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LEY FEDERAL DE EDUCACION


Enviado por   •  5 de Septiembre de 2011  •  2.302 Palabras (10 Páginas)  •  985 Visitas

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Disposiciones Generales

ARTICULO 1. -Esta ley regula la educación que imparten el Estado -Federación, Estados y Municipios-, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios. Las disposiciones que contiene son de orden público e interés social.

ARTICULO 2.-La educación es medio fundamental para adquirir, transmitir y acrecentar la cultura; es proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad, y es factor determinante para la adquisición de conocimientos y para formar al hombre de manera que tenga sentido de solidaridad social.

ARTICULO 3.-La educación que imparten el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios es un servicio público.

ARTICULO 4.-La aplicación de esta ley corresponde a las autoridades de la Federación, de los Estados y de los Municipios, en los términos que la misma establece y en los que prevean sus reglamentos.

ARTICULO 5.-La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, se sujetará a los principios establecidos en el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tendrá las siguientes finalidades :

I.-Promover el desarrollo armónico de la personalidad, para que se ejerzan en plenitud las capacidades humanas;

II.-Crear y fortalecer la conciencia de la nacionalidad y el sentido de la convivencia internacional;

III.-Alcanzar, mediante la enseñanza de la lengua nacional, un idioma común para todos los mexicanos, sin menoscabo del uso de las lenguas autóctonas;

IV.-Proteger y acrecentar los bienes y valores que constituyen el acervo cultural de la nación y hacerlos accesibles a la colectividad;

V.-Fomentar el conocimiento y el respeto a las instituciones nacionales;

VI.-Enriquecer la cultura con impulso creador y con la incorporación de ideas y valores universales;

VII.-Hacer conciencia de la necesidad de un mejor aprovechamiento social de los recursos naturales y contribuir a preservar el equilibrio ecológico.

VIII.-Promover las condiciones sociales que lleven a la distribución equitativa de los bienes materiales y culturales, dentro de un régimen de libertad;

IX.-Hacer conciencia sobre la necesidad de una planeación familiar con respecto a la dignidad humana y sin menoscabo de la libertad;

X.-Vigorizar los hábitos intelectuales que permiten el análisis objetivo de la realidad;

XI.-Propiciar las condiciones indispensables para el impulso de la investigación, la creación artística y la difusión de la cultura;

XII.-Lograr que las experiencias y conocimientos obtenidos al adquirir, transmitir y acrecentar la cultura, se integren de tal modo que se armonicen tradición e innovación;

XIII.-Fomentar y orientar la actividad científica y tecnológica de manera que responda a las necesidades del desarrollo nacional independiente;

XIV.-Infundir el conocimiento de la democracia como la forma de gobierno y convivencia que permite a todos participar en la toma de decisiones orientadas al mejoramiento de la sociedad;

XV.-Promover las actitudes solidarias para el logro de una vida social justa; y

XVI.-Enaltecer los derechos individuales y sociales y postular la paz universal, basada en el reconocimiento de los derechos económicos, políticos y sociales de las naciones.

Sistema Educativo Nacional

ARTICULO 15.-El sistema educativo nacional comprende los tipos elemental, medio y superior, en sus modalidades escolar y extraescolar. En estos tipos y modalidades podrán impartirse cursos de actualización y especialización. El sistema educativo nacional comprende, además, la educación especial o la de cualquier otro tipo y modalidad que se imparta de acuerdo con las necesidades educativas de la población y las características particulares de los grupos que la integran.

ARTICULO 16.-El tipo elemental está compuesto por la educación preescolar y la primaria. La educación preescolar no constituye antecedente obligatorio de la primaria. La educación primaria es obligatoria para todos los habitantes de la República.

ARTICULO 17.-El tipo medio tiene carácter formativo y terminal, y comprende la educación secundaria y el bachillerato.

ARTICULO 18.-El tipo superior está compuesto por la licenciatura y los grados académicos de maestría y doctorado. En este tipo podrán introducirse opciones terminales previas a la conclusión de la licenciatura. En el tipo superior queda comprendida la educación normal en todos sus grados y especialidades.

ARTICULO 19.-El sistema educativo nacional está constituido por la educación que imparten el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios. Este sistema funcionará con los siguientes elementos :

I.-Los educandos y los educadores;

II.-Los planes, programas y métodos educativos;

III.-Los establecimientos que impartan educación en las formas previstas por la presente ley;

IV.-Los libros de texto, cuadernos de trabajo, material didáctico, los medios de comunicación masiva y cualquier otro que se utilice para impartir educación;

V.-Los bienes y demás recursos destinados a la educación; y

VI.-La organización y administración del sistema.

Distribución de la Función Educativa

ARTICULO 24.-La función educativa comprende :

I.-Promover, establecer, organizar, dirigir y sostener los servicios educativos, científicos, técnicos y artísticos de acuerdo con las necesidades regionales y nacionales;

II.-Formular planes y programas de estudio,

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