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LA PERSONA EN EL DERECHO ROMANO


Enviado por   •  12 de Septiembre de 2016  •  Tareas  •  531 Palabras (3 Páginas)  •  169 Visitas

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LA PERSONA EN EL DERECHO ROMANO

MÓNICA ISABEL LÓPEZ CIFUENTES

Código: 33116013

UNIVERSIDAD DE BOYACÁ

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES

PROGRAMA DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

TUNJA

2016

1) Definición de Persona:

El derecho Romano estaba estructurado en si para servir a la persona,  está era la destinataria del conjunto de normas establecido. El término  “persona”, desarrollado por los griegos, tomado por los romanos, proviene de las máscaras de los actores, la cual simboliza el papel que esté desarrollaba en la sociedad, pero la aptitud importante de la persona es que se le pueda imponer derechos u obligaciones a esta. Existen dos divisiones de personas:

  • La primera división habla de las personas libres, esta era la cualidad esencial para el desarrollo de una persona dentro del sistema romano, ya que si era esclavo se sometía a un trato absolutamente diferente, dentro de esta división se reconocen también el estatus de ingenuos y libertinos.
  • La segunda división aplicaba para las personas sui iuris y allieni iuris ya que era un determinante está bajo la voluntad de otro o no para desarrollar el ejercicio de la ciudadanía.

2) ¿Cuáles son los requisitos para ser persona?

 Los requisitos para que el derecho romano reconozca a una persona es que la persona física sea capaz de contraer derechos y obligaciones, por lo que se podría tratar de un ciudadano libre o un ciudadano romanos, otro requisito importante es  que la voluntad de esta persona no esté ligada a un paterfamilias.

3) Calificación de las Personas:

En base a lo anterior podemos calificar a las personas de la siguiente manera:

  • Esclavos: Eran personas privadas de su status libertatis, el cual servía a un amo y estaba privado de los beneficios del derecho romano, se encontraba en ese estado de esclavitud por motivos de guerra, deuda o nacimiento.

 

  • Ciudadano Romano: Es aquel  que por poseer completa autonomía y capacidad para contraer obligaciones, adquirir patrimonio y la potestad de ser paterfamilias, se denominaba ciudadano romano (civis Romanus).

  • No Ciudadanos o Extranjeros: Recibían los beneficios del ius Gentium y era todo aquel cuya nación fuera vista con buenos ojos por Roma, recibían diferentes prerrogativas según su estado:

  • Peregrini: son los extranjeros a los que se les permite mantener relaciones con Roma de tipo comercial (ius comercii) y contraer matrimonio con ciudadanos (ius conubii)
  • Latini: Se refiere a las personas, habitantes de los pueblos primitivos vecinos de Roma, a los cuales se les otorgo una participación dentro de la sociedad romana.
  • Ingenuos: Son aquellos que nacen libres, por el matrimonio de dos ingenuos o de dos libertinos, o bien de un libertino y otro ingenuo: y aunque nazca de madre libre y padre esclavo, será sin embargo ingenuo, del mismo modo que el que nace de madre libre y padre incierto; pues ha sido habido del vulgo. Basta que la madre haya sido libre al tiempo del nacimiento aun cuando en el de la concepción fuere esclava.
  • Libertinos: os libertinos son aquellos que son manumitidos de una justa esclavitud por medio de una manumisión, el liberto es libre pero su libertad tiene ciertas restricciones a la de un ciudadano romano, además de tener ciertas obligaciones con su anterior amo.

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