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El origen de Roma presenta la problemática acerca de su origen según se hable de la verdad histórica contrapuesta


Enviado por   •  12 de Abril de 2018  •  Tareas  •  9.432 Palabras (38 Páginas)  •  159 Visitas

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  1. El origen de Roma presenta la problemática acerca de su origen según se hable de la verdad histórica contrapuesta a la leyenda. Según la tradición romana la fundación de Roma se remonta a mediados del siglo VIII (753 a.C.) ligada a la leyenda de los gemelos Rómulo y Remo. Sin embargo el nacimiento de urbano de Roma no pudo ser anterior a finales del siglo VII a.C. (575 a.C.) cuando se dio la desecación y pavimentación del Foro que permitió la construcción de la ciudad. En tal caso habría que admitir la existencia de una comunidad política “romana” en una fase preurbana, lo que plantea serios problemas de interpretación histórica tanto a los partidarios de la “Tesis sinecista” como los defensores de la “Tesis unitaria”.

  1. La Liga del Septimontium tenía lugar en la fase protourbana cuando un grupo de comunidades independientes, unidas ocasionalmente por razones religiosas, agrupaba a los habitantes de los 8 montes (y no 7 colinas) en torno a un culto anual celebrado probablemente en el Palatino. Según partidarios de la tesis sinecista el Septimontium es el precedente de la posterior agrupación de aldeas que daría origen a la nueva ciudad. Para los partidarios de la tesis monocéntrica, el razonable protagonismo del Palatino en esta Liga temprana es la prueba de que Roma se configuró exclusivamente a partir de este núcleo originario.

  1. A los etruscos se les adjudica las obras de desecación y pavimentación previas al asentamiento. Así como también al etrusco Tarquinio Prisco el inicio del proceso de urbanización como la construcción de la Regia, el tempo de Vesta y el levantamiento de la Curia Hostilia.
  1. Se dice que los etruscos convirtieron a Roma en cuidad ya que realizaron un gran proceso de urbanización y desde este momento el área urbana queda plenamente configurada. Los lugares reservados al culto se separan claramente de los dedicados a las actividades propias de las civitas; el área del Foro constituye un foco atracción para los núcleos habitados circundantes (vici) que poco a poco abandonan las colinas y se suman a la población de la llanura. En un primer momento los pagi (o territorio dominado por los vici) más próximos quedaron absorbidos dentro del área urbana; otros, más alejados, serian dominados e integrados después para constituir el ager romanus antiquus o territorio controlado por el incipiente populus. La tradición asignaba a Tulo Hostilio la conquista y destrucción de Alba, pero sin duda Tarquinio Prisco llevo a cabo una intensa política exterior dominando el territorio próximo a Roma hasta controlar aproximadamente un tercio del Lacio.
  1. Ya que seguramente Rómulo no existió la fundación de la ciudad pudo ser realizada por alguno de sus sucesores manifestándose en este primer periodo la idea de la realeza. Los reyes se suceden sin que exista un aparente vínculo familiar entre ellos; más bien parece que el relevo regio se corresponde con el prestigio alternativo de determinadas familias aristocráticas. Esto muestra un control del poder monárquico por parte del grupo social privilegiado con capacidad de poner y deponer a sus reyes, lo que no encaja bien en la idea antigua de monarquía.
  1. Dejando de lado el caso de Rómulo, plenamente legendario, los restantes reinados de este primer periodo cuentan con el apoyo documental y arqueológico necesario para que puedan ser considerados históricos. Si se admite la cronología tradicional (desde el 753 al 616) durante 13 años solo habrían reinado 4 reyes a una media de unos 35 años por reinado, lo que es improbable, sobre todo si se tiene en cuenta que los reyes ejercía un poder otorgado por el grupo dirigente o el pueblo. Las figuras de Numa y Anco son más históricas que la de Tulo, cuyo relato de la conquista y destrucción de Alba es consagrado por Livio a engrandecer el valor mostrado por la familia de los Horatii.                                                                                        En cuanto a Numa, hoy se le considera responsable de la primera constitución romana, oculta en clave religiosa en su conocida “reforma sacerdotal”.                                  Por lo que se refiere a Anco, se pone en duda su figura de conquistador de algunos enclaves estratégicos del Lacio que serian luego controlados por su sucesor Tarquinio Prisco. Pero en cuanto que la figura de este último rey es ya plenamente histórica, la de Anco y sus descendientes cobra mayor verosimilitud.  Tarquinio Prisco, de origen etrusco, se había integrado ya en la nobleza romana y fue elegido rey por la aristocracia dominante y confirmado por el pueblo.
  1. La sociedad se integraba con una clase alta o nobleza, que estaba constituida por los patricios, que detentaban todos los privilegios; y una clase baja, la plebe, compuesta por los extranjeros y vecinos, que carecían de derechos y no tenían ninguna participación en el gobierno. Los plebeyos podían incorporarse a una familia de patricios, en calidad de protegidos o clientes, con lo cual lograban mayor seguridad. Patricios y clientes reunidos, formaban lo que se llamaba la gens. Además se encontraban los esclavos, que eran los prisioneros de guerra y los plebeyos deudores, a los cuales no se los consideraba como personas sino como cosas. Los que lograban su liberación mediante un pago, se convertían en clientes.                                    Dentro de la organización social, la familia ocupaba un lugar sobresaliente y constituía la institución más sólida del estado. Estaba integrada por todos los que rendían culto al mismo antepasado, es decir, no sólo, el padre, la madre y los hijos, sino también los clientes y los esclavos. El matrimonio tenía carácter religioso y era indisoluble, lo que aseguraba la solidez de la sociedad romana. Con la corrupción de las costumbres durante la republica se introdujo el divorcio, que contribuyó a la decadencia y la disolución de la sociedad.
  1. La gens es la institución social básica de Roma arcaica, en torno a la cual se configura la sociedad romana y el propio Estado.
  1. – Sería evolución ya que si bien durante la Monarquía existían los órganos esenciales de la civitas, fue a comienzos de la Republica cuando todos estos elementos y otros nuevos se sistematizan para dar lugar a una organización política y social diferente de la republicana. Es por esto que es considerado un proceso histórico de mayor duración y complejidad de las que habitualmente se le atribuyen.

