Historia De Constitución Haitiana
adhony12 de Febrero de 2015
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ÍNDICE
INTRODUCCIÓN 1
LA CONSTITUCIÓN HAITIANA DE 1816 3
Los Derechos del Hombre 4
Forma de Gobierno 4
Las Fuerzas Armadas 5
Presidente de la Administración Pública 5
El Poder Judicial 6
Los Jueces de Paz 7
Los tribunales Civiles 7
El Tribunal de Casación 8
Del Ministerio Público 8
Los Abogados 9
Los Notarios 9
Modificaciones de 1826 10
La Legislación haitiana-Los Códigos 11
El Régimen Municipal 12
Finanza e Impuestos 12
Promulgación de los Códigos Haitianos 13
Adquisición de la Ciudadanía Haitiana 14
El Matrimonio 15
El Derecho Comercial 15
Derecho Penal 16
Propiedades de la Tierra 16
La Clase Militar 17
Fin del período haitiano y la Reforma 18
CONCLUSION 19
BIBLIOGRAFIA 21
INTRODUCCIÓN
Alexandre Pétion militar y político haitiano. Luchó contra Toussaint Louverture y Jean Jacques Dessalines, pero en 1802 se pasó al bando insurrecto. Nombrado Primer Presidente de la República en 1807, en 1816 obtuvo el cargo a perpetuidad y promulgó una Constitución, esta ley fue la que rigió al pueblo Dominicano cuando fuimos objeto de la invasión Haitiana de 1822 hasta 1844.
La Constitución Haitiana de 1816, es un texto jurídico-político muy importante para el pueblo Dominicano, debido a que fue tomada en consideración por los autores de la Constitución de 1844, de ahí nace su importancia para nosotros como nación, su leyes comerciales son utilizadas en la actualidad.
En el presente trabajo sobre la Constitución de 1816, abordamos los aspectos más importantes de esta Constitución como son Historia de la Constitución Haitiana de 1816, Las Constitución Haitiana de 1816 su Contenido, por otra parte su vigencia hasta el nacimiento de la República Dominicana con la caída de Boyer, la Independencia Dominicana y la nueva Constitución 1844.
Esperamos con este trabajo trasmitirles a nuestros compañeros lo que hemos aprendido sobre uno de las primeras Constituciones que se aplicaron en la isla.
HISTORIA DE LA CONSTITUCION HAITIANA 1816
Al producirse la ocupación haitiana de nuestro territorio, en febrero de 1822, la República de Haití estaba regida por su Constitución de 1816, y se mantuvo vigente, hasta noviembre de 1843, al entrar en vigor una nueva Constitución.
La ocupación haitiana, la República Dominicana estuvo desde su descubrimiento en 1492 bajo el dominio español hasta que en el 1795 fue firmado el tratado de Basilea donde España cedía la parte de la Isla "La Española" a los franceses, dando inicio a otra etapa en la historia del derecho dominicano, luego en 1809 regresa de nuevo la Isla a manos de los españoles hasta el 1821 cuando se produce un golpe de estado que puso fin a los 328 años de la dominación española, el movimiento que puso fin a la segunda ocupación española se llamó Independencia Efímera, la cual duró un tiempo muy corto desde el 30 de noviembre del 1821 hasta febrero de 1822 cuando la isla de Santo Domingo pasa hacer parte del dominio haitiano.
En febrero del 1822 se inició un importante periodo en la historia del derecho Dominicano, que podemos denominar periodo puente entre los siglos coloniales y la etapa republicana iniciada en 1844.
Durante 22 años la actual República Dominicana estuvo unida a Haití, se introdujo un sistema jurídico totalmente diferente al que había regido en las etapas anteriores y este nuevo régimen es básicamente el que ha continuado rigiendo desde entonces en la Republica Dominicana. De ahí que ese periodo sea tan importante para el estudio del Derecho Dominicano.
El primer gobierno haitiano fue el de Dessalines, duro aproximadamente 2 años y se destacó por tratar de mantener el mismo sistema jurídico y económico que existió en la durante la dominación francesa, los nuevos amos fueron los generales y funcionarios del gobierno, mientras que los antiguos esclavos se convirtieron en peones asalariados de éstos en las grandes plantaciones agrícolas que pasaron a manos del estado, a la muerte de Dessalines, en octubre de 1806, la unidad de la nueva nación se destruyó y Haití quedo dividida en dos estados uno gobernado por Henri Christopher y el otro gobernado por Alejandro Petion, este ultimo murió en 1818 y lo sustituye Juan Pablo Boyer y luego a la muerte violenta de Henri Cristophe en ese mismo año se reunifica la isla.
