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La imprenta en Guadalajara y su producción 1793-1821


Enviado por   •  17 de Abril de 2015  •  1.493 Palabras (6 Páginas)  •  1.543 Visitas

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Las cédulas reales posteriores al siglo XVII reiteraron el doble mandato: la colocación en las doctrinas de sacerdotes que supieran las lenguas indígenas y el fomento de la enseñanza del castellano a los indios. En la práctica, más importante que la legislación, tres hechos contribuyeron a la divulgación de la lengua española entre los indígenas. La primera era la situación demográfica: en lugares donde la población india no era tan numerosa en relación con los mestizos y criollos, se extendió el uso del castellano. La segunda tenía que ver con los contactos entre los grupos sociales: la participación de los indígenas en los mercados, en obras de construcción, en las haciendas, en las minas o en trabajos de servicio en las casas, aumentaba su dominio del español. Finalmente, el intercambio de documentos y declaraciones legales con las autoridades virreinales y la asistencia a escuelas en los pueblos de indios fueron procesos que incrementaron a finales del siglo XVIII y contribuyeron al mayor uso del castellano entre los indios.

La imprenta en Guadalajara y su producción 1793-1821

Cuando en 1791, Mariano Valdés Téllez Girón, hijo de Manuel Antonio Valdés, impresor en la ciudad de México, se dio cuenta "que la ciudad de Guadalajara carecía del beneficio público de la imprenta", decidió "proporcionar a sus moradores las utilidades que traen consigo y se siguen de semejantes inventos".

En ese año a escribió al intendente y presidente de Real Audiencia de Guadalajara, Jacobo Ugarte y Loyola, para ofrecer el establecimiento de la imprenta siempre y cuando se le concediera "el privilegio exclusivo perpetuo" para imprimir todo lo que se le pidiera "sin que otra alguna persona pueda ejecutarlo en la misma ciudad sin su permiso". Valdés exponía que el privilegio le permitiría "resarcirse" del "cuantioso importe" de la instalación de la imprenta.

Aunque la Real Audiencia de Guadalajara autorizó establecerla por decreto del 7 de febrero de 1792, previo dictamen del fiscal, no le otorgó el privilegio exclusivo porque el rey era la única autoridad que podía concederlo. La Audiencia señaló que disponía de tres años para solicitarlo y "persuadir el beneficio que resulta de las imprentas, que son uno de los mejores inventos que conoce la humanidad y los gravísimos perjuicios que no pueden dejar de originarse de su defecto".

El 4 de julio de 1792, Mariano Valdés solicitó al rey, por medio de su apoderado en Madrid, Gabriel de Sancha ,[MCT 14] "se le concediera facultad para establecer una imprenta en la ciudad de Guadalajara, cuyo vecindario carecía de este beneficio". Ofrecía establecerla a "su costa con el mayor primor", llevando de Madrid "las fundiciones nuevas y lo demás necesario, pero que haciendo de gastar en esto considerables cantidades de pesos, sin seguridad de conseguir algunas ventajas"; suplicaba a su majestad "se le concediese la licencia con privilegio perpetuo y exclusivo para que ningún otro sujeto pudiera imprimir en dicha ciudad". Ante la petición de Valdés, el 21 de enero de 1793, el fiscal del Consejo de Indias expuso que nadie dudaba "del beneficio que se sigue de que se establezcan imprentas dentro del paraje donde se califiquen de útiles y necesarias", ni que Guadalajara, como capital del reino de la Nueva Galicia y con una Real Audiencia, influía para que se considerara "no solo por conveniente sino por indispensable y preciso el que se plantifique la propuesta imprenta allí con el designio que se explica". En relación a los privilegios opinaba que éstos se franqueaban "a los que se dedican a promover el bien público" y que se estimaban "correspondientes a su mérito y a lo que tienen que gastar para que surtan el deseado efecto sus ventajosos proyectos con el plausible fin de premiárselos, bonificarles su coste y excitar a otros a que los imiten". El funcionario indicó que Valdés podía conseguir la indemnización a la que aspiraba "con lo que le produzca la imprenta con su privilegio exclusivo durante el término de ocho o no más de diez años". El Consejo de Indias, en vista de lo que expuso el fiscal, consultó al rey el 28 de febrero para que: "se dignase conceder a Mariano Valdés la facultad de establecer imprenta en la ciudad de Guadalajara con privilegio exclusivo con término de diez años, que estimaba bastante para que pudiera reintegrarse de los costos que indispensablemente había de tener, pero con la calidad de que no hubiera en Guadalajara establecida otra imprenta. El rey Carlos IV, con base

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