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Procurador De Los Derechos Humanos En Guatemala


Enviado por   •  1 de Mayo de 2014  •  1.665 Palabras (7 Páginas)  •  418 Visitas

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PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS.

HISTORIA.

La figura del Procurador de los Derechos Humanos surge con la Constitución Política de la República promulgada en 1985. El Procurador de los Derechos Humanos es conocido también como Ombudsman, (Defensor del Pueblo o Magistrado de Conciencia. Es entonces producto de la llamada apertura democrática que se inició en 1984 con la elección de una Asamblea Nacional Constituyente y que el 31 de mayo de 1985 emitió la Constitución vigente.

En dicha Carta Magna fueron instituidas tres nuevas figuras en nuestro andamiaje institucional: la Corte de Constitucionalidad, el Tribunal Supremo Electoral y el Procurador de los Derechos Humanos. La institución del Defensor del Pueblo comenzó a funcionar oficialmente el 19 de agosto de 1987, siendo su primer Procurador el licenciado Gonzalo Menéndez de la Riva un distinguido profesional del derecho elegido por el Congreso de la República un 13 de agosto de 1987.

La palabra Ombudsman deriva del término sueco Imbuid, que significa representante, comisionado, protector mandatario, o lo que es lo mismo un mandatario del pueblo. Precisamente el Ombudsman de Suecia, surgido en el año 1809, es un funcionario elegido por el Parlamento para investigar las quejas de los ciudadanos frente a la actuación de los funcionarios públicos. Este es el referente de la lucha por los Derechos Humanos. Rápidamente esta institución se propagó por muchas partes del mundo y en ese sentido, Guatemala es el primer país en Latinoamérica que constitucionalizó la figura, la cual en nuestro caso particular se inspira en el Defensor del Pueblo de España, que fue establecido en 1987.

En esta época, cuando la gobernabilidad en países como el nuestro todavía atraviesa momentos de incertidumbre, sobre todo por actos de corrupción y la impunidad, el Procurador se erige como un indiscutible signo de identidad que posibilita distinguir los Estados democráticos de los totalitarios y autocráticos.

PROCURADORES DE LOS DERECHOS HUMANOS EN GUATEMALA

- PRIMER PROCURADOR,ABOGADO GONZALO MENENDEZ DE LA RIVA ( 1987)

- SEGUNDO PROCURADOR, ABOGADO RAMIRO DE LEON CARPIO (1989)

- TERCER PROCURADOR, DOCTOR EN DERECHO JORGE MARIO GARCIA LAGUARDIA (1993)

- CUATRO PROCURADOR, DOCTOR JULIO EDUARDO ARANGO ESCOBAR (1997)

- QUINTO Y SEXTO PROCURADO, DOCTOR SERGIO FERNANDO MORALESALVARO ( 2002)

- SEPTIMO PROCURADOR, JORGE EDUARDO DE LEON DUQUE.

¿QUE SON LOS DERECHOS HUMANOS?

Son las facultades, prerrogativas y libertades fundamentales de que goza una persona y que se derivan de su dignidad, por lo que no puede ser vulnerados y por ello los ESTADOS Y LAS LEYES que los rigen tienen la obligación de reconocerlos, difundirlos, protegerlos y garantizarlos. Toda las personas sin importar su edad, religión, sexo o condición social, gozan de estos derechos los cuales son indispensables para el desarrollo integral de la persona.

En materia de derechos humanos, el Estado no solo tiene el deber de reconocer los derechos humanos, sino también respetarlos y defenderlos actuando dentro de los límites y que le impone la ley.

Existen diversas formas de clasificar los derechos humanos;, en la que se toma en cuenta su protección progresiva, las cuales se clasifican en:

A). Primera Generación, o de Derechos Civiles y Políticos

Surgen con la Revolución francesa como rebelión contra el absolutismo del monarca. Imponen al Estado el deber de respetar siempre los derechos fundamentales del ser humano:

• A la vida

• A la integridad física y moral

• A la libertad personal

• A la seguridad personal

• A la igualdad ante la ley

• A la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión

• A la libertad de expresión y de opinión

• De resistencia y de inviolabilidad del domicilio

• A la libertad de movimiento o de libre tránsito

• A la justicia

• A una nacionalidad

• A contraer matrimonio y fundar una familia

• A participar en la dirección de asuntos políticos

• A elegir y ser elegido a cargos públicos

• A formar un partido o afiliarse a alguno

• A participar en elecciones democráticas

B). Segunda Generación, o de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

La constituyen los derechos de tipo colectivo, los sociales, económicos y culturales. Surgen como resultado de la revolución industrial, por la desigualdad económica. México fue el primer país en incluirlas en su Constitución, en 1917.

Los derechos económicos, sociales y culturales surgen después de la segunda guerra mundial. Están integrados de la siguiente manera:

Derechos económicos

• A la propiedad (individual y colectiva)

• A la seguridad económica

Derechos sociales

• A la alimentación

• Al trabajo (a un salario justo y equitativo, al descanso, a sindicalizarse, a la huelga)

• A la seguridad social

• A la salud

• A la vivienda

• A la educación

Derechos culturales

• A participar en la vida cultural del país

• A gozar de los beneficios de la ciencia

• A la investigación científica, literaria y artística

C). Tercera Generación, o Derechos de los Pueblos o de Solidaridad

Surgen en nuestro tiempo como respuesta

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