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Derecho Procesal Mercantil


Enviado por   •  18 de Febrero de 2013  •  4.112 Palabras (17 Páginas)  •  584 Visitas

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Jurisdicción Voluntaria

Introducción

La jurisdicción voluntaria podría definirse como una actividad jurisdiccional en la que no hay litigio o partes enfrentadas, motivo por el cual algunos autores han calificado la misma de administrativa.

Comprende un conjunto heterogéneo de actos que en los que no hay oposición de persona determinada, sino que van encaminados a constituir relaciones jurídicas, modificarlas y desarrollarlas.

En principio, la jurisdicción voluntaria únicamente puede dispensarla un juez, no solo por su carácter imparcial y conocimiento en la materia, sino que lo que interesa en especial es lo que representa, eso es, un sujeto dotado de autoridad.

Actos de jurisdicción voluntaria

Actos relativos al derecho de las personas

Básicamente hacen referencia a habilitaciones para comparecer en juicio. Un ejemplo seria el caso de los menores no emancipados para cuando los padres están ausentes o, estando presentes se negaran a representar en juicio a su hijo.

Actos relativos al derecho de las cosas

Expedientes de dominio y actas de notoriedad. En tanto no se produzca oposición, es un acto de jurisdicción voluntaria. En caso de oposición el expediente se convertiría en contencioso, aunque se ventilaría por el mismo procedimiento desde un punto de vista procesal.

El deslinde y amojonamiento. Este acto tiene por objeto determinar los límites entre las fincas, colocando los lindes y señales. Estas operaciones no dan ni quitan derechos, ni sirven para despojar de todo o parte de terrenos limítrofes mientras no recaiga sentencia en el juicio declarativo que corresponda. Por ello, la fuerza y valor de tales operaciones realizadas en la vía de la jurisdicción voluntaria no gozan de la eficacia de la cosa juzgada.

El deposito voluntario. Ello se produce cuando el depositario tiene justos motivos para no conservar el depósito pudiendo, aun antes del término designado, restituirlo al depositante, y si éste lo rehusare podrá obtener del juez su consignación. En este caso la consignación no responde a una forma de pago, sino como la legítima causa de devolución del depósito, siempre que existan justos motivos para ello.

Actos relativos al derecho de familia.

Medidas provisionales en relación con las personas, en especial referencia a los casos de separación, nulidad y divorcio. También pueden ir en relación a los hijos, cuando los padres les trataran con especial dureza o les diesen órdenes que van en contra de la ley, la moral o el orden público.

Actos de autorización judicial para la enajenación de bienes de menores e incapacitados, así como para la transacción de sus derechos.

Actos de adopción y acogimiento. En este caso el expediente de jurisdicción voluntaria tiene por objeto constituir la adopción, o bien proteger y tutelar a éstos cuando se hallan en una situación de desamparo.

Nombramiento de tutores, curadores y defensores judiciales.

Actos relativos al derecho de sucesiones

Juicios sucesorios abintestato, en relación a los actos llevados a cabo por el contador-partidor. Recordemos que los juicios de división de herencias se tramitaran por el proceso especial de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Apertura de testamentos cerrados y protocolización de memorias testamentarias.

Actos relativos al derecho mercantil

Convocatoria judicial de la junta de accionistas. La doctrina mercantilista entiende que se trata de un envío a la jurisdicción voluntaria, con la que se pretende suplir la inactividad de quien incumbe tal obligación satisfaciendo una pretensión de derecho privado, que no es de orden contencioso.

El derecho de información de los socios.

Efectos

Es importante tener en cuenta que las resoluciones dictadas en los expedientes de jurisdicción voluntaria no gozan de la eficacia de cosa juzgada, pudiendo someterse la cuestión al conocimiento de los jueces y Tribunales a través del procedimiento contencioso que corresponda.

Proceso a seguir en una reposición, cancelación o pago de un título de crédito

La persona interesada en la cancelación o reposición presentará su solicitud, cumpliendo los requisitos del art. 637 C. Com. De esta solicitud, el juez debe hacérsela saber a la persona que señale como signatario del título. El actor puede pedir que se ordene la suspensión del cumplimiento de las obligaciones cautelares. El juez puede acceder si el actor otorga garantía suficiente y lo facultara para ejercitar aquellos derechos que podría hacer valer durante el procedimiento de cancelación (art. 639). El juez ordena la publicación de un extracto de la solicitud en el Diario Oficial y en otro de mayor circulación en el país. Transcurridos treinta días de la fecha de la publicación, si no se presentare oposición, se dicta la resolución que resuelve la solicitud (641).lo resuelto por el juez causa ejecutoria 30 días después de la fecha de notificación si el título ya hubiere vencido; y 30 días después de la fecha de vencimiento, si no hubiere vencido aún.

Circunstancias de la cancelación y reposición. (Arts. 643 al 645, 647 al 649 Código de Comercio.)Si la persona de quien se reclama la cancelación (demandados), niega haber suscrito el título, se sobresee el procedimiento, sin perjuicio de su responsabilidad si incurrió en perjuicio. Obtenida la cancelación del título, si los obligados se niegan a pagar, la copia de la sentencia legitima al reclamante para ejercitar sus derechos derivados del título.

Cuando el título está vencido o vence durante el procedimiento, se puede pedir al juez que ordene el depósito del valor del título a disposición del tribunal. Durante el procedimiento, se puede pagar por depósito pro cualquier signatario.

Cuando se decreta la cancelación de un título no vencido, se ordena que los signatarios suscriban el substituto, pudiéndolo traer el juez en caso de rebeldía. El título vence treinta días después del vencimiento del título cancelado.

Un tercero puede oponerse a la cancelación del título, pero debe exhibirlo, lo cual supone que esa oposición se basa en que el título existe y por último, aun cuando el tenedor del título no hubiere manifestado oposición a las diligencias de cancelación, conserva sus derechos contra quien obtuvo la cancelación

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