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Formas De Estado


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2012  •  5.384 Palabras (22 Páginas)  •  746 Visitas

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FORMAS DE ESTADO

I. Concepto

El concepto de “formas de Estado” tiene una extensión de significado muy amplia, lo que confiere al vocablo gran libertad de interpretación. Este concepto es utilizado por algunos especialistas en Derecho Político para diferenciar la distribución espacial de la actividad estatal de la distribución de tal actividad entre los órganos que componen el Estado o “forma de gobierno”. Este significado de “formas de Estado” refiere al grado de descentralización –y consiguiente centralización– con base territorial, existente en un Estado. Así, se distingue: Estado Unitario, Estado Federal y Estado Confederado. Otros autores usan el concepto de “formas de Estado” en su acepción de “formas de gobierno”, vg.: Estado Democrático, Estado Totalitario; Estado Republicano, Estado Monárquico. Un tercer significado de “formas de Estado” hace referencia a los derechos del individuo vis a vis el Estado y al papel que el Estado desempeña en la gestión del orden social, en particular, del orden económico. Desde este enfoque se distinguen: el Estado Liberal, el Estado Social y el Estado de Bienes

tar.

En la teoría política contemporánea predominante en los países de tradición democrático-liberal, las definiciones de “formas de estado”tienden a abarcar un elenco de elementos que son indispensables para configurar un orden jurídico-político, característico respecto de otros. Esta especificidad hace referencia a una determinada forma histórica de organización del poder. La perspectiva que se deriva de este enfoque es, por consiguiente, y en primerísimo lugar, histórico-constitucional. El concepto de “forma”connota el concepto de Constitución en su doble significado de “dar forma” a un orden político y de fijar los límites de la acción del Estado. Bobbio señala el error de oponer el concepto de “forma” al de “sustancia” o “contenido” –una distinción relativa– y, en consecuencia, subraya la necesidad de no considerar al ordenamiento jurídico-político como puramente “formal”. Se trata de “formas”, argumenta Bobbio, que garantizan ciertos contenidos, cierto tipo de acción estatal.1

Si la reducción del concepto de “formas de Estado” a sus referencias jurídicas agota el aspecto semántico y sirve para describir gran parte de su historia, no basta para delinear las transformaciones profundas, económicas, sociales y culturales a las que cada forma histórica del Estado corresponde. Abordaremos los conceptos de Estado Liberal, construido en el siglo XIX; Estado Social, edificado en la primera mitad del siglo XX, y Estado de Bienestar, surgido durante las tres décadas de pensamiento keynesiano que siguieron a la Segunda Guerra Mundial, como tres variantes del Estado de Derecho o Estado Constitucional. En esta clasificación, el peso relativo de tres elementos –Poder, Derecho y Sociedad– permite una mejor comprensión a nivel histórico y por lo tanto categorial, de las mutaciones ocurridas en la relación entre el Estado y la sociedad civil.

En la tradición del liberalismo, el concepto de “formas de Estado” hace referencia al cómo o método de formación de las normas. En la tradición marxista, la noción de “formas de Estado” connota el concepto de “superestructuras” con el que se designa una determinada concepción del papel y la posición relativa de las esferas de que está compuesto el mundo social. Desde el enfoque del marxismo, la formas de Estado denotan modos de organización jurídico-política del dominio de clase, correspondientes a distintas etapas de una economía capitalista. Desde el enfoque del liberalismo, las formas de Estado establecen límites y controles al poder político.

II. Tipología

Según el criterio del peso relativo de los componentes Poder, Derecho y Sociedad en la configuración de un orden jurídico político, se distingue:

A. El Estado Liberal

El Estado Liberal o Estado de Derecho hace referencia a un conjunto de elementos que configuran un orden jurídico-político en el cual, con el fin de garantizar los derechos de los ciudadanos, se somete la actuación de los poderes públicos y de los ciudadanos a la Constitución y a la ley; se dividen las funciones del Estado y se las encomienda a poderes separados, y por último, se reconocen expresamente unos derechos y libertades de los ciudadanos con plenas garantías jurídicas.

El Estado Liberal nació como reacción al poder absoluto del príncipe, para dar respuesta al interrogante quis custodiet custodes? El concepto jurídico-político que sirve como antecedente inmediato del Estado Liberal es el de Estado Patrimonial o Estado del Poder Absoluto que se consolida durante la Edad Moderna en Europa Occidental (la sustantivación “absolutismo” aparece recién en el siglo XVIII como consecuencia de la evolución del constitucionalismo). El Estado Absolutista es una forma de Estado en la que el detentador del poder lo ejerce sin dependencia o control por parte de otras instancias, superiores o inferiores. Ello no significa que no tenga límites –la voluntad del monarca no es ilimitada y esto diferencia a esta forma de Estado de la tiranía como régimen político y del despotismo césaro-papista.

La preocupación mayor del constitucionalismo liberal, surgido a caballo entre los siglos XVII y XVIII, fue limitar la arbitrariedad de ese poder y someterlo al Derecho. El Estado Liberal es un Estado Constitucional en el sentido garantista del término, protector de los ciudadanos frente a los abusos del poder. Ese fue el objetivo de los padres fundadores del liberalismo, desde Locke a Madison y Hamilton, autores de los Federalist Papers y desde Montesquieu a Benjamín Constant. Las ideas de Derecho y Estado están estrechamente ligadas y sintetizan el proceso de estatalización del Derecho y juridificación del Estado que acompaña la formación del Estado moderno.

La noción de libertad, entendida como libertad individual respecto del Estado, encuentra su punto de partida en el célebre discurso de Benjamín Constant sobre “La Libertad de los antiguos comparada con la de los modernos”. Se trata de la libertad de la que son manifestaciones concretas las libertades civiles y la libertad política (no necesariamente extendida a todos los ciudadanos). Los súbditos se transforman en ciudadanos provistos de derechos y de voz en una organización

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