- Bravo sostiene que si algunas magistraturas existían ya en la época monárquica, el cambio de régimen político debió producirse mediante el interregnum, situación institucional que devolvía el poder a los senadores patricios, por lo que parece razonable suponer que la republica fuera una creación patricia, o mejor dicho, una reacción aristocrática contra la orientación populista del tirano Tarquinio el Soberbio.

  1. Hoy se considera que la fecha tradicional del 509 no es más que un terminus post quem indicativo a partir del cual se han buscado otras referencias cronológicas más significativas: 508, 504, 494, 485, 471. 450. No obstante Polibio afirma que en 509 se concertó el primer trato de Roma-Cartago, que, de haber existido realmente habría de entenderse como reconocimiento del nuevo régimen político romano por parte de los púnicos, además, si en 509 ocurrió la expansión de Tarquinio (el rey tirano) de Roma, hecho y fecha guardan una sospechosa coincidencia con la expulsión del tirano Hipias de Atenas un año antes, por lo que podría tratarse de una simple asociación de la anilística tardo republicana, fuertemente influida por la tradición griega. Más significativa resulta, en cambio, la fecha del 504 cuando, el hijo de Porsenna de Clusium, defendió los intereses romanos y etruscos frente a las ciudades de la Liga Latina concentradas en Aricia, con la intervención de Aristodemo de Cuma. Por tanto, esta fecha seria clave en la reorganización del mapa político de la Italia central. En el 494 si se acepta, la tradición sobre la primera secessio plebeya al Monte Sacro en la que se habría instituido el tribunado de la plebe, se produciría una nueva situación política. No obstante, la creación de esta magistratura suele adscribirse a la Lex Publilia del 471, que permitió la elección de tribunos con sus atribuciones características. Más relevante en términos políticos resulta la reacción practica del 485 por la que los plebeyos parecen haber sido excluidos de las magistraturas supremas. Finalmente la fecha del 450 aunque rica en acontecimientos significativos goza aun de menos aceptación, dado que se trata de la fecha más tardía y que el cambio de relaciones de Roma con los pueblos de su entorno geográfico o cultural no tiene que entenderse necesariamente como producto de la implantación de una hipotético cambio de régimen político.

