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La Remisión De La Deuda.


Enviado por   •  3 de Noviembre de 2013  •  890 Palabras (4 Páginas)  •  450 Visitas

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• La remisión de la deuda.

Es la renuncia gratuita hecha por el acreedor a favor de su deudor, del derecho de exigir en todo o parte el pago de su crédito.

Es preciso que la renuncia sea gratuita, ya que si al renunciar a su derecho, el acreedor recibe un equivalente bajo otra forma, no existirá la remisión propiamente dicha, sino novación, dación en pago, transacción; sin embargo, puede existir remisión parcial de la deuda, cuando el acreedor con ánimo de gratificar a su deudor, acepta en pago una cosa de valor inferior al crédito.

• Clases de Remisión.

a) Total: Aquella que comprende la totalidad de la deuda, mediante ella el deudor se libera totalmente.

b) Parcial: Aquella que comprende solo la parte de la deuda, no a su totalidad; el deudor se libera solo de la parte que le es remitida por el acreedor.

c) Expresa: Cuando el acreedor manifiesta su voluntad de renunciar al derecho de crédito que tiene contra su deudor. No requiere el cumplimiento de solemnidades sacramentales, basta la manifestación directa de voluntad.

d) Tacita: Cuando el acreedor realiza un acto de voluntad o conducta, del cual puede deducirse su voluntad de condonar la deuda. La remisión tacita puede ser establecida o presumida por el legislador por determinados actos del acreedor previstos taxativamente, y puede también, ser presumida por el Juez ante determinada conducta o actos del acreedor, siempre que existan circunstancias graves precisas y concordantes que fundamenten racionalmente la presunción, la cual en todo caso será de carácter relativo por permitirse el acreedor de efectuar la prueba en contrario.

• Efectos de la remisión.

- La extinción de la obligación es el efecto fundamental, pues al fin y al cabo la remisión no es más que un modo voluntario de extinción de las obligaciones.

- La remisión personal es la efectuada específicamente en atención a la persona del deudor, no extiende en principio sus efectos más allá de la persona en cuyo favor se hizo, a menos que se trate de remisión efectuada a un deudor principal, que aprovecha a los fiadores (artículo 1328 CC).

- En la remisión expresa a uno de los codeudores solidarios, el acreedor puede reservarse el derecho de exigir totalmente el cumplimiento de las obligaciones a los demás codeudores solidarios.

• Naturaleza jurídica de la remisión.

Es de suma importancia la determinación de la Naturaleza Jurídica ya que de ahí deviene si es de carácter revocable o irrevocable, es por ello que si el perdón concedido se hace por una simple manifestación unilateral de voluntad se entiende de carácter irrevocable y por ende desde ese momento el deudor tiene el derecho de invocar la extinción de la deuda.

Si tomamos que la remisión es de naturaleza convencional

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