DERECHO DE FAMILIA DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Juan ArboledaResumen29 de Febrero de 2016
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UNIVERSIDAD ANTONIO NARIÑO
FACULTAD DE DERECHO
SECCIONAL DUITAMA
MATERIAL DE APOYO
DERECHO DE FAMILIA DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Docente: MARIA ESTHER RENDON PLAZAS
I. DERECHO DE FAMILIA
1. CONCEPTO: Según César Belluscio puede ser:
- En Sentido Amplio: Al conjunto de ascendientes, descendientes y colaterales de un linaje, incluyendo los ascendientes, descendientes y colaterales del cónyuge a lo cual habría que añadir al propio cónyuge, que no es pariente.
- En Sentido Intermedio: Grupo social integrado por las gentes que viven en una casa, bajo la autoridad del señor de ella.
- En Sentido restringido: Comprende solo el núcleo paterno-filial-denominado familia conyugal o pequeña familia.
_ En Colombia: El art. 874 del C.C. (leer)
- El art. 42 de la C.N. establece: La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla.
a.1. Familia legítima: Tiene su origen en el matrimonio.
a.2. Familia Natural: Se deriva de la unión libre
a.3.Familia Adoptiva: Se constituye por la adopción
2. NATURALEZA JURÍDICA DE LA FAMILIA:
La familia no es en nuestro ordenamiento jurídico “persona Jurídica”, pues le falta evidentemente la capacidad de adquirir derechos y contraer obligaciones, que es la nota definitiva de la personalidad.
- La familia como organismo jurídico: Entre los miembros de la familia no hay, derechos individuales sino vínculos recíprocos de interdependencia entre los sujetos y subordinación de todos ellos a un fin superior con asignación de funciones que son ejercidas por aquellos de sus miembros a quines la ley se las confiere.
- La Familia Como Institución: La declaración universal de los derechos del hombre de las naciones unidas en su art. 16, Inc. 3ro expresa: “La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y del estado”.
El derecho de familia es derecho privado, pero sus normas por regla general son de orden público y tienen profundo carácter moral.
- Desde el Punto de Vista de la Sociología se expresa: La familia es sin duda alguna, es una institución social, pues las relaciones determinadas por la unión intersexual, la procreación y el parentesco constituyen un sistema integrado en la estructura social con base en pautas estables de la sociedad.
- La Familia no es persona jurídica, ni organismo jurídico, sino una institución jurídico y social, que es regulada por el derecho para imponer a sus miembros: cónyuges- hijos, deberes y derechos parea el cumplimiento de sus funciones.
3. ORIGEN DE LA FAMILIA
3.1. Teoría Matriarcal: Se fundamenta en estos presupuestos:
- En los orígenes de la humanidad de los seres humanos habrían vivido en la promiscuidad sexual (Hetairismo), a semejanza de los animales, sin normas rectoras en absoluto.
- Un comercio de esta naturaleza excluye toda servidumbre de paternidad y la descendencia solo podría contarse a través de la línea materna.
- La mujeres, como madres y en su carácter de únicos parientes ciertos de la generación joven, llegaron a gozar de cierta preeminencia absoluta debido a la promiscuidad en que vivía el hombre.
- Tenía gran valía la promiscuidad sexual, que el paso de esta a la poligamia se consideraba una transgresión grave a la religión primitiva.
3.2. GRUPOS DE FAMILIAS:
- Familia Consanguínea: Se prohibía la unión sexual entre progenitores y prole, se permitía y era corriente entre hermanos.
- Familia Punalúa: Prohibía el incesto entre progenitores e hijos y entre hermanos, permitía el comercio sexual entre hombres y mujeres quedando excluidos padres e hijos y hermanos entre sí. Luego se extendió la prohibición a los hermanos lejanos o primos y a las hermanas de los hombres (cuñadas) existió el matrimonio por grupos sin establecer vínculos de pareja.
- Familia Sindiásmica: El hombre vive con una sola mujer, pero conserva el derecho de serle infiel. La mujer debe serle fiel al hombre hasta cuando dure la unión, pero esta se podía romper con facilidad y la mujer quedaba con los hijos.
- Familia monogámica: en que existió la procreación de procrear hijos de paternidad cierta y que se acrecienta el poder del padre.
