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Primer Constitucionalismo Conservador


Enviado por   •  18 de Marzo de 2013  •  1.303 Palabras (6 Páginas)  •  362 Visitas

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EL PRIMER CONSTITUCIONALISMO CONSERVADOR. LAS SIETE LEYES DE 1836

Pablo MIJANGOS Y GONZÁLEZ *

SUMARIO: I. ¿Constitucionalismo conservador? II. El fin de la I República federal. III. Nuevo Congreso Constituyente, nueva teoría constitucional. IV. Las Siete Leyes y el Supremo Poder Conservador. V. Vida y fracaso de la primera Constitución conservadora.

Hace ya algunos años, don Daniel Cosío Villegas afirmó que la historia no era el fuerte de los juristas mexicanos. A pesar de que no sería justo llevar esta acusación a todos los campos de nuestra ciencia jurídica, la misma sigue siendo válida para uno de los más importantes y complejos: el derecho constitucional. Tomando como punto de partida la idea de que nuestra Constitución actual es el fruto de un gran acuerdo histórico que ha padecido y superado tres etapas sucesivas: la carta federalista de 1824, la liberal de 1857 y la social de 1917, sus estudiosos han elaborado una artificiosa historia maniquea, llena de héroes formidables que derrotan a villanos sifilíticos, y que ya ni siquiera en los discursos oficiales puede ser de utilidad. Actualmente, no contamos con una historia crítica del constitucionalismo mexicano, que refleje las posibilidades, errores y aciertos de los diversos arreglos institucionales que se han presentado en el devenir del México independiente.

Este pequeño trabajo, que busca ofrecer una alternativa a nuestra historia jurídica de bronce, está dedicado al estudio de las Siete Leyes constitucionales de 1836, el primer modelo de organización política elaborado por el conservadurismo en el siglo XIX. Además de dar forma a un Estado centralista, estas leyes diseñaban un complejo marco institucional

destinado a garantizar la estabilidad y el equilibrio de los poderes públicos, coronado por la presencia de un "Supremo Poder Conservador", encargado de asegurar el imperio definitivo del orden constitucional. No obstante, los objetivos y las previsiones de sus creadores, que pretendían resolver con este arreglo normativo los graves problemas que el sistema federal de 1824 había generado, la vida de las Siete Leyes no duró más de cinco años. Para 1841, el país se hallaba sumido en una turbulencia política y social crónica, situación que se mantuvo hasta que un masivo golpe militar, orquestado por los tres generales más importantes del país, puso fin a la vigencia de la Constitución conservadora a finales de ese año.

Estudiar la historia de esta primera carta conservadora, hay que decirlo, no es tarea sencilla, pues enfrenta restricciones de diversa índole. Hay que partir, en principio, de que el conservadurismo político y social del siglo XIX ha sido uno de los grandes tabúes o agujeros negros de la historiografía nacional. Salvo honrosas excepciones, como el trabajo pionero de don Alfonso Noriega Cantú, los escasos estudios que existen sobre el movimiento conservador han tendido a considerarlo como el representante de oscuras fuerzas retrógradas y parasitarias, cuyo destino ineludible era sucumbir ante la impertérrita y digna mirada de sus adversarios liberales. En segundo término, desde que el gran Emilio Rabasa (quien, por lo demás, ha sido la cumbre de la ciencia constitucional mexicana) llamó "monstruosa" a la Constitución conservadora de 1836, casi ningún tratadista jurídico ha dedicado siquiera unos breves párrafos a su estudio. Considerada extravagante y contraria al íntimo republicanismo del pueblo mexicano, pocos han visto en ella el primer intento serio de asentar el carácter plenamente normativo de la ley fundamental.

También me parece importante aclarar que una de las preocupaciones centrales al elaborar este trabajo, fue la de romper con el modo que tradicionalmente se ha usado para explicar y estudiar el derecho en nuestras escuelas. Educados en una época en que la constitución era vista como una decisión política y no como una norma, son muchos los estudiosos que asumen implícitamente en sus trabajos que el derecho constitucional es fruto de meras especulaciones y que su efecto sobre los procesos históricos y sociales es ínfimo. Con esa premisa en mano, tienden a reducir su historia

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