Orígenes de las leyes Romanas y su evolución
Jose_GuanesTesis15 de Noviembre de 2016
3.326 Palabras (14 Páginas)341 Visitas
Orígenes de las leyes Romanas y su evolución:
- MORES MAIORUM:
Derecho Común consuetudinario ( de las costumbres). Gobernaban las Gens.
- FAZ y MOZ:
Faz IUS DIVINUM era la ley divina relación del hombre con los Dioses y el Moz eran las leyes humanas para las relaciones entre el hombres y el Estado el IUS.
- Las Leyes REGIAE y el IUS PAPIDIANUM :
Eran las leyes Reales de carácter público que fueron compiladas por el Pontifix Papisius o Papirius en la época de Tarquino el Soberbio Compiladas bajo el nombre de IUS CIVILIS PAPIDIANUM
- PROVOCATIO AD POPULUM:
Derecho que tenían los Patricios de apelar una sentencia ante el pueblo en caso de pena de muerte.
- La Ley de las XII Tablas (CORPUS IURI ROMANI):
Primer Derecho escrito, proveniente de los estudios de los Decenviratos enviados a Grecia por el Decenviro TERENTILO, entra en vigencia en el siglo V a.C.
- IUS FLAVIANUM:
Formulas preparadas por el jurista Flavio que esta formado por parte de las XII tablas y la explicación de las misma, con el objeto de darle a conocer al Populus la LEX que era reservada a los Pontifix y a los Sacerdotes que aplicaban las leyes.
- IUS AELIANUM:
Sexto Aelio, publico una compilación de las XII tablas mas una serie de formulas para entablar LA LEGIS ACCTIONES en los juicios.
- AUTORITAS PRUDENTUM:
Respuestas que dieron los JURISCONSULTOS o doctrinas con TIBERIO CORNUCANIO que plantearon formando parte muy importante del Derecho Romano ya que llenaron los vacíos jurídicos que existía en aquella época.
- Edicto Perpetuo de SALVIO JULIANO:
Encomendadas por Adriano, en 131 AC Compendió y organizó todos los edictos, para que no hubiesen repeticiones ni edictos sueltos.
- Las constituciones Imperiales:
Con las Constituciones Imperiales se fueron limitando las facultades legislativas de los Senados y los comicios. Siendo esta el conjunto de Leyes, respuestas y Edictos del Emperador.
- El IUS RESPONDI ET AUTORITATE PRINCIPIS:
Era el derecho de Responder con LA autorización del Emperador, Augusto le entregó esta autoridad a ciertos Jurisconsultos para emitir respuestas sobre asuntos jurídicos. Generalmente los Jurisconsultos era SABINIANOS.
- La Ley de CITAS:
Teodosio II promulgó la constitución de la LEY DE CITAS unificando los criterios de los jurisconsultos predominando los criterios de PAPINIANO, ULPIANO, GAYO y MODESTINO, siendo el de Papiniano el predominante ente los cuatro.
- AELIA SENTIA:
EL menor de 20 años no podía manumitir esclavos, tampoco esclavos menores de 30 años.
- FUFIA CANINA:
Prohibición de manumitir más de 100 esclavos, solo la hasta la tercera parte del total.
- Código Gregoriano:
Dioclesiano encarga la obra a Gregorius, compilación de las Constituciones Imperiales
- Código Hermogeniano:
Dioclesiano encarga la continuación del Código Gregoriano como complemento, creado por Hermógenes.
- Código Teodosiano y las novelas Post Teodosianas:
Las encarga THEODOSIO II, contiene las Institutas de Gallo, Las Sentencias de Paulo, y los dos códigos el Gregoriano y el Hermogeniano.
CAÍDA DEL IMPERIO ROMANO DE OCCIDENTE.
LEX ROMANA BARBAROUM (Leyes Romano Bárbaras.)
- Visigothorum:
Ordenada por Alarico Rey Visigodo inicialmente era para los Romanos, pero luego se Aplicó a los Bárbaros y a los Romanos. Fue la mas importante del las 3. Contenía el Código Teodosiano y algunos escritos de Gallo, Papiniano y Paulo.
- Ostrogodum:
Ordenada por Teodorico, Regía tanto a Godos como a Romanos. El EDICTUM THEODORICI .
- Burgundium:
Ordenada por Gundobaldo, Sajón, de menor importancia que las anteriores. Hecha para regir las relaciones con los Súbditos Romanos.
IMPERIO ROMANO DE ORIENTE
JUSTINIANO Y EL CORPUS IURIS CIVILIS
- CORPUS IURIS CIVILIS:
Para organizar el Imperio al tomar el trono Justiniano reconstruye el imperio en todos los aspectos, y también en el jurídico; Iniciando así la labor compiladora en códigos con la colaboración de TRIBONIANO. Justiniano dijo “ Un solo Imperio, un solo Emperador y un solo derecho”.
- Composición del Corpus Iuris Civilis:
- CODEX: Antiguo Código, contiene las Constituciones Imperiales y códigos anteriores al Gregoriano. Estaba incompleto
- NOVO CODEX: Completaron el código antiguo y suprimieron la repeticiones.
- DIGESTO O PANDECTAS: Compuesto por la jurisprudencia Clásica.
- INSTITUTAS: Basado en las Institutas de Gallo, de carácter didáctico en la enseñanza del IUS.
- NOVELAS: Contenía las nuevas constituciones Imperiales Post Institutas.
