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Derechos Humanos


Enviado por   •  22 de Octubre de 2012  •  4.601 Palabras (19 Páginas)  •  461 Visitas

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La Liga de las Naciones es un antecedente de la actual Organización de las Naciones Unidas (ONU) y, al igual que ésta, fue creada con la intención de resolver los conflictos entre los países y evitar guerras en el futuro. La nueva liga estableció su sede en Ginebra (Suiza), teniendo como objetivo esencial el mantenimiento de la paz. La liga buscó garantizar la protección de los pequeños países ante las grandes potencias. Se trataba de crear un nuevo orden internacional basado en el principio de la seguridad colectiva. Pero aun con estas buenas intenciones y su participación en la mediación de algunos conflictos, la Liga de las Naciones fracasó, ¿por qué?

Entre los factores que la debilitaron podemos mencionar los siguientes:

La ausencia de algunas potencias mundiales. Estados Unidos de América se negó a entrar en 1920 cuando llegó Warren G. Harding a la presidencia, a pesar de que, como mencionamos, Wilson fue su promotor. A Alemania, en principio, se le negó el ingreso, pero se adhirió a ella en 1926, para salir de nuevo después del ascenso de Hitler al poder en 1933. A la Unión Soviética también se le negó el ingreso, accedió en 1934 y fue de nuevo expulsada en 1939 Japón se marchó en 1933 e Italia en 1936. Además, la liga nunca contó con los medios económicos o militares para imponer sus resoluciones. Los años treinta marcaron su fracaso definitivo. Las agresiones de las potencias fascistas y militaristas mostraron su ineficiencia. El inicio de la Segunda Guerra Mundial significó el fin de la primera organización mundial de naciones. Entre los mismos tratados de paz con los que concluye la Primera Guerra Mundial, se incluye la creación de la Liga de las Naciones o Sociedad de Naciones, quien tuvo en el presidente estadounidense Thomas W. Wilson su gran promotor.

La Segunda Guerra Mundial impulsó a los vencedores a establecer un foro, en primer lugar para debatir algunas consecuencias de la Guerra pero fundamentalmente para impedir que los horribles sucesos que acababan de tener lugar no se repitieran en el futuro.

Los fundadores de las Naciones Unidas reaccionaron frente a los horrores de la Segunda Guerra Mundial haciendo hincapié en los Derechos Humanos a la hora de redactar la Carta. En la Conferencia de San Francisco, en la que la Carta fue aprobada, cuarenta organizaciones no gubernamentales presionaron a los delegados y consiguieron que se prestara considerable atención a los Derechos humanos.

La Carta de las Naciones Unidas se firmó el 26 de Junio de 1945. En ella se establece que el principal objetivo de la nueva organización es "preservar a las generaciones venideras del flagelo de la Guerra" y " reafirmar la fe en los Derechos fundamentales del hombre". El Artículo 1 señala que una de las metas de las Naciones Unidas es alcanzar una cooperación internacional "en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión".

Los Artículos de la Carta tienen el valor de legislación internacional positiva ya que la Carta es un tratado y por lo tanto un documento vinculante. Todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas deben cumplir de buena fe las obligaciones que han contraído a través de la Carta, incluyendo la de fomentar el respeto de los derechos humanos y la de cooperar con las Naciones Unidas y con otras naciones para alcanzar este fin. Sin embargo, la Carta no fija unos determinados derechos ni tampoco maneras de aplicarlos en los Estados Miembros.

En 1946, la ONU estableció la Comisión de Derechos Humanos, el principal órgano normativo en cuanto a Derechos Humanos dentro del sistema de la ONU.

LA LEGISLACION HUMANITARIA

Incluso dentro del marco más permisivo del derecho humanitario, las sanciones del Consejo de Seguridad violan normas legales bien establecidas. Los principios básicos sobre los que se asientan las leyes en tiempo de guerra son los de distinción y proporcionalidad. El principio de distinción propone que las partes beligerantes distingan entre la población civil y la militar en todo momento, y que los ataques sólo vayan dirigidos a objetivos militares. Este es el principio fundamental que rige toda la legislación humanitaria en tiempo de guerra. El derivado principio de proporcionalidad establece que los ataques contra objetivos militares no causen excesivos daños a la población civil. La Convención de Ginebra define la proporcionalidad como el principio por el que se prohíbe «cualquier ataque que pudiera causar pérdida de vidas, heridos, pérdidas materiales (...) de la población civil, que sea excesivo en relación con las ventajas militares que se deriven de la acción militar.

La imposición de sanciones totales que ocasionan el colapso económico total y la muerte de centenares de miles de civiles infringen abiertamente el principio de distinción. Un reciente protocolo a la Convención de Ginebra deja explícitamente fuera de la ley la utilización de medidas que causen el hambre de una población como método de guerra, considerando que «en ningún caso (...) deberán ser tomadas acciones que pudieran causar o conducir a la falta de abastecimiento de alimentos o de agua a la población civil para causar hambre. La cuestión clave que subyace al principio de distinción si las sanciones se dirigen contra el conjunto de la población como método para influenciar al régimen (lo que supondría una clara violación), o directamente al régimen, causando daños colaterales a la población civil.

Incluso tratando de amparase en el argumento de que las sanciones van dirigidas directamente contra el régimen antes que contra la población, el Consejo de Seguridad debe todavía demostrar que no han tenido un impacto desproporcionado sobre los civiles. El principio de proporcionalidad es un criterio subjetivo y maleable, fácilmente susceptible de ser manipulado por las partes beligerantes para justificar las bajas entre la población. Sin embargo, comentarios legales autorizados sobre la legislación en tiempo de guerra aportan líneas de interpretación: «Una remota ventaja [militar] a adquirir en un desconocido momento del futuro no puede ser considerada como argumento frente a pérdidas civiles (...). La ventaja aducida ha de ser sustancial y relativamente inmediata (...). No es aceptable argumentar que se trata de crear las condiciones necesarias para lograr la rendición por medio de ataques que incidentalmente dañan a la población civil.

Los logros alcanzados tras cinco años de sanciones totales, medidos por medio del grado de cumplimiento por parte de Iraq de las resoluciones de alto el fuego,

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