- Según Fustel de Coulanges, en su obra “Ciudad Antigua” Concluyo que la “gran familia”, tenia como aglutinante el vinculo religioso basado en los ritos del culto a los espíritus, del oratorio, del agua lustral y de la memoria de los muertos. La institución de la familia ha evolucionado desde el clan, la gran familia romana sometida a la autoridad del paterfamilias y la pequeña familia actual formada por el vínculo paterno filial.
- La importancia política era primordial en la etapa del clan las tribus, la gens romana y las fratrías griegas; la función económica fue esencial en la familia romana, en donde el paterfamilias era el único sujeto de derechos patrimoniales hasta la evolución industrial producida a partir de siglo XIX y actualmente, en que la función patrimonial de la familia es la procreación y educación de los hijos, así como la asistencia moral y espiritual de tos sus integrantes.
4. REGLAMENTACIÓN LEGAL DE LA FAMILIA EN COLOMBIA
El origen de la familia colombina se encuentra en la española y especialmente en la legislación de las partidas.
Nuestro código civil no contiene ningún libro dedicado a la familia y sus normas que regulan la familia, están contenidas en el libro primero “de las personas” y en el libro cuarto.
Las normas del código civil relativas a la familia se han modificado con la expedición de nuevas normas como:
- La ley 8 de 1922,
- La ley 70 de 1931 Que autoriza la constitución de patrimonio de familia no embargable.
- ley 28 de 1932 sobre régimen patrimonial en el matrimonio.
- ley 45 de 1936 sobre filiación natural
- ley 83 de 1946 orgánica de la defensa del niño
- ley 75 de 1968 Se dictan normas sobre filiación y se crea el I.C.B.F.
- Decreto 1260 de 1970 por el cual se expide el estatuto del registro del estado civil d
de las personas
- Ley 20 de 1974 por la cual se aprueba el concordato entre la republica de Colombia y
La Santa sede, suscrito el 12 de junio de 1973.
- El decreto 2820 de 1976 por el cual se otorgan iguales derechos y obligaciones a las mujeres y a los hombres.
- ley 5 de 1975 sobre adopción
- Ley 1ra de 1976 y 25 de 1992 sobre divorcios, separación de cuerpos y de bienes del matrimonio católico y cesación de los efectos civiles del matrimonio católico.
- Ley 27 de 1977 por la cual se fija la mayoría de edad a los 18 años.
- decreto 902 de 1988 por la cual se autoriza la liquidación de herencias y sociedades conyugales vinculadas a ellas ante notario público
- decreto 2272 de 1989 organización de la jurisdicción de familia
- decreto 2237 de 1989 código del menor
- Ley 54 de 1990 cobre unión marital de hecho
- Ley 57 de 1990 por medio de la cual se modifica el Art. 11 de la ley 57 de 1887 sobre matrimonio por poder.
- Decreto 2651 de 1991 y ley 25 de 1992 por la cual se desarrollan los incisos 9, 10, 11, 12 y 13 del Art. 42 de la constitución política.
- Ley 82 de 1993 Sobre protección a la mujer cabeza de familia.
- Decreto 158 de 1994 sobre registro civil de ciertos matrimonios
- Ley 258 de 1996 sobre afectación de vivienda familiar
- Ley 294 de 1996, reformada parcialmente por la ley 575 de 2000, para prevenir, remediar y sancionar la violencia intrafamiliar.
- Ley 495 de 1999, por medio de la cual se modifican los Arts. 3 y 4 (literales A y B) 8 y 9 de la ley 70 de 1931 y se dictan otras disposiciones afines cobre constitución voluntaria del patrimonio de familia.
- ley 721 de 2001, por la cual se modifica la ley 75 de 1968 sobre filiación
- decreto 2112 de 2003 por la cual se reglamenta la acreditación y certificación de los laboratorios públicos y privados que practican pruebas de paternidad o maternidad con marcadores genéticos de ADN y se dictan otras disposiciones.
- ley 854 de 2003, por medio de la cual se modifica el Art. 1ro y el parágrafo 2 del Art. 4 de la ley 258 de 1996, a fin de dar protección integral a la familia.
Ley 962 de 2006, por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos. Art. 34
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