Evolución Política del POPULUS Romano
- ORÍGEN MONARQUÍA.
- Rómulo y Remo
- TRIBUS:
Rómulo mata a Remo y crea 3 grupos de Familias Latinos, Sabinos y Etruscos y pone a la cabeza al mayor de cada uno.
- GENS:
A medida que crecían las tribus se agruparon en GENS, convirtiéndose esta en la primer organización Político- Social gobernada por el MORES MAIORUM. El Pater FAMILIAE era la Autoridad Judicial y Sacerdotal de la familia.
- CURIAS:
Las GENS se unieron en 3 CURIAS, 10 Gens para cada Curia, cada Curia dio 100 Soldados y 10 jinetes, sumando 300 soldados y 30 jinetes. LA Curia es la primer organización POLITICA MILITAR. El PATER FAMILIAE seguía siendo la cabeza de la familia. LA milicia era únicamente PATRICIA.
- COMITIA CURIATA:
30 Pater Familiae formaron la Comitia Curiata, con funciones militares y política, un voto por cada Curia. La función de esta era nombrar al REX y al INTER REX. La LEX CURIATA da IMPERIUM al REX. Tomaban decisiones por simple mayoría dos veces al Año por fechas fijadas por los AUGURES.
- El REX:
Monarca Absoluto de cargo vitalicio gobernaba por su Imperium, su cargo era hereditario o por elección de la Comitia Curiata. Era el Pontifix Máximum y Jefe de la Milicia.
- EL PONTIFICADO:
- POTIFIX: autoridad máxima del culto arbitro de los divino y humano.
- AUGURES: adivinos, por vuelo de las palomas daban los días FASTOS (buenos) y NEFASTOS (malos).
- FESIALES: Elaboraban el calendario según los datos de los Augures.
- El SENEX:
Cada Familiae da un representante anciano , formando así un senado de 300 senadores que luego se fue ampliando. Asesoraban al REX y controlaban la COMITTIA.
- COMITIA CENTURIATA:
Se dividen los Romanos por centurias de acuerdo con las riquezas, los Patricios juntan 80 centurias + 18 centurias por los caballeros que eran los Jinetes que eran Patricios sumaban 98 votos contra 95 votos que podían sumar las otras clases, asegurándose la mayoría en las votaciones de las Comitias Centuriata teniendo funciones legislativa, políticas y militares. Estas Comitias le fueron restando poder hasta terminar las Comitias Curiatas por completo.
- LA REPÚBLICA
Por los abusos cometidos durante la monarquía surge la República, constituida en su magistratura por dos Cónsules, existiendo una rudimentaria división tripartita de los poderes. La soberanía era relativa porque todavía los Patricios tomaban gran parte de los cargos públicos y de los derechos o votos en la Comitia Centuriata y en la magistratura.
- División del poder EJECUTIVO:
- Magistrados Patricios:
- CÓNSUL: ejercía plenamente el poder ejecutivo, militar y parte del legislativo y judicial, Era elegido por la Comitia Centuriata.
- DICTADOR: Ex senador en el cual se le reunía todos los poderes juntos por un máximo de 6 meses en caso de desorden en la república.
- PRETOR: Eran magistrados del poder judicial.
- EDIL CURUL: Era el encargado de las cuestiones edilicias públicas y servicios públicos, los acueductos, los edificios públicos por el Edil URBI, y hasta de los precios y abastecimientos de los mercados públicos especialmente la realiza el Edil ANONAE.
- CENSOR: Era el encargado de hacer el censo de Personas y bienes.
- CUESTOR: CUESTOR ERARIO , Eran recaudadores de impuestos y el CUESTOR PARRICCI encargado de verificar el derecho a la PROVOCATIO AD POPULUM
- DESCENVIROS: Comisión de 10 varones llamados Decenviros que fueron encargados de la redacción de la ley que había de fijarse por escrito a pedido de TERENTILLIO.
- Magistrados Plebeyos:
- TRIBUNO: Primer magistratura única de los plebeyos el Tribuno de la plebe, tenían la función de defender y hacer valer los derechos de la plebe. Gozaba el tribuno de la INTERSSECIO contra magistrados supremos del Estado y podían decidir ellos mismo cuando llamar a CONCILIA PLEBIS. El Tribuno gozaba de inmunidad contra su persona.
- EDIL PLEBEYO: Tenía la misma función que el Edil CURUL pero no se sentaba en la Silla CURUL y era el asesor con respecto a los temas de la Roma Rústica
- Poder LEGISLATIVO:
- Comitia Centuriata:
Mantuvo las misma funciones que en la monarquía, era convocada por el Cónsul. Con respecto a las Relaciones exteriores declaraba la Guerra y la Paz, en los asuntos jurisdiccionales desganaba a los magistrados, Pretores, Cuestores y Censores. Le quitó totalmente el poder a la Comitia Curiata, prevaleciendo sobre ella.
- El SENEX:
Formado por ex magistrados que habían logrado el CURSUS HONORARIUM o carrera de Magistrados. Eran nombrados por los Cónsules.
Sus funciones eran: Elegir al cónsul, designar magistrados, Ejercían el AUTORITAS PATRUM de ratificar las resoluciones de los comicios, controlar a los funcionarios del fondo público, fiscalizar el culto oficial y ser asesores del Cónsul. Por eso existía el SENADO CONSULTO era la decisión que emitían con fuerza de Ley sobre un tema dado por el Cónsul.
...