FORMAS DE ESTADO
ELIRODRIGUEZ8 de Marzo de 2012
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Formas de Estado
Independientemente de la forma de organización política de los estados, estos pueden ser clasificados de acuerdo a su estructura interna, en relación al territorio, poder y población.
[editar] Estado unitario
Un Estado Unitario es aquel en donde existe un solo centro de poder político que extiende su accionar a lo largo de todo el territorio del respectivo Estado, mediante sus agentes y autoridades locales, delegadas de ese mismo poder central. Además cuenta con un solo poder legislativo que legisla para todo el país; un poder judicial, que aplica el derecho vigente a todo el territorio del Estado y que en su seno se establece una Corte Suprema de Justicia, la cual tiene jurisdicción a nivel nacional, un solo poder ejecutivo que esta conformado por todos los gobernantes (presidente, gobernadores, alcaldes...); y además cuenta con una sola constitución política que rige en todo el territorio y a la cual se hallan sometidas todas las autoridades y habitantes del Estado. En otras palabras en el Estado unitario se da la cuádruple unidad: unidad de ordenamiento jurídico (derecho), unidad de autoridades gubernativas, unidad de gobernados o destinatarios del ordenamiento jurídico y de las decisiones políticas y unidad de territorio.
[editar] Estados unitarios puros
Los estados unitarios puros conforman una sola entidad con un gobierno estatal único, sin ninguna división administrativa. Los únicos estados unitarios puros son Mónaco y el Vaticano.
[editar] Estados unitarios o centralizados
Estados unitarios.
El estado unitario regionalizado o estado centralizado es un estado dividido en diversas zonas o regiones político-administrativas que no son autónomas en sus regímenes internos. Los gobernantes de las regiones son designados directamente por el gobierno central. Los siguientes estados son estados centralizados:
* Ecuador (7 regiones, 23 provincias, 221 cantones, 804 juntas parroquiales, 2 Distritos Metropolitanos, y el Regímen Especial de Galápagos).
* Perú (24 regiones, una provincia constitucional, considerada región, y un distrito metropolitano, Lima, dependientes del gobierno central).
* Chile (dividido en 15 regiones con limitada autonomía)
* Filipinas (79 provincias agrupadas en 17 regiones, sólo una tiene estatus de “autonomía").
* Francia (debido al reciente aumento de la autonomía legal de las regiones; es decir la existencia de asambleas locales. Francia a menudo es clasificada como un estado regional
* Italia (debido a la existencia de cinco regiones autónomas, Italia tiene una clasificación dual entre estado centralizado y estado regional)
* Nueva Zelanda (dividida en 12 regiones y 4 autoridades unitarias)
* Países Bajos (con una clasificación dual como estado regional y estado federado con las Antillas Neerlandeses y Aruba)
* República Popular de China (dividida en 22 provincias y 5 regiones autónomas de iure, 2 municipalidades, y 2 regiones especiales)
* Serbia (aunque se ha otorgado un elevado grado de autonomía a Kosovo)
* República Dominicana (dividido en 32 provincias y un distrito nacional, Santo Domingo)
* Colombia (dividida en 32 departamentos y 1 distrito capital).
[editar] Estados regionales
Artículo principal: Estado regional
Los estados regionales o descentralizados son estados con un pasado centralista, pero que progresivamente han otorgado mayor autonomía a las diversas regiones que los conforman. El grado de autonomía varia dependiendo del estado, y si el grado de autonomía es bastante elevado los estados regionales suelen ser considerados "federaciones de facto". En este caso la única diferencia entre el estado federal
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