ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

ESCUELAS DEL PENSAMIENTO CONTABLE


Enviado por   •  17 de Febrero de 2016  •  Tareas  •  877 Palabras (4 Páginas)  •  540 Visitas

Página 1 de 4

Materia:

CONTABILIDAD FINACIERA I

Trabajo:

ESCUELAS DEL PENSAMIENTO CONTABLE

Presenta

Tutor:

Colombia, Zipaquirá,                  24 de mayo de 2015


TABLA DE CONTENIDO

                                                                     Página

  1. Introducción…………………………………………………… 3
  2. El Método Veneciano……………………………………..…. 4
  3. Principios básicos de la ética profesional………………….. 4
  4. Ley 43 de 1990…………..…………………………………… 5
  5. Conclusiones…………………………………………………...6
  6. Bibliografía……………………………………………………...7


INTRODUCCION

Cualquier transacción realizada por la entidad siempre genera una causa y un efecto, que modifican la estructura de sus recursos y sus fuentes, registradas mediante cargos y abonos, sin alterar la igualdad numérica de su balance. Por otro lado mediante la ley 43 de 1990 nos dice que  el contador contribuirá con el desarrollo de la contaduría pública atraves de la práctica cotidiana de su profesión, aplicando los principios básicos de la ética profesional.

En este trabajo se pretende demostrar la construcción de los principios que guían la práctica social del contador desde sus valores hasta la aptitud con que se desempeña en sus labores cotidianas.

EL METODO VENECIANO

Los hechos contables del comerciante deben ser registrados “doblemente”. Este método registra las operaciones o transacciones anotando dos partidas contrapuestas, estas partidas son los cargos y abonos que representan los aumentos y disminución del activo, pasivo y capital contable.

PRINCIPIOS BASICOS DE LA ESTICA PROFESIONAL

  1. La conciencia moral, lealtad, justicia son conceptos afines con la integridad, principio que se debe mantener y aplicar con rectitud y honestidad.

  1. La imparcialidad consciente para evitar perjuicios y conflictos que puedan afectar la independencia y el juicio profesional de denomina objetividad.
  1. Independencia: cuando los contadores profesionales en practica publica emprenden un trabajo de presentación de información, deben ser y parecer libres de cualquier interés que se pueda observar, cualquiera que sea su efecto, si esta; si este está siendo incompatible con integridad, objetividad e independencia.
  1. El principio de responsabilidad está comprendido en todas y cada una de las normas de ética y reglas de conducta, pero su inclusión en la ley permite dar a conocer la sanción con la que da confianza a los usuarios de los servicios del contador público, exigiendo así una capacidad calificada, para beneficio de la contaduría pública.
  1. La confidencialidad no es solamente un asunto de revelación de información, también requiere que un contador profesional que está adquiriendo información en el curso del desempeño de los servicios profesionales ni usa ni parece que usa esa información para ventaja personal o para ventaja de una tercera persona.
  1. Observación: el contador público debe dar estricto cumplimiento a toda la normatividad que nace de la ley y de los organismos que rigen la profesión, como lo es la junta central de contadores y consejo técnico de la contaduría, también debe observar las recomendaciones de su cliente siempre y cuando no entren en contradicción con los principios éticos.
  1. En la competencia y actualización profesional: encontramos la capacidad e idoneidad que debe poseer el contador público para que los servicios a los que se comprometa sean realizados en forma eficaz y satisfactoria. Igualmente tiene obligación de actualizar permanentemente sus conocimientos para estar acorde del  progreso técnico y desarrollo social.
  1. Se denomina difusión y colaboración cuando el contador debe contribuir al desarrollo, superación y dignificación de la profesión a nivel institucional como cualquier otro campo al cual tenga acceso.
  1. La sinceridad, la buena fe y la lealtad son condiciones básicas para el ejercicio libre, honesto de la profesión para la convivencia pacífica, amistosa y cordial
  1. El contador público no debe de realizar ningún acto ya sea público o privado que pueda afectar negativamente la buena reputación de la profesión, siempre debe tener en cuenta la función social que cumple, por lo cual la sociedad le demanda una conducta intachable.

LEY 43 DE 1990

¿Qué implicaciones tiene la consideración de este mandato en la práctica social de la contaduría pública en Colombia? ¿Qué obstáculos encuentra, silos hay?

El contador está facultado para dar fe pública de los hechos propios del ámbito de su profesión,  dictaminar sobre estados financieros y realizar las demás actividades relacionadas con la ciencia contable en general, y de acuerdo con las leyes que regulan la  actividad y/o función investida, sobre los hechos que conozcan y puedan dar cuenta, por haber ocurrido en su presencia o haber participado en su ejecución y desarrollo. Todo esto sin dejar de lado su ética profesional ratificándolo con su firma

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (6.3 Kb)   pdf (134.8 Kb)   docx (14.9 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com