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DERCHO ROMANO


Enviado por   •  28 de Febrero de 2015  •  1.692 Palabras (7 Páginas)  •  379 Visitas

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MEXICO D.F A 26 DE JUNIO DEL 2014

NOMBRE DE LA ASIGNATURA: DERECHO ROMANO

ACTIVID: RESUMEN E INVESTIGACION

TEMA: EL DERECHO ROMANO “LA MONARQUIA, REPUBLICA E IMPERIO”

NOMBRE DEL PROFESOR DOCENTE: MIRIAM MICHELLE MARTINEZ DEL ANGEL

NOMBRE DEL ALUMNO: MONTES CASTELLANOS MIRIAM MONICA

OBJETIVO:

LA REALIZACION DE RESUMEN COMPLEMENTANDO CON DIVERSAS INVESTIGACIONES ACERCA DEL DERECHO ROMANO ASI COMO ABARCANDO DEFINICIONES Y PUNTOS DE OPINIONES PARA UN BUEN ESTUDIO Y FACILITAR EL CONOCIMIENTO DE LO QUE ABARCA ESTE TEMA. AUNQUE ES UN POCO EXTENSO SE SINTETIZA EN LOS PUNTOS MAS IMPORTANTES Y SIMPLIFICANDO EN UNA IDEA OBJETIVA PARA EL ENTENDIMIENTO.

FUENTES BIBLIOFRAFICAS:

• BIBLIOTECA VIRTUAL UNITEC

• PETIT, Eugenio, Tratado elemental de derecho romano, traducción de José Fernández González, México: 6a. ed., Porrúa, 1996.

• BIBLIOTECA VIRTUAL UNAM FACULTAD DE DERECHO

CONCEPTO DEL DERECHO ROMANO

Es el conjunto de normas y principios jurídicos que rigieron las relaciones del pueblo romano desde su fundación (753 a.c) hasta la muerte del emperador Justiniano (565 d.c).

El derecho romano ha sido de gran ayuda para el desarrollo del derecho, ya que Constituye prácticamente la representación de un modelo de sistematización y sobre todo de tratamiento y aplicación del derecho al campo de la realidad social.

Sus contenidos poseen una fuerte carga lógica que ha hecho posible que subsista en el tiempo y se mantenga vivo. Emprendiendo también las leyes romano-bárbaras.

OBJETIVO DEL DERECHO: Es el de elaborar conceptos, mantener y poner en vigor procedimientos que permitan que una comunidad soberana sea gobernada por reglamentaciones que propicien el bien común.

IDEAS ROMANAS

A) Ius: voz latina con que los romanos designaron al derecho. En sentido objetivo: como una norma que regula con carácter obligatorio las relaciones sociales. En sentido subjetivo: como facultad que el ordenamiento juridico reconoce a un sujeto.

B) Los Preceptos del Derecho: son deberes éticos y jurídicos. Los Tria iuris preacepta son los deberes que el derecho objetivo impone a los individuos: Vivir honestamente, No dañar a otro y Dar a cada uno lo suyo.

C) Fas: era la denominada norma religiosa. Derecho y religión aparecen en épocas primitivas como ideas que guardan entre si un nexo de unión evidente pero desde la época de la Republica “fas” equivale a ius divinum.

D) Justicia: es lo que conforma al ius, es la meta del derecho según las fuentes romanas se podría decir que es “la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo”.

E) Las Aequitas: etimológicamente significa equidad, igualdad y viene a ser el modelo, la finalidad que debe cumplir el ordenamiento jurídico para que sus normas no sean inicuas.

F) Jurisprudencia: Ulpiano la define como el conocimiento de las cosas divinas y humanas y la ciencia de lo justo y de lo injusto.

UTILIDAD ACTUAL DEL ESTUDIO DEL DERECHO ROMANO

Es importante estudiarlo porque a pesar de que no es un ordenamiento existente en la actualidad la gran mayoría del mundo opto por este sistema jurídico.

• . El estudio del Derecho Romano nos sirve como Modelo

• Es un poderoso auxiliar

• Su estudio es indispensable para comprender la Historia y la Literatura Romana

 Para mi constituye el fondo de las principales Legislaciones de Europa y Latinoamérica, de el derecho Romano parten casi todas.

DIVISION DEL DERECHO ROMANO

a) Derecho Público y Derecho Privado: el derecho público está constituido por el conjunto de normas que regulan la constitución y actividad del Estado y las relaciones que ese mismo Estado tiene con los particulares. Derecho Privado rige exclusivamente la relación de los individuos entre si.

b) Derecho Natural, Derecho de Gentes, Derecho Civil: según Ulpiano el derecho privado consta de 3 partes, pues se ha formado de los preceptos naturales de los de gentes o de los civiles.

Derecho Civil era exclusivo del pueblo romano, aplicable solamente a los ciudadanos.

Derecho de Gentes era el integrado por las normas que aplicaban todos los pueblos y que tenían por fundamento no características peculiares de cada uno de ellos sino la razón natural.

Derecho Natural, es aquel que la naturaleza enseña a todos los animales. Para Paulo, el derecho natural es aquel que siempre es bueno y equitativo (esta idea concibe un derecho ideal, inmutable y en el que todos los hombres son iguales).

c) Derecho Civil y Derecho Honorario: el derecho civil es el que emana de leyes, plebiscitos, senadoconsultos, decretos de los príncipes y autoridad de los jurisconsultos.

Derecho honorario es el conjunto de principios jurídicos que derivan de la autoridad jurisdiccional de los magistrados o de los que gozan de honores (este derecho comienza a elaborarse por el pretor para dar mayor eficacia y equidad al derecho civil).

FUENTES DE PRODUCCION Y CONOCIMIENTO DEL DERECHO ROMANO

a) La Costumbre: eran las costumbres que impartieron los antepasados. Eran las soluciones que los antiguos habían dado a los problemas de convivencia, sus respuestas ante situaciones y conflictos sociales concretos. Eran sagrados, no susceptibles de teoría. Según Juliano “no puede darse razón de todo aquello que fue constituido por los antepasados” esto significaba que se lo debía respetar sin reflexión e inclusive sin buscarles su razón de ser.

b) Las leyes: en primer lugar la ley de las 12 tablas, pero también las leyes que surgían de los 3 comicios (curiados, tribados, centuriados)

c) Plebiscitos:

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