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Etica Profesional Y Derecho


Enviado por   •  4 de Noviembre de 2013  •  2.045 Palabras (9 Páginas)  •  415 Visitas

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“ÉTICA PROFESIONAL Y DERECHO”

¿Por qué se vincula la ética profesional en el campo del derecho?

Esta relación entre ética y derecho, así como el tránsito correspondiente, tiene por denominador común la admisión de un deber ser normativo frente al ser fáctico. Ese carácter es el que permite el tránsito a que nos referimos, así como la homogeneidad en los dos sistemas, el ético y el jurídico.

Los mandatos de la conducta, como todo acto, tienen origen en la interioridad del espíritu, siendo fundamentalmente de naturaleza individual, y tienden a proyectarse en todos los seres humanos.

La violación de una norma ética tiene una consecuencia básica individual, que consiste en el arrepentimiento de haber cometido una falta a la convicción que uno mismo habría aceptado; naturalmente, cuando no existe la conciencia de haber cometido la falta tampoco se produce ningún arrepentimiento.

Es importante resaltar que los profesionistas del derecho afrontamos situaciones difíciles no solo con relación a nuestro trabajo, sino también en la vida cotidiana con las personas que nos rodean, ante lo que es indispensable, tener en cuenta que no todo lo que uno realiza cotidianamente es correcto ante la sociedad, por lo que un profesional tiene que tener la capacidad moral e intelectual para poder diferenciar lo correcto e incorrecto de su profesión.

Ahora bien hablar de la relación entre la ética y el derecho, no parece imposible confundir las normas éticas con las normas jurídicas, sin embargo a pesar de la unificación que se ha querido hacer, ambas guardan características que le son propias, cada una de ellas con un estilo peculiar de mandar.

La ética profesional es esa ética aplicada, no normativa y no exigible, que propone motivaciones en la actuación profesional, que se basa en la conciencia individual y que busca el bien en los individuos en el trabajo. La ética es por lo tanto, el horizonte, la configurada del sentido y la motivación de la deontología.

Cuando hablamos de deontología, irremediablemente, hemos realizado alusión a la ética y, en especial, a la ética profesional. Esta relación resulta sumamente estrecha, donde la deontología cuenta como punto de referencia y motivo de la regulación, la ética profesional. La primera no subsiste sin l segunda no cuenta con sentido práctico de regulación y cumplimiento obligatorio.

En el campo de la deontología profesional su tendencia es la creación de regulaciones consensuadas de carácter moral ético que se recogen en normativas internas para las diferentes profesiones, incluida la abogacía, donde estas disposiciones resultan de aplicación universal a todos los agremiados y de cumplimiento obligatorio.

¿Por qué se vincula la moral, la ética profesional en el campo de derecho?

La acción moral puede ser vista como una conducta obligada y como un acto de deber, en donde el agente o sujeto moral se encuentra obligado a comportarse, sea en forma positiva o negativa, con relación a una norma, regla o principio de acción.

La acción moral requiere grados de libertad tanto en la elección y acción del individuo donde el sujeto reconoce dicha obligatoriedad como razonada, argumentada y justificada.

La obligatoriedad moral se da en forma libre y consciente y el elemento individual no puede olvidarse o dejarse de lado, por el hecho de que es el individuo quien reconoce como suya, ha internalizado, la regla o el principio moral y usará su libertad para decidir si la cumple o no.

También e importante mencionar la conciencia moral, este tiene dos sentidos para ser usado. Uno que es en general y que significa el conocimiento o reconocimiento de algo, y el tener conciencia o ser consiente es la comprensión de algo que está por suceder o sucedió.

La conciencia moral adquiere un rango de juez interno en que ningún acto moral puede evitar su juicio y de poder hacerlo no podríamos considerarlo una acción moral. La conciencia moral es el resultado del desarrollo histórico y social del ser humano, puesto que los grupos o comunidades no pueden existir sin una moral.

La deontología jurídica comprende las reglas del deber, y como tal, tiene la misión de regular el proceder correcto y apropiado del abogado en su ejercicio profesional. Esta función la realiza desde el ámbito de los llamados códigos deontológicos que regulan toda la actividad de la abogacía, los que, a su vez, se nutren, indiscutiblemente, de la moral la ética.

La deontología no es más que la ética profesional aplicada, donde sus contenidos normativos son de acatamiento obligatorio para todos los abogados a los cuales se dirigen. Existen muchos principios rectores de la deontología profesional, entre los más importantes encontramos la justicia, la independencia profesional, la ciencia y la conciencia, así como la probidad profesional.

Estos contenidos brindan contenido y vigencia práctica a la deontología jurídica, desde su eminente carácter preventivo, el cual algunas veces se muestra vulnerado por actuaciones indebidas de los abogados y surge, irremediablemente, la posibilidad extrema de imponer sanciones disciplinarias a éstos.

Hoy en día en el mundo la atención se dirige al cumplimiento de reglas de ética en el comportamiento humano en todos los ámbitos. Constantemente podemos apreciar el surgimiento de leyes y reglamentos acerca del proceder conforme reglas de ética, pues el temor directo e inmediato a la corrupción intimida y obliga a tomar acciones en este campo.

Sus consecuencias se encuentran en todos los medios, desde la noticia que informa actos de corrupción en el orden político, hasta aquel acontecimiento contra la ética que tiene vinculación con el mundo económico, el acontecer social, y sin lugar a dudas, el mismo deporte.

Cuando se habla de una conducta ética, identificada dentro del ámbito jurídico, resulta no sólo exigencia de aquellos profesionales en el derecho que se conducen dentro de la administración pública sino también, y en forma racional, a los profesionales que ejercen liberalmente el derecho.

Por último el profesional del derecho se debe a sí mismo y a su misión de auxiliar de la justicia otorgada por la ley, una conducta íntegra y ceñida a los parámetros de lo moral, de la equidad , desprendimiento de sus propios intereses con tal de favorecer plenamente aquellos del cliente que son siempre el motivo de su labor.

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