El Derecho del Mar
anagabriela259Ensayo8 de Abril de 2023
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UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA[pic 1][pic 2]
Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades
DIVISIÓN DE ESTUDIOS JURÍDICOS
Departamento de Derecho Público
DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
Profesor: Armando Rene Ibarraran Zuno
TEMA:
EL DERECHO DEL MAR
Ana Gabriela González Buenrostro
INTRODUCCION
Para adentrarnos en el tema, resulta importante destacar que el “Dominio del Mar” a lo largo de la historia ha desempeñado un papel político importante, entendiéndose el uso del mar no únicamente como medio de transporte, sino también para prohibir a otros estados su uso para los mismos fines, lo anterior ha requerido que los juristas presten atención para determinar la soberanía y jurisdicción de las aguas correspondientes a cada territorio.
El 16 de noviembre de 1994 entró en vigor la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, concluyendo el proceso de negociaciones y discusiones iniciado hace 25 años. Por primera vez, la Asamblea General de la ONU ha discutido una agenda para la internacionalización de los fondos marinos más allá de la jurisdicción nacional. Si bien el texto aprobado por el Presidente de la Conferencia sobre el Derecho del Mar ha sido descrito como quizás el texto legislativo más importante desde la aprobación de la Carta de las Naciones Unidas, no debemos imaginar que entrará en vigor y la vigencia de la convención marcará el final del desarrollo gradual del derecho del mar, porque la historia del derecho internacional, especialmente la historia del derecho del mar, nos dice que es imposible regular el desarrollo del derecho del mar de forma definitiva entre los Estados.
El derecho del mar contemporáneo y sus avances, tiene sus bases en la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, la cual fue firmada en Montego Bay, Jamaica en 1982, representando así un avance en el derecho internacional público. El derecho de los espacios marítimos sigue siendo de suma importancia, pues en los últimos años ha mostrado la posibilidad de crear normas internacionales y métodos novedosos para un panorama de este sector formidable, esto se debe a que el derecho marítimo es un derecho que siempre continua en transformación. Es necesario señalar que no debe confundirse el derecho del mar con el derecho marítimo, pues este último son normas jurídicas relacionadas entre las naciones, mientras que el derecho del mar es entre particulares.
La historia de la codificación del derecho internacional del mar es relativamente reciente y, si bien se celebraron algunos convenios sectoriales bajo los auspicios de la Sociedad de las Naciones, la codificación del derecho del mar adquirió plena importancia con la creación de las Naciones Unidas, la ONU le dio un mandato a la Comisión Internacional para que codificara las reglas consuetudinarias existentes.
INDICE
Contenido
INTRODUCCION 2
INDICE 3
La codificación del Derecho del Mar 4
Evolución del Derecho de los Espacios Marítimos 5
El Mar Territorial 6
La Zona Económica Exclusiva 8
La Zona Contigua 8
Estrechos utilizados para la navegación internacional 8
Los Estados Archipelágicos 9
El problema de los Estados sin costas 9
La Plataforma Continental 10
El Alta Mar 10
Fondos Marinos y Oceánicos 11
Protección del Medio Ambiente 11
Investigación científica marina 12
Solución de Controversias 12
CONCLUSIONES 13
BIBLIOGRAFIA 14
La codificación del Derecho del Mar
Fue en el siglo XVI y XVII cuando se hicieron presentas las primeras instituciones del Derecho del Mar, la libertad irrestricta fue un tema polémico, junto con la aparición de un espacio que no estaba sometido a la soberanía estatal, el “Alta Mar”. Se tenía la creencia de que el mar era libre, por lo tanto, todos los pueblos tenían derechos sobre él, juristas como Hugo Grocio, Francisco de Vitoria y Fernando Vázquez de Menchaca sostenían esta idea, convirtiéndola en un principio fundamental del derecho internacional, y como para toda postura existe su refutación, John Selder se dio a la tarea de sostener que el mar, al igual que el territorio también es susceptible de apropiación.
