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DERECHO CIVIL


Enviado por   •  18 de Octubre de 2012  •  1.256 Palabras (6 Páginas)  •  450 Visitas

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EL MATRIMONIO

una concepción civil el matrimonio es una realidad de punto jurídico que, en términos generales puede definirse como un acto bilateral, solemne, en virtud del cual se produce entre dos personas de distinto sexo una comunidad destinada al cumplimiento espontáneamente derivado de la naturaleza humana y de la situación voluntariamente aceptada por los contrayentes. La palabra matrimonio designa también la comunidad formada por el marido y la mujer.

El matrimonio es una institución de carácter público o interés social, por medio del cual un hombre y una mujer voluntariamente deciden contraer un estado de vida para la búsqueda de su realización personal y la fundación de una familia.

El código civil del estado de Veracruz en su artículo 75 nos dice:

‘’el matrimonio es la unión de un solo hombre y de una sola mujer que conviven para realizar los fines esenciales de la familia como institución social y civil’’

el código también nos dice en su articulo 76

‘’el matrimonio debe celebrarse ante los funcionarios que establece la ley y las formalidades que ella exige’’

Requisitos para contraer matrimonio

Estos requisitos son de tres clases. Se refieren a la edad, consentimiento y formalidades.

Edad.- Para contraer matrimonio el hombre necesita haber cumplido dieciséis años y la mujer catorce. Se pueden conceder dispensas de edad por causas graves y justificadas.

Consentimiento.- El hijo o la hija que haya cumplido dieciocho años, no puede contraer matrimonio si el de su padre y su madre, si vivieran ambos, o del que sobreviva, derecho conserva la madre, aunque haya contraído segundas nupcias, si el hijo vive con ella. A falta o por imposibilidad de los padres, se necesita el de los abuelos paternos, si viven ambos, o del que sobreviva, a falta imposibilidades de los abuelos paternos, si los dos existieran del que sobreviva, se requiere el consentimiento de los abuelos maternos. Faltando padres y abuelos se necesita el consentimiento de los tutores, y faltando estos, el juez de la residencia del menor suplirá el consentimiento. Esto lo podemos encontrar en nuestro código civil en su articulo 86y87 .

El código civil del estado de veracruz también nos muestra en su articulo 92 los impedimentos para celebrar el matrimonio los cuales son:

Formalidades legales.- La celebración del matrimonio exige la formulación de un expediente, el que se compruebe la capacidad legal de quienes pretenden contraerlo, que no padecen enfermedad crónica incurable, contagiosa o hereditaria y que han convenido el régimen de su vienes, y que se incoa ante el Juez de Registro Civil del domicilio de cualquiera de los contrayentes.

El matrimonio debe celebrarse bajo las solemnidades siguientes:

Ante el titular de registro civil

Con la presencia de los contrayentes;

Con la presencia de los testigos,

La lectura de la solicitud y los documentos solicitados;

El titular u Oficial del registro Civil, procederá a interrogar a los testigos si los pretendientes son las mismas personas a que se refiere la solicitud y si existe algún impedimento legal.

En caso de no existir ningún impedimento preguntara a cada uno de los contrayentes si es su voluntad uniese en matrimonio, estando conformes los declarara unido en el nombre de la ley y la sociedad, asentándose el acta correspondiente.

Impedimentos

La palabra impedimento significa, en orden al matrimonio que se pretende contraer, cualquier circunstancia que produzca prohibición de llevarlo a efecto. Constituye el impedimento un obstáculo legal para celebrar el matrimonio. El derecho canónico a distinguido siempre entre los impedimentos dirimentes y los impedientes. Los primeros no solo representan in obstáculo para la celebración del matrimonio, sino que celebrado a pesar de su concurrencia, los segundos no lo invalidan, pero lo hacen ilícito.

El código civil considera como impedimentos:

a).- La falta de edad no dispensada.

b).- La falta de consentimiento.

c).- El parentesco de consanguinidad o natural, sin limitación en grado en línea recta ascendiente o descendiente. En la línea colateral igual, el impedimento

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