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La Encomienda


Enviado por   •  19 de Febrero de 2015  •  1.373 Palabras (6 Páginas)  •  435 Visitas

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LA ENCOMIENDA

La encomienda consistía en la asignación, por parte de la corona, de una determinada cantidad de aborígenes a un súbdito español, encomendero, en compensación por los servicios prestados. Tras esto, el encomendero se hacía responsable de los nativos puestos a su cargo, los evangelizaba, y percibía los beneficios obtenidos del trabajo que realizaban los nativos.

La encomienda es un derecho concedido por merced real a los beneméritos de Indias para recibir y cobrar para sí los tributos de los indios que se les encomendasen por su vida y la de un heredero, con rango de cuidar de los indios en lo espiritual y temporal y defender las provincias donde fueren encomendados.

Durante los primeros años de la encomienda, no existía ningún tipo de regulación ni jurisdicción que garantizase los derechos de los aborígenes, por lo cual, éstos eran explotados. Con las Leyes de Burgos de 1512 se establecieron una serie de pautas con respecto al uso de la encomienda, y se hizo especial hincapié en el buen trato a los aborígenes. Sin embargo, los abusos continuaron perpetuándose.

Se llamaba encomendero al que por Merced Real tenía indígenas encomendados en cualquiera de las colonias españolas de América y Filipinas. El encomendero era la cabeza de parte de una institución colonial llamada encomienda. El encomendero tenía, en primer lugar, numerosas obligaciones, de las cuales las principales eran enseñar la doctrina cristiana y defender a sus encomendados, así como defender y ayudar a multiplicar sus bienes. En segundo lugar, la encomienda era un privilegio escasamente otorgado. Existen numerosas discusiones acerca de si la Merced de la Encomienda otorgaba o no automáticamente el estatus de Hidalguía o nobleza a una persona; son pocos los que lo niegan, pero lo que está claro es que para recibirla había que probar la limpieza de sangre y honor del linaje, por lo tanto, sólo las personas con condición de hidalgos podían recibirla.

Tradicionalmente, el encomendero era una persona con una enorme autoridad y poder en la sociedad colonial, pues las cantidades de tierra dadas para las encomiendas solían ser muy grandes y de gran productividad. Los indígenas encomendados tenían la labor de trabajar la tierra y producir.

ORIGEN :

Cuando Colón llega a La Española descubrió yacimientos auríferos. Para su extracción creó un impuesto a la población nativa, según el cual todo indígena mayor de 14 años debía entregarle cada tres meses un cascabel de Flandes lleno de oro; aquellos que no vivían cerca de las minas, debían entregar una arroba de algodón. Según la obra Historia del Almirante, escrita por Hernando Colon , Cristóbal Colón conquistaba siempre los territorios en nombre de los Reyes Católicos pero con la llegada del juez pesquisador Francisco de Bobadilla en el año 1500 Colón fue arrestado y Francisco explotaría las desavenencias de los colonos contra Colón y les ofrecería indios en encomienda y tierras a cambio de su apoyo contra el Almirante. Francisco de Bobadilla se nombraría gobernador y tomaría posesión del palacio y propiedades de Colón en Santo Domingo. Posteriormente, Bobadilla sería relevado por Nicolás de Ovando. Colón estableció una orden según la cual la mitad de todo el oro que obtuvieran los colonos debía entregarse a la Corona aunque nadie obedecía esa orden hasta que Ovando bajó la cantidad a una quinta parte.

En 1503 Nicolás de Ovando escribiría a la Corona instando a instrucciones para que la conversión al cristianismo de los indios se hiciera sin someterlos a fuerza alguna, a que los indios en lugar de vivir de forma dispersa y primitiva "se congregaran en pueblos, como están las personas que viven en nuestros reinos" y que se fomentaran los matrimonios interraciales, en vistas a una más pronta civilización y cristianización.1 Los repartimientos se institucionalizarán en América por una Real Provisión del 20 de diciembre de 1503.Sin embargo, a partir de 1505, Nicolás de Ovando que era encomendero mayor de la orden de Alcántara dejó de repartir indios y comenzó a encomendarlos. La encomienda regulaba, en teoría, las relaciones de reciprocidad entre el encomendero y el encomendado, y por eso tomó carta de naturaleza en el Nuevo Mundo.

