Historia Del Derecho Administrativo
fernandccs7 de Mayo de 2014
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* NACIMIENTO DE LA COMUNIDAD INTERNACIONAL (WESTFALIA 1648)
Hasta el siglo XIX, el estudio del derecho internacional comenzaba a partid de los tratados de Westfalia de 1648. Hoy en cambio se sabe que muchas de las instituciones actuales del derecho internacional se conocieron en la antigüedad. Entre ellas el arbitraje, el asilo, las misiones diplomáticas, la extradición, la protección de los extranjeros, etc.
Los acuerdos de paz de Westfalia se celebran tras una sangrienta guerra religiosa que duró 30 años entre las dos grandes direcciones del cristianismo. Estos acuerdos se celebran fundamentalmente en los congresos de Münster y Osnabrück.
Los tratados de Westfalia consagran el cisma religioso y mantienen la independencia de los Estados Alemanes, Suiza y los países Bajos. Francia recibe parte de Alsacia y se aplica el “principio de equilibrio político” como factor de poder. Es decir, la voluntad o el poderío de ningún estado debe prevalecer sobre los otros.
Gradualmente se va generalizando en esta época la aparición de las “legaciones permanentes” Venecia desde el siglo XV, Francia en los tiempos de Richeliú y los demás Estados Europeos en los siglos XVI y XVII comienzan a designar representantes permanentes o messangers ante los gobiernos de Rusia, Persia y Siam. Situación que da origen a los “conflictos de procedencia” y eventualmente a los ministerios de Relaciones Exteriores. Los representantes de los distintos estados lo eran de sus monarcas, y cada uno sostenía mejor derecho y jerarquía en las ceremonias públicas. Todo ello para exigir determinados privilegios a favor del soberano que representaban.
Como estos representantes llegaran acompañados de numerosas comitivas y fuerzas miliares del Estado, y a veces ocuparan un barrio entero en la capital en que actuaban, con el correr del tiempo les fue reconocido a las sedes el privilegio de la extraterritoriedad. Es decir, que el barrio donde se ejercía la representación extranjera se consideraba parte del territorio del propio estado. Principio que se conserva actualmente a favor de las cedes diplomáticas- el problema de los conflictos de precedencia no fue resuelto hasta el congreso de Viena de 1815. Aquí se dictó un reglamento para el rango de los diplomáticos y se establecieron los ministerios de Relaciones Exteriores, como consecuencia de la multiplicidad de las legaciones permanentes. Estos tenían carácter Diplomático y político. En consecuencia, los antiguos cónsules perdieron su carácter diplomático y representativo y fueron reducidos a simples agentes comerciales.
El término de Paz de Westfalia se refiere a los dos tratados de paz de Osnabrück y Münster, firmados el 15 de mayo y 24 de octubre de 1648, respectivamente, este último en la Sala de la Paz del Ayuntamiento de Münster, en la región histórica de Westfalia, por los cuales finalizó la Guerra de los Treinta Años en Alemania y la Guerra de los Ochenta Años entre España y los Países Bajos. En estos tratados participaron el emperador del Sacro Imperio Romano Germánico (Fernando III de Habsburgo), los Reinos de España, Francia y Suecia, las Provincias Unidas y sus respectivos aliados entre los príncipes del Sacro Imperio Romano.
La Paz de Westfalia dio lugar al primer congreso diplomático moderno e inició un nuevo orden en Europa central basado en el concepto de soberanía nacional. Varios historiadores asignan una importancia capital a este acto,1 pues fue en Westfalia que la integridad territorial se erigió como un principio que consagra la existencia de los Estados frente a la concepción feudal de que territorios y pueblos constituían un patrimonio hereditario. Por esta razón, marcó el nacimiento del Estado nación.
Hasta la instauración de la Confederación del Rin en 1806, los reglamentos de Westfalia
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