionados entre sí, y tienen que estar considerados en conjunto, donde por medio de estas convenciones se busca imponer normas y estándares, al derecho que tienen los Estados sobre el mar. Se busca establecer un orden jurídico para los mares y océanos, la utilización equitativa y eficiente de sus recursos, el estudio, protección y preservación del medio marino y la conservación de sus recursos vivos.

    La evolución del derecho del mar se caracteriza por la oposición entre dos principios: la soberanía territorial y el de libertad de los mares. Donde esta última fue promulgada por Hugo Grocio en el siglo XVII, quien señalaba que en los mares no podían ser sujeto de apropiación, debido que estos no eran susceptibles a ocupación, por ello debían ser libres para todos. Pero el mundo cambia y con él los intereses de los países. La descolonización que vivió el mundo en el periodo post II Guerra trae una serie de factores que influenciarían el derecho sobre del mar y con ello el interés de los países se incrementaban cada vez más. En este periodo de post-guerra y hasta 1960 los países tratan de consolidar, clarificar y codificar las normas sobre el derecho al mar. Donde se realiza la primera conferencia sobre el Derecho del mar celebrado en Ginebra Suiza en 1956 donde dicha conferencia concluyo en 1958, con la elaboración de 4 convenciones relativas a la regulación del mar, a partir de proyectos elaborados por la Comisión de derecho internacional de la ONU, dichas convenciones fueran las siguientes:

  1. La convención sobre Mar Territorial y Zona contigua, que entro en vigor el 10 de septiembre de 1964; en donde definiremos los siguientes aspectos:

     Mar territorial,  la III Convención de las Naciones Unidas adoptó los mismos criterios que expresa la Convención de Ginebra, donde se designa como la zona adyacente o frente a frente de la costa y que esta mida una extensión de 12 millas marinas, lo que sería igual a 22,2 kilómetros cuadrados, donde ejercerá su soberanía y garantizara la seguridad y defensa de sus intereses. Donde el mar de cada estado, tiene potestad en materia de pesca, policial, aduanera y solitaria.

   La zona contigua es la parte inferior del mar territorial, es decir que es la zona adyacente al mar territorial y se deberá medir a partir de la línea base hasta un límite de 24 millas marinas. Esta será el producto de la declaración unilateral del estado que consagra el mar libre para ejercer sus funciones específicas de jurisdicción como prevenir la infracción de sus leyes así como de vigilancia aduanera, seguridad militar, navegación así como la protección y conservación de las riquezas del mar.

  1. La convención sobre Alta Mar, que entro en vigor el 30 de septiembre de 1962; entendiéndose Alta Mar como:

    La convención de ginebra de 1958 en su artículo 2, y la de Jamaica  artículo 89, coinciden en que ningún estado pobra pretender legítimamente someter cualquier parte de la Alta Mar a su soberanía. El uso común de alta mar para todos los estados, con o sin litoral, se estableció en la convención de Ginebra en cuatro libertades fundamentales. Por lo que en otras palabras Alta mar será las zonas fuera de la jurisdicción de los estados, donde existe libertad de pesca, investigación científica marina, etc., con fines específicos.

  1. Convención sobre Plataforma Continental que entro en vigor el 10 de junio de 1964.

   Plataforma continental según lo definió el Convenio de Ginebra de 1958 sobre plataforma continental, en su artículo 1, comprende: El lecho del mar y el subsuelo de las zonas submarinas adyacentes a las costas pero situadas fuera de zona de mar territorial, hasta una profundidad de 200 metros, o más allá de este límite, hasta donde la profundidad de las aguas suprayacentes permita la explotación de los recursos naturales de dichas zonas; El lecho del mar y el subsuelo de las regiones submarinas análogas, adyacentes a las costas de islas.

  1. Convención sobre Pesca y Conservación de los Recursos Vivos de la Alta Mar, que entró en vigor el 20 de marzo de 1966.

   Se establecen principios y mecanismos para la ordenación racional de las pesquerías en alta mar. Se insiste en la cooperación entre estados que faenan en las mismas pescaderías que se encuentra en una parte de alta mar adyacente a su zona territorial.

    En 1960 se convoca la II conferencias sobre el Derecho del Mar, no produjo ningún acuerdo internacional, puesto que no surgió ninguna de las proposiciones relativas a la anchura del mar territorial.

   En diciembre de 1970 la asamblea general de Naciones Unidas convoca la III conferencia sobre los Derechos del mar, que se realizaría desde diciembre de 1973 hasta 1982. Fue aprobada el 30 de abril de 1982 en Motego Bay Jamaica. Desde el inicio se planteó que el principio de derecho marítimo internacional se estableció para buscar soluciones a las controversias y conflictos por medios pacíficos, en donde se destaca los procedimientos de conciliación y los judiciales. Además se presentaron nuevas iniciativas como el concepto de zona económica exclusiva.

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