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Ensayo De Los Articulos Reformados En La Constitucion, Articulos 3 27 Y 123


Enviado por   •  5 de Mayo de 2013  •  1.286 Palabras (6 Páginas)  •  772 Visitas

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ARTICULO 3 TODO INDIVIDUO TIENE DERECHO A RECIBIR EDUCACION. EL ESTADO –FEDERACION, ESTADOS, DISTRITO FEDERAL Y MUNICIPIOS–, IMPARTIRA EDUCACION PREESCOLAR, PRIMARIA, SECUNDARIA Y MEDIA SUPERIOR. LA EDUCACION PREESCOLAR, PRIMARIA Y SECUNDARIA CONFORMAN LA EDUCACION BASICA; ESTA Y LA MEDIA SUPERIOR SERAN OBLIGATORIAS.

El Congreso Constituyente junto con Venustiano Carranza después de la gran Revolución Mexicana, se presentaron los temas de discusión, las reformas a la constitución de 1857 pero sorpresa que tuvieron al ver que no existía un proyecto o un establecimiento en la Constitución donde hablara de las garantías concretas de los trabajadores y sobre la educación; donde este segundo en ese entonces mantenía el régimen porfirista donde supuestamente se había deslindado el clero sobre el estado pero en el régimen porfirista este le había otorgado al clero concesiones sobre la materia educativa.

Después de haber notado esto, la reacción del Congreso fue espontanea, plasmar de manera impresa y jurídica la enseñanza fuera dela influencia religiosa, donde esta enseñanza será libre gratuita y será impartida por el estado donde la igualdad y la libertad serian valores primordiales.

Después de haberse plasmado este articulo donde mencionaba que el Estado iba a impartir la enseñanza pública tenían el problema de ¿cómo lo iban a partir? Entonces junto con el principal actor de este proyecto José Vasconcelos y varios científicos y pensadores crearon la Secretaria de Educación Publica donde este organismo estaría encargado de la cobertura, impartición, regularización y formación de la educación pública en México. Con eso podemos decir que son las bases del artículo, por qué se quería hacer ese artículo pero también ha pasado el tiempo y la sociedad cambia y se han establecido exactamente 9 reformas, entre esas esta de dar a la educación el carácter socialista (1934), revocación tal calificación y dieron su sentido democrático-liberal (1946), constitucionalizarían la autonomía universitaria (1980) fortalecimiento a la educación privada (1992), establecieron la concurrencia educativa a nuestro sistema federal (1993), incrementaron los grados de la educación obligatoria (1993,2002,2012), ampliaron los valores y objetivos educativos(2011) y la introducción a la garantía educativa con una evaluación nacional (2013)

Entonces podemos mencionar que la idea o sueño de ese Congreso de 1917 se está dando poco a poco con el paso de los años donde el tener una educación impartida para todos y por el Estado se está dando, claro no es su gran magnitud y en cada sentido estricto de la palabra pero se está logrando con la formación o creación de reformas y nuevos proyectos enfocados hacia la educación.

ARTICULO 27. LA PROPIEDAD DE LAS TIERRAS Y AGUAS COMPRENDIDAS DENTRO DE LOS LÍMITES DEL TERRITORIO NACIONAL, CORRESPONDE ORIGINARIAMENTE A LA NACION, LA CUAL HA TENIDO Y TIENE EL DERECHO DE TRANSMITIR EL DOMINIO DE ELLAS A LOS PARTICULARES, CONSTITUYENDO LA PROPIEDAD PRIVADA.

Al momento de que Carranza diera pie a la propuesta de la Ley Agraria lo vio principalmente como un mecanismo de defensa para eliminar el pensamiento de rechazo hacia el por ciertos actores sociales revolucionarios donde en esta ley lo principal seria propiciar un elemento importante para el apoyo de los campesinos. Dichos actores sociales revolucionarios están en duda sobre las promesas de Carranza y esto se veía por los despojos que tuvieron a población agrícola como la iniquidad en los litigios por las tierras, en contra de los pueblos y comunidades por lo cual habían quedado sin sus propiedades sumiendo a los campesinos a la miseria, abyección y esclavitud. Se concluía que era necesario devolver a los pueblos despojados sus terrenos para poder así asegurar la paz y promover el bienestar.

Se exhibían 2 grandes puntos en este artículo

• Los núcleos de población que carezcan de tierras y aguas o no las tengan en cantidad suficiente para las necesidades de su población, tendrán derecho a que se les dote de ellas

• Las asociaciones religiosas no podrán en ningún caso tener capacidad de adquirir, poseer o administrar bienes,

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