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El Estado colonial y su relación con la cultura Jurídica


Enviado por   •  11 de Febrero de 2018  •  Ensayos  •  1.272 Palabras (6 Páginas)  •  128 Visitas

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El Estado colonial y su relación con la cultura Jurídica

Por: Juan Felipe Henao Molano- A00345970

En el siguiente texto se tendrá como objetivo explicar los conceptos de Real audiencia y cultura jurídica, con base en la pregunta ¿por qué es necesario analizar dichos procesos desde la cultura jurídica?, cabe destacar que los procesos a los que me refiero, son el cambio vivido en el Estado colonial en Hispanoamérica. Asimismo, es importante destacar textos que de una u otra manera relatan la historia vivida durante estos procesos de colonia, sería inimaginable o imposible para mí, no contar con escritos como Tradición jurídica romano- canónica, fuentes documentales para la historia del nuevo reino de granada y las reformas toledanas. Para continuar, es relevante contextualizar este escrito al siglo XVI, un siglo que representó según Bonnett un déficit altísimo a la corona española y que obviamente en esto es notable la cultura jurídica. En este orden de ideas, las fuentes documentales para la historia del nuevo reino de granada y las reformas toledanas me llevan a contextualizar lo escrito por John Henry Merryman[1], y de paso agregar el responder a esa pregunta que lleva a mucho pero que será enfocada en los textos mencionados anteriormente. El desarrollo constará de dos ramificaciones, una del lado de la Real Audiencia y otro por la cultura Jurídica

Nota: Merryman en su texto demuestra la cultura jurídica y la explicación del término definiéndolo, así como tradición legal y diferenciándolo del sistema Legal. Por último, y no por eso menos importante, lo relacionado con las ‘fuentes documentales para la historia del nuevo reino de Granada’ y en ella se establecerá como la Real Audiencia del Nuevo Reino de Granada produjo un cambio esencial, por la ambigüedad vivida ante las desavenencias de los gobernadores-conquistadores.

  1. El Rol de la Real Audiencia

Del mismo modo, es necesario darles significado a unos conceptos indispensables en todo el texto el primero de ellos es la Real Audiencia ¿qué es? La Real Audiencia en significado denotativo fue un órgano judicial creado en 1371, por la corona de Castilla[2]. Por otro lado, está el término Cédulas reales que son las ordenanzas dadas por el rey, de las cuales gozó demasiado el rey Felipe II. Siguiendo el tema, el rol de la Real Audiencia, para la Nueva Granada, representó un cambio en la organización política y administrativa de las tierras que hoy son Colombia, esto se creó gracias al desorden que se vivía en la repartición de las tierras y también a la descentralización que era el resultado de la lejanía de España y el virreinato; las capitulaciones[3] por su parte producían cierto desequilibrio en la extensión del dominio de territorios por parte de gobernadores, conllevando a diferencias entre estos gobernadores. En este orden de ideas, fue necesaria la aparición de audiencias como respuesta al desorden que tenían que personificar el órgano judicial y administrativo, es así como nace la Real Audiencia de Santafé, en los años de 1549 y 1550, y que será extendida a pesar de que en Santa Marta, Cartagena y Popayán el régimen del gobernador posea mucho poder[4]. Además, la Real Audiencia se manifestaba como una máxima instancia judicial y administrativa del distrito, que tiene como función enviar visitadores e instaurar juicios de residencia contra gobernadores y autoridades locales. Para la Nueva Granada la Real Audiencia representó la transformación que se basó en el lema ‘colonizador’ y no en el ‘conquistador’ aventurero y desleal.

Además, las cédulas reales eran reinterpretadas a favor de los gobernadores, conllevando así a una gran corrupción como lo sucedido en la Nueva Granada, pero para hablar de este hecho debemos definir primero qué es una cédula real. Las cédulas reales según la autora Diana Bonnet era una ordenanza expedida por el Rey de España, que en este caso era Felipe II, donde se pretendía también disminuir el poder de los oidores, que según la misma autora Toledo, virreinato del Perú, no toleraba tal supremacía e impuso la recuperación del poder judicial del virrey en los asuntos de la audiencia. La jerarquía eclesiástica, oficiales reales y audiencias ostentaban el poder lo que provocaba la recuperación por parte de Toledo. Ahora bien, estas cédulas reales tuvieron gran importancia, como lo es el caso donde impidieron la intervención de la Real Audiencia en los cabildos, u otro caso es el de que “las cédulas ordenaban a los encomenderos viviesen en la provincia donde tenían en sus encomiendas, bajo pena de perderlas si no lo hicieran” (granada, 1533-1550).

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