  1.  Se propone una nueva cronología del periodo monárquico y en consecuencia, del  comienzo del régimen republicano a partir de interpretaciones de fuentes arqueológicas que permiten observar una ruptura tipológica en la estratigrafía con una drástica disminución de las importaciones de cerámica ática a partir de este momento, lo que podría asociarse a sí mismo a un cambio político: el inicio de la República. Según Bravo estas hipótesis sobre el surgimiento de la República gozan de escasa aceptación y han sido muy criticadas dado que dicha “disminución” se observa tanto en Roma como en el Lacio y podría explicarse por el simple incremento de la producción cerámica local sin necesidad de recurrir a artificiosas reconstrucciones históricas que liguen la nueva realidad económica a un cambio de régimen político.

  1.  Aunque la tradición romana el conflicto enfrenta dos grupos claramente definidos (patres et plebes) por razones de privilegio, en la actualidad se considera que estos no eran en absoluto homogéneo y, en consecuencia, sin la cohesión necesaria para defender o reivindicar sus respectivos derechos. El grupo patricio era liderado todavía por los miembros de la aristocracia gentilicias, entre las que se destaca la gens fabia, que parece haber sido la responsable de la setrata del patriciado, esto es, el cierre de las magistraturas a los plebeyos. Estos, por su parte, ya se habían organizado como un grupo político que amenazaba con la sedición militar (secessio) si no se atendían sus reivindicaciones. En tales circunstancias los patricios se verían obligados a movilizar a sus propios clientes para defender al Estado. Entre tanto, los plebeyos elegían a sus propios magistrados en asambleas de la plebe (concilia) paralelas a los comitia. Mientras que las decisiones de las primeras afectaban solo a los plebeyos (plebiscitas), las tomadas en estos obligaban a todos (leges), por lo que se configuro una especie de estado paralelo que evolucionaba dentro del propio Estado. Pero ello no significa, como se ha supuesto a menudo, que existieran dos constituciones diferentes: una, la patricia, oficial; otra, la plebeya, popular.
  1. - El cambio de un estado asentado sobre el monopolio del grupo patricio a otro en el que la participación plebeya era posible o exigida según los casos por vía constitucional, configurándose así un estado patricio plebeyo fue posible gracias a la primera lex agraria romana, la ley ilicia de 456 que permitía poner en práctica las medidas adoptadas por Spurio Cassio, 30 años antes para que las tierras del Aventino fueran repartidas entre los plebeyos; de ser cierta, la primera secessio al Monte Sacro en 494, unos diez años antes de que los patricios decidieran excluir a los plebeyos de las magistraturas, tendría este primordial objetivo.

- Las reivindicaciones plebeyas se canalizaron en dos vías diferentes: una particular, restringida a la elite plebeya que aspiraba a desempeñar la máxima magistratura “consular” en igualdad de condiciones con los patricios, otra, general, que afectaba a la masa plebeya, deseosa de mayor protagonismo político en las asambleas de ciudadanos. Resulta significativo que el primero de estos objetivos, en apariencia menos visible, se consiguiera mucho antes que el segundo. Una de las clausulas incluidas en las Leges Valeriae-Horaclae de 367 reponía la magistratura consular interrumpida desde el 444 a favor de los tribuni militum consulari potestate y estipulaba que uno de los cónsules debía ser plebeyo aunque en teoría los plebeyos podían aspirar a estos puestos, en la práctica tenía muy pocas posibilidades de alcanzarlos; de hecho, hasta el 400 no se conoce ningún tribunus militum de este origen y su presencia en el tribunado consular fue poco importante en los años siguientes.

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