Para evitar recuperar los malos usos y los sistemas medievales abolidos en 1509 la Corona decretó que la encomienda no podía considerarse a perpetuidad y que los indios sólo podían ser encomendados por un periodo máximo de dos años.

La Reina Isabel la Católica dispuso en 1501 que los indios de América se repartiesen entre los principales colonos españoles. Antes ya había autorizado a Colón, mediante carta-patente de 1497, que procediese a repartir las tierras conquistadas. Naturalmente que junto con las tierras se repartieron también los indios que en ellas habitaban. Después, una de las principales leyes de la Recopilación de Indias ordenaba que “luego que se haya hecho la pacificación, el adelantado, gobernador o pacificador reparta los indios entre los pobladores, para que cada uno se encargue de los que fuesen de su repartimiento y los defienda y ampare, proveyendo ministro que les enseñe la doctrina cristiana y administre los sacramentos guardando nuestro patronazgo, y enseñe a vivir en policía”. Las encomiendas de este modo establecidas se otorgaban generalmente por dos generaciones, o sea para el encomendero y para sus hijos, aunque en México se lo hizo por tres o cuatro. En realidad, sin embargo, las encomiendas fueron perpetuas. Los herederos de los encomenderos recibían tierras e indios. El encomendero prestaba juramento de proteger a sus indios, procurar su conversión al cristianismo y encaminarlos a la civilización. Le estaba prohibido alquilarlos o darlos en prenda, según leyes que, a la usanza de la época, se “acataban pero no se cumplían”. Al amparo de esta institución y de la lejanía de los reyes de España, los encomenderos cometieron toda clase de abusos con los indios: les sometieron a servidumbre, les explotaron inmisericordemente, les cobraron tributos, se beneficiaron con sus servicios gratuitos y con los de sus descendientes. Todo esto a pretexto de “enseñarles las cosas de nuestra santa fe católica”.

Desde los primeros años de presencia castellana en América, empezó a desarrollarse una serie de mecanismos legales o ilegales para hacer uso de la mano de obra indígena. Cristóbal Colón implantó en las Antillas la encomienda de servicios personales, que generó una serie de relaciones de servidumbre personal en perjuicio de los indígenas y muchos de éstos fueron también sometidos a esclavitud, ya fuese con base en ciertas leyes o simplemente de hecho. No obstante, la legislación emitida a partir de 1542 y las medidas tomadas por la Corona para hacer efectivo su cumplimiento pusieron fin a esos fenómenos y solamente impuso a los indígenas el deber de pagar tributos a la Corona o a los encomenderos, sin trabajar personalmente para ellos, de conformidad con lo dispuesto por la ley de Malinas de 1545.

En repartimiento tuvo notorio desarrollo en algunos lugares de México y del reino de Guatemala , especialmente donde había gran disponibilidad de mano de obra indígena. Cada domingo, un 25% de los varones indígenas que tuviesen entre 16 y 60 años de edad, con excepción de los alcaldes del pueblo y de los que estuviesen enfermos, debía reunirse en la plaza u otro lugar público de la respectiva reducción, para esperar a los mayordomos de las haciendas de españoles de las vecindades, quienes al día siguiente se llevaban a los trabajadores, según las cuotas establecidas en un padrón levantado por mandato del presidente de la Audiencia. Éste era quien concedía a los hacendados el derecho de disponer de indígenas de repartimiento, previo pago a la Corona de medio real de plata por cada trabajador. El beneficiario debía además pagar al indígena el tiempo empleado en el camino de ida y un real por cada día de labor, así como suministrarle las herramientas que fuesen necesarias para su trabajo. El cumplimiento de las normas que regían el sistema era responsabilidad de los alcaldes indígenas, supervisados por jueces repartidores de casta de españoles.

Además del repartimiento establecido a favor de los hacendados, se implantó un sistema de repartimiento urbano, en dos modalidades: el servicio ordinario para la ciudad, destinado principalmente a la construcción y mantenimiento de edificios y obras públicas en las poblaciones de españoles y también el servicio extraordinario de la ciudad, dirigido a la edificación y reparación de casas particulares, servicios domésticos y trabajos varios.

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