PODERFS DEL ESTADO
paoletty31 de Mayo de 2015
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Los Poderes Del Estado De Republica Dominicana
Separación De Poderes
Es una ordenación y distribución de las funciones del Estado, en la cual la titularidad de cada una de ellas es confiada a un órgano u organismo público distinto. Junto a la consagración constitucional de los derechos fundamentales, es uno de los principios que caracterizan el Estado de Derecho moderno.
Modernamente la doctrina denomina a esta teoría, en sentido estricto, separación de funciones o separación de facultades, al considerar al poder como único e indivisible y perteneciente original y esencialmente al titular de la soberanía (nación o pueblo), resultando imposible concebir que aquél pueda ser dividido para su ejercicio.
Los Poderes Del Estado Dominicano Son:
1. El Poder Ejecutivo.
2. El Poder Legislativo.
3. El Poder Judicial
El Poder Ejecutivo.
Según lo establece la Constitución de la República, el poder ejecutivo tiene que ser ejercido por el presidente de la República, quien es elegido cada cuatro años por voto directo en elecciones libres. La misión principal del Poder Ejecutivo es poner en funcionamiento todas las leyes que emanan del poder legislativo. Es el promulga las leyes.
Forma parte del Poder Ejecutivo el vicepresidente de la República, cuyas funciones se limitan exclusivamente a sustituir al Presidente de la República de forma temporal o permanente, en caso de ausencia, incapacidad o muerte.En el caso de que el Vicepresidente faltare, se procederá conforme lo establece la Carta Magna en su artículo 60:
“En caso de que el Vicepresidente de la República faltare indefinidamente, asumirá el Poder Ejecutivo interinamente el Presidente de la Suprema Corte de Justicia, quien, dentro de los 15 días que sigan a la fecha de haber asumido estas funciones convocará a la Asamblea Nacional para que se reúna dentro de los 15 días siguientes y elija el sustituto definitivo en una sesión que no podrá clausurarse ni declararse en receso, hasta haber realizado la elección. En el caso de que por cualquier circunstancia no pudiere hacerse tal convocatoria, la Asamblea Nacional se reunirá de pleno derecho, inmediatamente, para llevar a cabo la elección en la forma arriba prevista”
Lo que corresponde al Presidente de la República
Nombrar los Secretarios y Subsecretarios de Estado y los demás funcionarios y empleados públicos, cuyo nombramiento no se atribuya a ningún otro poder u organismo autónomo reconocido por la Constitución o por las leyes, aceptarles sus renuncias y removerlos.
Promulgar y hacer publicar las leyes y resoluciones del Congreso Nacional y cuidar de su fiel ejecución. Expedir reglamentos, decretos e instrucciones cuando fuere necesario.
Velar por la buena recaudación y fiel inversión de las rentas nacionales.
Nombrar, con la aprobación del Senado, los miembros del Cuerpo Diplomático, aceptarles sus renuncias y removerlos.
Recibir a los Jefes de Estado extranjeros y a sus representantes.
Presidir todos los actos solemnes de la Nación, dirigir las negociaciones diplomáticas y celebrar tratados con las naciones extranjeras u organismos internacionales, debiendo someterlos a la aprobación del Congreso, sin lo cual no tendrán validez ni obligarán a la República.
En caso de alteración de la paz pública, y si no se encontrare remitido el Congreso Nacional, decretar, donde aquella exista, el estado de sitio y suspender el ejercicio de los derechos que se permite al Congreso suspender. Podrá también, en caso de que la soberanía nacional se encuentre en peligro grave e inminente, declarar el estado de emergencia nacional. En caso de calamidad pública podrá, además, decretar zonas de desastres aquellas en que hayan ocurrido daños, ya sea a causa de meteoros, sismos, inundaciones o cualquier otro fenómeno de la naturaleza, así como a consecuencia de epidemias.
Llenar interinamente las vacantes que ocurran entre los Jueces de la Suprema Corte de Justicia, de las Cortes de Apelación, del Tribunal de Tierras, de los Juzgados de Primera Instancia, de los Jueces de Instrucción, de los Jueces de Paz, del Presidente y demás miembros de la Junta Central Electoral, así como los miembros de la Cámara de Cuentas, cuando esté en receso el Congreso, con la obligación de informar al Senado de dichos nombramientos en la próxima legislatura para que éste provea los definitivos.
Celebrar contratos, sometiéndolos a la aprobación del Congreso Nacional cuando contengan disposiciones relativas a la afectación de las rentas nacionales, a la enajenación de inmuebles cuyo valor sea mayor de veinte mil pesos o al levantamiento de empréstitos o cuando estipulen exenciones de impuestos en general.