LA CONSTITUCIÓN HAITIANA DE 1816
La Contenido de la Constitución haitiana de 1816 Introducción.- La constitución promulgada en el 1816 fue la que rigió Haití hasta el 1843 y por ende fue el texto constitucional aplicado a los dominicanos durante la ocupación haitiana. Para los dominicanos fue la segunda constitución después de la de Cádiz de 1812, que tuvo en vigencia por solo 3 años. Los puntos más notables de la constitución se refieren al problema racial que tanto preocupaba a los haitianos aparte de declarar que nunca habría esclavos en Haití y que ningún blanco podía poseer tierras.
Los Derechos del Hombre
La constitución proclamó los derechos del hombre resumiéndolos en cuatro: "La libertad, la igualdad, la seguridad y la propiedad". Asimismo se proclamó que "la agricultura como primera fuente de la prosperidad de los Estados y que la misma seria protegida y fomentada. En cuanto a los deberes del hombre, estos fueron resumidos en dos grandes principios: "No hagas a otro lo que no quieras para ti mismo" y "Haced siempre al prójimo todo el bien que queráis recibir". Como libertades públicas se destacan la de expresión, la tolerancia de cultos y la inviolabilidad del domicilio y la libertad contra persecuciones y prisiones arbitrarias.
Forma de Gobierno
En cuanto a la forma de gobierno, la Constitución estableció la división de los tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. El poder legislativo estuvo a cargo de dos cámaras: la de Representantes y de las Comunas y la del Senado. Las elecciones se celebraban en las parroquias y podían votar en estas elecciones todos los ciudadanos mayores de edad pero específicamente solo podían ejercer el voto los comerciantes y propietarios de bienes inmuebles. Competía a la cámara de Representantes, recibir los proyectos de ley emanados del presidente de la república y votar sobre ellos, y el Senado tenia como competencia aprobar o no los presupuestos anuales del gobierno, juzgar al presidente y otros funcionarios, proponer la reforma de la Constitución y aprobar o rechazar las leyes aprobadas por la cámara de representantes. En caso de aprobarlas, las enviaba al Poder Ejecutivo para su promulgación. En cuanto al poder ejecutivo, este era ejercido por un presidente vitalicio, con poderes muy amplios y con capacidad de designar su sucesor. El presidente era el Jefe de las Fuerzas Armadas, era quien proponía las leyes al poder ejecutivo; nombraba todos los funcionarios civiles, municipales y militares y los miembros del Poder Judicial; dirigía las relaciones internacionales del país y declaraba la guerra, con sanción del Senado.
Las Fuerzas Armadas
La Constitución de 1816, con relación a las fuerzas armadas, establecía que eran esencialmente obedientes y no podían nunca deliberar.
Presidente de la Administración Pública
Bajo el presidente, la administración pública quedaba dirigida por tres altos funcionarios: El Secretario de Estado, el Secretario General y el Gran Juez. El secretario de Estado era el encargado de las finanzas y de la recolección de impuestos y tenia bajo su control los bienes nacionales, el Secretario General era quien contra-firmaba todos los actos y decretos presidenciales y les ponía el sello de la república, el Gran Juez tenia a su cargo la supervisión de todos los tribunales, le correspondía la fiel ejecución de las leyes y de que fueran aplicadas correctamente, dando directrices e interpretaciones de las mismas, conservaba los archivos públicos y legalizaba los documentos que iban para el extranjero. Todo lo anterior nos muestra que en poco tiempo Boyer logró organizar administrativamente la parte este de la isla, pero fue más difícil adaptar a los dominicanos al sistema legal haitiano el cual estaba basado en la tradición jurídica francesa.
El Poder Judicial
La Constitución de 1816 estableció un Poder Judicial encabezado por el "Gran Juez" especie de Ministerio de Justicia, quien a su vez presidía un organismo denominado "Alto Tribunal de Justicia", cuerpo temporal, cuya misión era únicamente la de conocer de las acusaciones aprobadas por el Senado contra el Presidente y otros funcionarios. Además el Gran Juez era quien dirigía administrativamente la Justicia y quien decidía sobre la interpretación de las leyes y sus sentencias. Era designado por el poder ejecutivo.
El sistema judicial vigente durante los 22 años de la ocupación haitiana tuvo sus bases en la constitución, así como en dos leyes principales de Organización de Tribunales. Quedó establecido un sistema compuesto por Juzgados de Paz, los Tribunales Civiles y el Tribunal de Casación. No existieron las Cortes de Apelación. La Constitución y la leyes autorizaron que los conflictos civiles fueran puestos por las partes en manos de árbitros escogidos por ellas, pudiéndose renunciar al derecho de recurrir contra las decisiones de los mismos.
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