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LA CONSTITUCION DE 1857


Enviado por   •  10 de Junio de 2014  •  2.625 Palabras (11 Páginas)  •  488 Visitas

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La constitución de 1857

El 16 de junio de 1857 se presentó en Cámara el proyecto de Constitución elaborado por Ponciano Arriaga, León Guzmán, Mariano Yáñez, José María de Castillo, José María de Castillo Velasco, José María Mota y Pedro Escudero y Echánove. Tras su discusión, la Constitución de 1857 quedó integrada por 8 títulos y 120 artículos que garantizaba los derechos del hombre; la soberanía nacional; dividía los poderes de la nación en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, donde se depositaba el Poder Legislativo en el Congreso de la Unión que sería constituido por una sola cámara, la de diputados; el Poder Judicial se integraría por tres departamentos: la Suprema Corte de Justicia y los tribunales de circuito y de distrito. Con respecto a los estados exige que adopten en su interior el régimen republicano, representativo y popular, con una serie de restricciones que limiten la soberanía estatal e impidan la disolución de la federación; se suprimen las alcabalas y las aduanas interiores, medidas éstas conducentes al fortalecimiento de la unión nacional. Esta Constitución fijaría la posibilidad de reformas posteriores en beneficio del bien común y como medidas de adecuación a la realidad imperante. La Constitución de 1857 se convirtió en la máxima ley que regiría sobre los destinos del país; ninguna otra ley podría estar por encima de ella.

Una vez que el Congreso Constituyente había cumplido con su tarea de elaborar una nueva constitución, se hizo la convocatoria para realizar elecciones tanto de los poderes generales como de los estados; tocó entonces a las legislaturas estatales el arreglo de las constituciones particulares de cada estado, de acuerdo con la constitución general. Se reunió así el primer Congreso Constitucional que trabajaría ya bajo los principios de la carta magna del 57.

En 1857, la situación llegó a ser delicada, tanto que este primer Congreso Constitucional, que había elegido a Comonfort presidente de la República y a Benito Juárez presidente de la Suprema Corte de Justicia, confirió al Ejecutivo facultades extraordinarias para gobernar. El tenor de los hechos impidió incluso que se respetaran los artículos constitucionales relativos a las garantías individuales en tanto continuara la inestabilidad, la cual más que disminuir aumentó en una de las guerras más cruentas del país.

La Constitución de 1857 abrió el camino para romper con algunos de los resabios del orden colonial, pero la Guerra de Reforma fue el trámite necesario para imponer el concepto de modernidad de los liberales. La amenaza de golpe de Estado en el país y la debilidad del presidente para actuar firme y decididamente, precipitó el estallamiento franco de la lucha. En diciembre de 1857, Félix Zuloaga proclamó el Plan de Tacubaya en el que se estipulaba que cesaba de regir la Constitución y que Comonfort seguiría al frente del Ejecutivo, gobernando con amplias facultades; convocaba a un congreso extraordinario que redactaría una nueva constitución de acuerdo con la voluntad nacional, cesando entre tanto a todas aquellas autoridades que no secundasen este plan.

Presionado por las circunstancias, Comonfort decidió unirse a los sublevados. Parte de su equipo de colaboradores renunció a sus puestos mientras que Benito Juárez, presidente de la Suprema Corte, Isidoro Olvera, presidente del Congreso y algunos diputados fueron conducidos a prisión. Los estados de la República se dividieron en aquellos que apoyaban al Plan de Tacubaya y los que defendían el orden constitucional.

Los conservadores, por su parte, presionaron a Comonfort para que derogara las reformas liberales, a lo cual él se negó. Luego, trató de buscar una reconciliación con el ala liberal; excarceló a Juárez y llevó a cabo enfrentamientos armados contra los conservadores, en los cuales saldría mal librado. Ante lo inútil de su resistencia decidió no continuar en la lucha y abandonó el país dejándolo inmerso en una guerra civil.

En consecuencia se dan dos gobiernos paralelos. Uno encabezado por Benito Juárez que en su calidad de presidente de la Suprema Corte debía ocupar el Ejecutivo en caso de que el presidente se ausentara; y el otro presidido por Félix Zuloaga, a quien una junta de representantes había electo presidente. El primero defendería el orden constitucional, mientras el segundo se encaminaría a su destrucción. Juárez estableció su gobierno, en un primer momento, en Guanajuato, mientras Zuloaga en la capital gobernaba con las llamadas Cinco Leyes, que de hecho derogaban algunas de las reformas liberales como la Ley Lerdo, la Ley Iglesias y la Ley Juárez entre otras.

Las diversas entidades del país tomarían una posición y defenderían a uno de estos dos gobiernos.

El ejército y el gobierno liberal irían sufriendo severas derrotas que lo llevaron a convertir su mandato en itinerante. Con todo y las penalidades a que se vieron sujetos continuaron dictando una serie de disposiciones legislativas que simbolizaron una postura aún más radical que la manejada en el congreso constituyente de 1857. La legislación dictada en Veracruz contempló diversos aspectos de la vida nacional y de sus habitantes.

El articulo 3º

Éste es uno de los artículos más trascendentales de la constitución, pues da las bases para la función educativa del Estado que tiende a satisfacer un derecho social de primer orden. Se trata de una garantía social en virtud de que procura asegurar a cualquier persona, por el solo hecho de pertenecer a la sociedad, el que reciba la educación que le permita su desarrollo como ser humano. Aquí no se trata de que el poder se abstenga de hacer algo para preservar la libertad del individuo, como en la típica garantía individual, o de proteger ciertos derechos de los miembros de un grupo, sino de que el Estado realice acciones positivas para brindar universalmente la educación preescolar, la primaria y la secundaria, las cuales conforman la educación básica obligatoria.

En este artículo se establece que la democracia no es sólo una estructura jurídica o un régimen político, es decir, no se agota en la creación de un sistema de Derecho que asegure las libertades formales y preserve la igualdad de todos; ni en la realización de elecciones que permitan renovar periódicamente a los depositarios del poder público, sino que tiene que entenderse como “un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo”.

Para entender el desarrollo del presente tema, iremos de lo general a lo particular; entendiendo a lo “general”, como el concepto que envuelve al artículo 3° de nuestra Carta Magna; y a lo “particular”

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