El Poder Legislativo.
El poder legislativo tiene como función legislar, es decir, hacer las leyes que regirán toda la nación. Este poder del estado está formado por la cámara de diputados y el senado.
Los ciudadanos que ocupan esta posición (Senadores y Diputados) son elegidos mediante el voto directo en elecciones nacionales celebradas cada cuatro años. Ellos tienen que ser postulados por sus respectivos partidos políticos, quienes deberán presentar ante la Junta Central Electoral un candidato a senador por cada provincia y uno por el distrito nacional; y para diputado uno por cada cincuenta mil habitantes o fracción de más de 25mil, sin que en ningún caso sean menos de dos por cada provincia.
Los requisitos para ser senador o diputado son:
• Ser dominicano en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos.
• Haber cumplido 25 años de edad.
• Haber residido durante cinco años consecutivos en la provincia que lo elige.
Los cargos de diputados y senadores son incompatibles con cualquier otra función o empleo en la administración pública, con excepción del magisterio que si es compatible con todas las otras funciones.
En el ejercicio de sus funciones cada senador o diputado debe:
• Asumir con responsabilidad el cargo, lo cual implica entre otras cosas, asistir con puntualidad a las sesiones y a las reuniones de trabajo de las comisiones.
• Estudiar con seriedad los documentos y proyectos que se le someten, recabando las opiniones de los sectores involucrados.
• Conducirse con corrección y moralidad en los trabajos legislativos.
• Mantener una relación constante con las comunidades que representa en la cámara a fin de canalizar iniciativas en su beneficio.
Cuando se presenta alguna vacante de diputado o senador, la cámara correspondiente tiene que proceder a escoger el sustituto de una terna que presentara el organismo superior del partido que lo postuló.
Tanto la cámara de diputados como el senado tienen atribuciones exclusivas. Compete exclusivamente a la cámara de diputados o cámara baja, como se le suele llamar también, ejercer el derecho de acusar ante el senado a los funcionarios públicos en los casos determinados por el acápite 4 del artículo 23 de la constitución.
Al senado le competen las siguientes atribuciones exclusivas:
• Elegir al presidente y demás miembros de la Junta Central Electoral y sus suplentes.
• Elegir a los miembros de la cámara de cuentas.
• Aprobar o no los nombramientos de funcionarios o diplomáticos que expida el poder Ejecutivo.
• Conocer de las acusaciones formuladas por la cámara de diputados contra funcionarios públicos elegidos para un periodo determinado, por mala conducta o faltas graves en el ejercicio de sus funciones. En materia de acusación, el senado no podrá imponer otras penas que las de destitución del cargo. La persona destituida quedara, sin embargo, sujeta, si hubiera lugar a ser acusada y juzgada con arreglo a la ley.
El senado no podrá destituir a un funcionario sino cuando lo acordare por lo menos el vota de las tres cuartas partes de la totalidad de los miembros.
El congreso nacional lo componen la cámara de diputados o cámara baja y el senado o cámara alta. Amas cámaras sesionan simultáneamente, pero en forma separada (en diferentes salones).
El Congreso Nacional es el Poder del Estado que tiene como
Misión hacer las leyes que rigen y ordenan la vida del país.
Para que las decisiones y deliberaciones de cualquiera de las cámaras tengan validez es necesario que haya quórum, que consiste en la presencia en cada sesión de más de la mitad de sus miembros. Todas las decisiones tienen que estar apoyadas por mayoría de votos.
Cada año ambas cámaras deben elegir sus bufetes directivos, que tienen que estar formados por un presidente, un vicepresidente y dos secretarios.
Los legisladores sesionan tres veces por semana durante los periodos de trabajo que se denominan legislaturas.
Los trabajos que se desarrollan en el Congreso, se apoyan en la labor de equipos de técnicos que asesoran a los legisladores en las diferentes especialidades, tales como: Educación, Economía, Derecho, Finanzas.Las cámaras se hallan alojadas en un mismo edificio conocido como Palacio del Congreso Nacional.
El Poder Judicial
El Poder del Estado que tiene la responsabilidad de aplicar las leyes (hacerlas cumplir) es el poder judicial. Este poder se ejerce por la Suprema Corte de Justicia, y está compuesto también por las Cortes de Apelación, Juzgados de Primera Instancia, Juzgados de Instrucción y Juzgados de Paz. Además, forman parte de esta estructura los tribunales especiales como el Tribunal de Tierra, Tribunal de niños, niñas y adolescentes, y la Cámara
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