Diferencias Entre La Constitución De 1961 Y La De 1999
1341937 de Enero de 2014
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Diferencias entre la Constitución de 1961 y la de 1999
La Constitución de 1961 estaba dividida en cuatro partes. El preámbulo donde se invoca la protección de Dios y se exalta al Libertador Simón Bolívar y a los "grandes servidores de la patria". La parte dogmática en la cual se establecen como pilares la democracia, la independencia y el carácter de forma federal del Estado venezolano, entre otros; La parte orgánica, que constaba de doce títulos para un total de 252 artículos; y las disposiciones transitorias compuestas por 23 disposiciones.
Sólo se reconocía como idioma oficial el castellano y no de las lenguas indígenas como en la Constitución de 1999. El Estado venezolano se divide en: Estados, el Distrito Federal, Territorios Federales y las Dependencias Federales. Los Estados se dividen en Distritos y estos en Municipios. No existía la doble nacionalidad, por lo tanto el venezolano que obtuviese otra nacionalidad perdía automáticamente la nacionalidad venezolana.
Democracia y derechos humanos
El análisis comparado de las constituciones de 1999 y 1961 en materia de política exterior pone de manifiesto que en la Constitución vigente se ha dado un cambio fundamental en cuanto a las ideas sobre la defensa y promoción de la democracia representativa especialmente hacia la región latinoamericana establecidas como principio fundamental en el Preámbulo de la Constitución venezolana de 1961. Como bien lo ha reconocido la mayoría de los estudiosos y analistas de nuestra política exterior, ese principio fue uno de los principales lineamientos de la política exterior del Estado venezolano durante la denominada etapa de la democracia representativa, entre 1958 y 1998. Ciertamente, durante esas cuatro décadas Venezuela se distinguió en el hemisferio occidental por mantener una actuación internacional dirigida a defender, consolidar y expandir un sistema de pluralismo y libertades, y lograr el ideal de una América Latina democrática e integrada, como lo dejó tan bien establecido Rómulo Betancourt (1969).
Observamos al culminar el presente trabajo, como el texto constitucional, se caracteriza por su franca inclinación a conferirle al dominio del Estado las decisiones más cruciales con relación a la propiedad privada, a las libertades económicas, al arbitrio de los actos relativos al ejercicio del comercio y a la definición de las materias privativas a cada uno de los sectores de la sociedad económica. El Estado se proyecta como insustituible, como imperio, como avasallante representante de los intereses de la sociedad.
La Constitución trata de asegurar a todos los ciudadanos una justicia social, garantizando una existencia digna, siendo este el principio rector que rige el objetivo constitucional de 1961 y del 1999.
Vemos como los principios sociales y los económicos van tomados de la mano en ambas constituciones.
Nos causa frustración al ver como se frustran los propósitos constitucionales que orientan el crecimiento acompañado de la igualdad en la distribución del ingreso y vemos como deslumbra la incapacidad del Estado Democrático para administrar con eficacia los inmensos recursos que percibe. Una burocracia gigantesca, amparada en el credo político que desvirtúa la concepción del gobierno y del Estado.
Observamos que hay grandes similitudes entre los objetivos de una y otra constitución, lo que se logró en La Bolivariana es ser más ordenada y que le ha dado rango constitucional a cuestiones que antes existían en las leyes especiales, tal es el conglomerado de los 10 Artículos laborales que posee La Bolivariana, desde el Artículos 87 al 97.
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