DERECHO ADMINISTRATIVO LAS FUNCIONES DEL ESTADO
ligiarivera411 de Noviembre de 2014
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DERECHO ADMINISTRATIVO
LAS FUNCIONES DEL ESTADO
La función pública: La función pública es un modo o una forma de ejercer y ejecutar los planes, proyectos, programas, procedimientos y actividades del Estado por medio de diferentes organismos, instituciones y entidades de la administración, evitando la concentración autoritaria del poder en una sola persona.
El Estado Ecuatoriano tiene cinco funciones o poderes, que se detallan a continuación:
1.- FUNCIÓN JUDICIAL: Es una de las funciones del Estado, desconcentrada,
independiente, especializada e integrada por un órgano Administrativo,
Jurisdiccional, Auxiliar y Autónomo y por jueces, funcionarios y servidores
públicos con potestad para administrar justicia, juzgar, y hacer cumplir lo juzgado en materia determinada, garantizando el debido proceso mediante la aplicación del sistema jurídico estatal, oral y procesal y la puesta en práctica la supremacía de la Constitución, la seguridad jurídica, la tutela efectiva, la imparcialidad, la objetividad, la probidad, la concentración de la prueba, la contradicción, la inmediación, la celeridad y la debida diligencia. Y cuenta con cinco órganos que son: administrativo, jurisdiccional, auxiliar, autónomo y medios alternativos de resolución de conflictos.
2.- FUNCIÓN ELECTORAL: Es un organismo del Estado, que goza de personería jurídica, independencia, autonomía administrativa, financiera y organizativa, integrado por dos órganos: El Consejo Nacional Electoral y el Tribunal Contencioso Electoral, con sede en Quito, con jurisdicción nacional, que tiene como función específica garantizar el ejercicio de los derechos políticos de las personas que se expresan a través del sufragio, así como lo referente a la organización política de la ciudadanía.
3.- FUNCIÓN EJECUTIVA O ADMINISTRATIVA: Es un organismo administrativo, jurídico y soberano, que lo ejerce jerárquicamente el Presidente de la República en ejercicio del poder político del Estado, de acuerdo con las atribuciones y deberes establecidos en la Constitución y las leyes de la República, con el objeto de satisfacer los intereses públicos, mantener el orden, la seguridad interna, y satisfacer las aspiraciones generales de la población.
4.- FUNCIÓN LEGISLATIVA: Es un organismo jurídico-político, colegiado, electivo y soberano del Estado, que lo ejerce la Asamblea Nacional, integrado por Asambleístas nacionales, regionales, provinciales y de circunscripción exterior, que funciona normalmente dentro del contexto de las democracias liberales y socialistas.
La Asamblea Nacional se rige por la Constitución de la República, la Ley Orgánica de la Función Legislativa, el Reglamento Interno y el Código de Ética;
y se desenvuelve por medio de acuerdos y resoluciones legislativas. Se instala en su sede Quito, capital de la República del Ecuador, el catorce de mayo del año de su elección.
A los Asambleístas les corresponde actuar con sentido nacional y dar cuentas ante la sociedad sobre el cumplimiento de sus deberes de su propia investidura.
Los que incurran en violaciones al Código de Ética serán sancionados con la
pérdida de su calidad, con el voto de la mayoría de los integrantes.
5.- FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA Y CONTROL SOCIAL: La Función de Transparencia y Control Social, es una persona jurídica de derecho público, que
goza de autonomía administrativa, financiera, presupuestaria y organizativa. Se
encuentra integrada por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social,
la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General del Estado y las superintendencias. Los titulares de esta función ejercerán sus actividades por un período de cinco años. Cada año elegirán entre ellos a la Presidenta o Presidente de la Función.
Su misión principal es el promover e impulsar el control de las entidades y organismos del sector público, previniendo y combatiendo la corrupción.
CAPÍTULO I: EL DERECHO ADMINISTRATIVO
Este primer capítulo se centra en cinco parámetros fundamentales para conocer y comprender el origen, ubicación, definición, clasificación y finalidades del Derecho Administrativo como rama especializada del Derecho en general.
