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Juntas Locales


Enviado por   •  10 de Junio de 2013  •  799 Palabras (4 Páginas)  •  459 Visitas

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LA ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO

DE LAS JUNTAS LOCALES DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.

1. JUNTAS LOCALES DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.

Son autoridades en materia laboral; desempeñan funciones como tribunales de trabajo, les corresponde el conocimiento y la resolución de los conflictos laborales suscitados entre trabajadores y patrones, trabajadores entre sí o entre patrones, derivados de las relaciones de trabajo.

Las diferencias o conflictos entre el capital y el trabajo se sujetaran a la decisión de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, según el texto de la fracción XX, apartado A), del artículo 123 Constitucional. En las capitales de las Entidades Federativas, Distrito Federal y Territorios Federales, funcionan Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje para conocer y resolver los conflictos contenciosos del trabajo, de conformidad con lo prevenido en las leyes reglamentarias.

Las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje funcionaran en cada una de las Entidades Federativas. Les corresponde el conocimiento y resolución de los conflictos de trabajo que no sean de competencia de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

Las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, son los tribunales locales del trabajo que ejercen la jurisdicción laboral en los Estados miembros.

2. Función

La función de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje es darle pronta solución a los conflictos laborales, a través de la conciliación y/o resolución que ponga fin a la controversia, de manera general porque como veremos a continuación tienen funciones diversas y especificas.

El principal objetivo es conciliar y resolver los conflictos de orden tanto colectivo como individual en materia laboral que se producen en las relaciones obrero–patronales; así como, atender y dar trámite a cualquier situación que deba llevarse ante las juntas de la misma materia, es decir, que no sean de competencia federal, procurando lograr una solución eficaz en la impartición de la justicia laboral.

La base de la existencia de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 123, Apartado A.

Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje es el tribunal encargado de conocer, tramitar y resolver los conflictos de trabajo de jurisdicción local

Existen 5 juntas estatales especiales:

1. Conflictos de trabajos de campo y construcción.

2. Transporte, industria, agencias automotrices, restaurantes y bares.

3. Servicios (domésticos, médicos, salud, etc.) Y organismos descentralizados no relacionados con la educación.

4. Relaciones de comercio.

5. Relaciones con universidades e instituciones de educación superior, educación en general, capacitación y guarderías.

En el interior del estado de Michoacan (Uruapan, Zamora y Lázaro Cárdenas) existen las juntas 6,7 y 8, que ven los asuntos con los temas relacionados con los temas de las juntas del estado en general. Y existen otras 5 juntas locales permanentes en La Piedad, Los Reyes, Zitacuaro Y Apatzingan.

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