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Procesal Penal


Enviado por   •  11 de Diciembre de 2014  •  843 Palabras (4 Páginas)  •  141 Visitas

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Cuerpo del delito

Es una institución de carácter procesal, que se entiende como conjunto de elementos materiales cuya existencia permite el Juez, la certidumbre de la comisión de un hecho descrito en un tipo penal. No se debe confundir cuerpo del delito con la prueba del cuerpo del delito y mucho menos confundirse el cuerpo del delito con tipo penal, de modo que:

a) Corpus crimini, persona o cosa sobre la que se han cumplido o ejecutado los actos que la ley menciona como delito en el tipo.

b) Corpus instrumentorum, se compone de los instrumentos que ha servido como medios para que el autor realice el daño que se propuso, y

c) Corpus probatorium, elementos de prueba que se desprenden del propio cuerpo del delito.

Existen muchos delitos que pueden ser apreciados a través de los sentidos y la descripción del suceso conforman un medio de prueba que refuerza la existencia material del cuerpo del delito, por ende será requisito necesario que en todo supuesto de hecho expuesto al análisis jurisdiccional, se demuestre previamente la existencia de un tipo a través de una conducta adoptadora de él. Es importante destacar la necesidad de demostrar en algunos casos elementos subjetivos del tipo para la configuración del delito. Por lo anterior resulta inexacta la aplicación en el sentido de que la voz corpus delicti, representa la raíz del vocablo tipo penal como algunos autores lo han venido sosteniendo.

El cuerpo del delito es un objeto que debe demostrarse a través de los distintos medios de prueba, tanto es así que se ha señalado que el cuerpo del delito de acuerdo con su naturaleza jurídica se compone de circunstancias fácticas que deben ser objeto y no, medio de prueba, de aquí que podemos afirmar la diferencia entre:

a) La persona o cosa en la que se llevó a cabo el acto criminal.

b) Los medios utilizados para este fin

c) Los elementos de prueba que serán necesario para demostrar que históricamente aconteció un hecho previsto en la hipótesis legislativa como delito.

Probable responsabilidad penal Responsabilidad penal es la consecuencia jurídica derivada de la comisión de un hecho tipificado en una ley penal por un sujeto imputable, y siempre que dicho hecho sea contrario al orden jurídico, es decir, sea antijurídico; además de punible. Generan responsabilidad penal todas aquellas acciones humanas (entendidas como voluntarias) que lesionen o generen un riesgo de lesión a un bien jurídicamente protegido por el ordenamiento jurídico (por ejemplo: vida, integridad física, libertad, honor, orden público, etc.). La comisión de un delito o falta generará responsabilidad penal. La responsabilidad penal se concreta en la imposición de una pena, que bien puede ser de privativa

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