1.1. Etimología y definición de Derecho: Para poder abordar los contenidos relativos a la asignatura, es necesario, en primer lugar, definir y conocer la etimología de la palabra Derecho, para luego poder definir este término siguiendo el criterio del autor del texto básico que señala: "Un sistema de normas, integrado por principios, valores y reglas jurídicas, obligatorias, jerarquizadas, dialécticas, expedidas, promulgadas y aplicadas por el Estado, garantizadas por el poder coercitivo, que rige la conducta del género humano en la sociedad, cuya finalidad es alcanzar la justicia". Es necesario que usted profundice en el estudio de este apartado, ya que como futuro profesional del Derecho debe saber de dónde proviene el mismo (etimología) así como su definición desde las perspectivas de la ciencia, técnica y objeto cultural, para luego abordar su clasificación o ramas.
1.2. Ramas del Derecho: Una vez comprendida la definición de Derecho, es necesario conocer sus ramas o clasificación, de donde deberemos centrarnos en aquella que divide al Derecho en Público y Privado; división que le permitirá, en primer lugar, conocer en qué consiste cada uno de ellos; y, en segundo lugar, ubicar y diferenciar las materias que corresponden al Derecho Público y al Derecho Privado. Aquí comprenderá que el Derecho Administrativo es una rama especializada del Derecho Público y la aplicación directa del Derecho Constitucional. Así mismo, no olvide revisar las otras clasificaciones, porque son otras divisiones del Derecho desde: la perspectiva individual o colectiva de las personas (subjetivo y objetivos); y, la perspectiva de la protección o tutela de los derechos de las personas (sustantivo y procesal).
1.3. El Derecho Administrativo:Entendidos los contenidos antes mencionados y ubicado en la materia, usted se encontrará con la definición de Derecho Administrativo, la misma que señala: "Derecho Administrativo es el conjunto de normas, integrado por principios, valores y reglas jurídicas, que regula la planeación, la organización, la dirección, el control y la evaluación de los servicios públicos que presta la Función Administrativa del Estado, como la jurisdicción contenciosa administrativa". Esta definición del autor del texto básico es muy acertada y resume en pocas palabras la definición de lo que se debe entender por Derecho Administrativo, pero no olvide que en el texto básico y en la guía didáctica existen más definiciones de otros autores reconocidos en el mundo del Derecho Administrativo, revíselas y realice la actividad que se encuentra en la página 21 de la guía didáctica.
1.4. Clasificación del Derecho Administrativo: Es muy importante que usted conozca que el Derecho Administrativo se clasifica en: interno, externo, general, especial y procesal. En esta parte le sugiero que revise la página 36 del texto básico en donde encontrará las definiciones de cada uno ellos y su campo de acción. Además en la guía didáctica, páginas 22 y 23 usted encontrará los ejemplos que corresponden a cada uno de estos elementos, a fin de que vincule la teoría con la práctica. Es muy importante que usted realice este ejercicio y vaya agregando otros ejemplos a fin de que logre dominar esta clasificación.
1.5. Objeto, fin, relevancia y ámbito de estudio del Derecho Administrativo: Esta es una temática sencilla y aborda los aspectos de hacía dónde se encuentra orientado esta rama del Derecho Público. El objeto de estudio y de investigación del Derecho Administrativo, son los principios, los valores y las reglas jurídicas que rigen a la Función Administrativa del Estado y a la jurisdicción de lo contencioso administrativo. El fin consiste en lograr la justicia administrativa, la relevancia por la importancia de las normas orientadas a la organización de la administración pública y la toma de decisiones de la autoridades. Finalmente el ámbito de estudio abarca una serie de instituciones o figuras jurídicas que apoyan sustancialmente al desarrollo del Derecho Administrativo.
CAPÍTULO II: LAS FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO
2.1. Fuentes del Derecho
El Dr. Patricio Secaira Durango, en su obra "Derecho Administrativo", señala que "la principal fuente del Derecho es la sociedad", puesto que el ser humano desarrolla sus actividades al interior de ella, originándose de esta forma el Derecho en su forma más pura, de ahí que Savigny señale acertadamente que las fuentes del Derecho se encuentran en el espíritu del pueblo.
Pero dentro de esta fuente primigenia se desarrollan otras fuentes que también son de importancia para nuestro estudio y que son recogidas por el autor del texto básico: las fuentes materiales y las fuentes formales del Derecho, de donde, las primeras consisten en las necesidades y problemas relevantes que obligatoriamente necesitan ser reguladas por el Derecho, son aquellas fuerzas sociales que engendran el aparecimiento de las normas jurídicas; mientras que las segundas, son los procesos técnico jurídicos que utilizan los organismos del sector público (Asamblea Nacional) para exteriorizar el Derecho en la sociedad.
2.2. Fuentes administrativas
Cuando se hace alusión a las fuentes administrativas, o que le dan vida al Derecho Administrativo,
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