Posteriormente, en el año de 1702, el jurista holandés, Cornelis van Bynkershoek sostuvo la llamada “regla del alcance de la bala del cañón”, que implicaba que los derechos del estado sobre el mar no pueden extenderse más allá de donde no pueda defenderlo desde la costa, garantizando un control efectivo a través de su artillería, en 1782, Ferdinando Galiani propone un limite general de tres millas donde el estado pudiera ejercer una soberanía comparable a la que le correspondía en tierra firme, constituyendo la figura del Mar Territorial en el siglo XX.
La conferencia de la La Haya de 1930 representa el punto inicial del régimen jurídico del mar, pues fue de los primeros intentos de codificar el derecho marítimo con la iniciativa de la Sociedad de las Naciones, entre sus principales objetivos se encontraban crear un régimen normativo del Mar Territorial y la Zona Contigua.
La Primera Conferencia de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1958, mejor conocida como conferencia de Ginebra, produjo cuatro instrumentos internacionales que, a excepción de la Convención relativa de Alta Mar que es una mera declaración general de principios, las demás Convenciones codifican tanto normas existentes generalmente aceptadas, como desarrollan nuevas normas. Más adelante, en 1960, la Segunda Conferencia de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar no tiene éxito intentando examinar las cuestiones relativas a la extensión del Mar Territorial y los limites de las pesquerías, y trece años después en la Tercera CONFEMAR, marca un antes y un después en la construcción jurídica contemporánea de los nuevos espacios marinos, es el instrumento más importante del régimen jurídico que sistematiza internacionalmente el Derecho del Mar y es la Conferencia Internacional mas larga auspiciado por un Organismo Internacional. México votó a favor de la Convención de 1982 y la ratificó el 18 de marzo de 1983.
La Convención sobre el Alta Mar entró en vigor el 30 de septiembre de 1962, el Alta Mar siempre ha sido objeto de estudio para el derecho internacional por las controversias que a lo largo de la historia ha generado. Dicha convención codificó cuatro libertades: de navegación, sobrevuelo, pesca y tendido de cables, además, entre las principales disposiciones que contemplaba se encuentran, por obvias razones, la libertad en Alta Mar, el principio de no apropiación y la libertad de uso.
El 10 de septiembre de 1964 entró en vigor la Convención sobre el Mar Territorial y la Zona Contigua, estableciéndose que ninguna de las dos puede exceder el limite de 12 millas, rechazándose así el limite de tres millas para el Mar Territorial, además de crearse normas especificas sobre las aguas interiores y el tratado de líneas de base recta, con esta convención se establece que el Estado ribereño[1] debe permitir el paso de buques extranjeros sobre el Mar Territorial. Por otra parte, la Convención sobre la Plataforma Continental refleja la preocupación de los estados ribereños de aprovechar los recursos minerales que se encontraban en la Plataforma Continental, aunque solamente establece in limite de 200 metros de exploración y explotación, o más allá donde la tecnología lo permitiera.
Evolución del Derecho de los Espacios Marítimos
En el siglo XVI comenzamos a ver los diferentes usos que llevan a cabo las flotas mercantes y de guerra europea que son las que dominan los mares a nivel global. Esto es lo que se conoce como Derecho del Mar clásico, caracterizado por la aceptación generalizada del principio de libertad de los mares (estas potencias marítimas lo que les interesa es que haya la máxima libertad posible sobre dichos mares). Se concebía el mar como “res communis ómnium”, cosa común de todos; el uso del espacio, el mar, como cosa común de todos.
El derecho internacional del mar nació como un anexo del derecho de las comunicaciones, de la libertad de movimiento, y en oposición a las pretensiones de apropiación por unas cuantas naciones. En 1945, los Estados Unidos se daban cuenta de la futura importancia del petróleo costanero, es por ello que el presidente lanza la Proclama Truman, esta expresaba inapropiadamente que el gobierno consideraba los recursos naturales del subsuelo de del fondo del mar de la plataforma continental por debajo de la alta mar próximo a sus costas como perteneciendo a ese país y sujeto a su jurisdicción y control, esto provocó que países como Chile, Ecuador y Perú, lanzaran su reclamación a 200 millas de jurisdicción sobre el mar adyacente a sus costas.
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